Guerrear a la Constitución: una refutación a los argumentos a favor de la innovación constitucional
Resumo
Tras el tragicómico intento de golpe de Estado del entonces presidente José Pedro Castillo Terrones, los rescoldos de formulación de una «nueva Constitución» se avivaron de tal forma que suscitaron propuestas —no novedosas— de emprender un proceso constituyente. La Constitución vigente en el Perú (1993) es un texto constitucional que ha sido acreedor de diversas críticas desde distintas perspectivas: política, jurídica y económica; pero que en función de sus marcos normativos y la sociedad política que lo dinamiza, ha generado tolerables niveles de estabilidad en los órdenes precisados. Ergo, siendo esta la tesitura sociopolítica, es menester efectuar un buceo que presente a la comunidad académica y, a partir de esta, al pueblo, una evaluación de las razones expuestas a favor de una nueva Constitución, para determinar si estas son razonables o constituyen meros argumentos esgrimidos para guerrear contra ella.
Downloads
Metrics
Métricas alternativas
Referências
Abad, S. B. (2017, julio-diciembre). Reforma constitucional o nueva Constitución. La experiencia peruana. Cuestiones Constitucionales, (37), 295301. https://www.elsevier.es/es-revista-cuestiones-constitucionales-revista-mexicana-derecho-113-pdf-S1405919318300428
Alberdi, J. B. (2017). Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina. Biblioteca del Congreso de la Nación.
Alexy, R. (2000). La institucionalización de los derechos humanos en el Estado Constitucional. Derechos y Libertades. Revista del Instituto Bartolomé de Las Casas, 8, 21-42. https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/1372/DyL-2000-V-8-Alexy.pdf?sequence=1&isAllowed=y
Amado, J. y Miranda, L. (1996). La seguridad jurídica en la contratación con el Estado: el contrato ley. Themis. Revista de Derecho, (33), 15-21.
Barak, A. (2021). Discrecionalidad judicial. Palestra.
Bazán, V. (2010). Perspectivas actuales de los derechos humanos (especialmente sociales) y su desarrollo en el derecho y la jurisprudencia internas e interamericanas. En V. Blickwede y M. E. Zegada (eds.), Memoria de la Conferencia Internacional: Hacia la construcción del Tribunal Constitucional Plurinacional (pp. 319-360). Programa de Fortalecimiento a la Concertación y al Estado de Derecho CONCED-GTZ.
Bernales, E. (2013). El desarrollo de la Constitución de 1993 desde su promulgación a la fecha. Pensamiento Constitucional, (18), 35-46.
Bidart, G. J. (1989). Teoría general de los derechos humanos. Universidad Nacional Autónoma de México.
Bullard, A. (1994). Los monopolios en la Constitución. Entre el mito y la verdad. Derecho & Sociedad, (89), 8-10.
Bunge, M. (2009). Filosofía política, solidaridad, cooperación y democracia integral. Gedisa.
Castillo, M. A. (2013). El derecho constitucional económico en el Perú. Nómadas. Revista Crítica de Ciencias Sociales y Jurídicas [núm. especial], 19. https://revistas.ucm.es/index.php/NOMA/article/view/42352/40306
Centro de Noticias del Congreso (2020, 14 de octubre). Opinan sobre necesidad de retorno a la bicameralidad. Comunicaciones, Congreso. https://comunicaciones.congreso.gob.pe/noticias/opinan-sobre-necesidad-de-retorno-a-la-bicameralidad/
Cevallos, J. A. (2018). Antecedentes históricos y normativos del bicameralismo en el Perú y la legislación comparada. Congreso de la República.
Cruz, R. R. (2021). Ensayos de derecho constitucional y procesal constitucional. Estandarte de la Verdad.
