Entre amenazas vacías y pruebas que no van a llegar: el espejismo del equilibrio probatorio en la Nueva Ley Procesal del Trabajo
Resumen
La Nueva Ley Procesal del Trabajo ha incorporado dos artículos (23.5 y 29) que buscan atenuar la desigualdad probatoria entre empleadores y trabajadores. Estas dos normas facultan o, incluso, obligan al juez a tener por probados determinados hechos a partir de indicios o de la conducta procesal de las partes. Este trabajo analiza críticamente si estas normas contribuyen a equilibrar la balanza probatoria o si generan, más bien, un espejismo de equilibrio que afecta no solo a la parte con mayores dificultades para probar los hechos, sino que también compromete el carácter epistémico que debería tener el proceso laboral. Así, tras una revisión conceptual de las presunciones, las inferencias probatorias, las reglas de carga de la prueba, así como el análisis de pronunciamientos judiciales, se ha pretendido mostrar que los artículos mencionados, en realidad, no establecen presunciones ni redistribuyen la carga probatoria, sino que replican la práctica de los jueces existentes: la formulación de simples inferencias probatorias. Esta redacción ambigua no incentiva la colaboración probatoria de las partes; por el contrario, amplía una discrecionalidad judicial sin establecer criterios claros sobre suficiencia probatoria ni exigencias claras de motivación en la decisión sobre los hechos. Como conclusión, se propone adoptar un modelo basado en deberes probatorios exigibles, cuya inobservancia implique sanciones procesales, civiles, penales o pecuniarias. Asimismo, se propone otorgar a los jueces mayores facultades probatorias, incluyendo la posibilidad de imponer deberes probatorios específicos y mecanismos alternativos como el discovery, por ejemplo, adaptados a la realidad jurídica nacional, que permitan combatir verdaderamente el desequilibrio probatorio entre las partes. De este modo, se busca construir un proceso laboral más comprometido con la búsqueda de la verdad a partir de medidas que sean coherentes con el sistema jurídico.
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