Cruz, R. R. (2022a). Una sustancia diversas formas: la tesis ontológica de la unidad sustancial y continuidad histórica de la Constitución boliviana. Revista de Derecho de la UCB. UCB Law Review, 6(10), 2770. https://lawreview.ucb.edu.bo/a/article/view/77/75
Cruz, R. R. (2022b). La virtud del silencio: sobre la incompletitud y el contenido implícito de las constituciones en las reformas constitucionales. Revista LP Derecho, (4), 10-37. https://cdn-revista.lpderecho.pe/uploads/2023/02/18/La-virtud-del-silencio-sobre-la-incompletitud-y-el-contenido-implicito-de-las-constituciones-en-las-reformas-constitucionales.pdf?_ga=2.70072855.641754127.1676944499-749873876.1649976040&_gl=1%2A548b57%2A_ga%2ANzQ5ODczODc2LjE2NDk5NzYwND
Dermizaky, P. (2011). Derecho constitucional. Kipus.
Durán, W. (2010). La protección de los derechos fundamentales como pilar fundamental del Estado de derecho. El estado de la cuestión en Bolivia. En V. Blickwede y M. E. Zegada (eds.), Memoria de la Conferencia Internacional: Hacia la construcción del Tribunal Constitucional Plurinacional (pp. 473-496). Programa de Fortalecimiento a la Concertación y al Estado de Derecho CONCEDGTZ.
Echeverría, E. (1873). Obras completas (t. IV). Imprenta y Librería de Mayo.
Epp, C. R. (2013). La revolución de los derechos: abogados, activistas y cortes supremas en perspectiva comparada. Siglo XXI.
Galbraith, J. K. (1968). El nuevo Estado industrial. Ariel.
Holmes, S. y Sunstein, C. R. (2011). El costo de los derechos. Por qué la libertad depende de los impuestos. Siglo XXI.
Hunter v. Colfax Consolidated Coal Co., 175 Iowa 245 (1915). https://cite.case.law/pdf/2225155/Hunter%20v.%20Colfax%20Consolidated%20Coal%20Co.,%
20175%20Iowa%20245%20(1915).pdf
Instituto Peruano de Economía (IPE) (2021, 26 de mayo). Los resultados del Estado empresario.
Jensen, S. L. B. (2017). Dejemos descansar en paz a la teoría de las tres generaciones de derechos humanos. Open Global Rights. https://www.openglobalrights.org/putting-to-rest-the-three-generations-theory-of-human-rights/?lang=Spanish
Keane, J. (2018). Vida y muerte de la democracia. Fondo de Cultura Económica.
Laski, H. J. (1945). Reflexiones sobre la revolución de nuestro tiempo. Abril.
Linares, S. G. (1958). Teoría e historia constitucional (t. I). Alfa.
Linares, S. G. (1959). Gobierno y administración de la República Argentina (t. I). Tipográfica Editora Argentina.
Loewenstein, K. (1979). Teoría de la Constitución. Ariel.
Maurois, A. (1945). Historia de los Estados Unidos, 1829-1940 (t. II). Losada.
McFarland, M. (2002). Cuando una «Constitución» es una Constitución: el caso peruano. Pensamiento Constitucional, (8), 547-602.
Ministerio de Justicia (2002). Comisión de Estudios de las Bases de la Reforma Constitucional peruana. Pensamiento Constitucional, (8), 731-829. https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/pensamientoconstitucional/article/view/3357/3206
Prats, E. J. (2012). Artículo 6. En La Constitución comentada (pp. 63-64). Fundación Institucionalidad y Justicia Inc. (FINJUS).
Pritchett, C. H. (1965). La Constitución americana. Tea.
Sagüés, N. P. (2016). La Constitución bajo tensión. Instituto de Estudios Constitucionales del Estado de Querétaro.
Sagüés, N. P. (2017). Derecho Constitucional. Estatuto de los Derechos (t. 3). Astrea.
Sarlet, I. W. (2019). La eficacia de los derechos fundamentales. Una teoría general desde la perspectiva constitucional. Palestra.
Supreme Court of the United States (1958). Cooper et al., members of the board of directors of the Little Rock, Arkansas, Independent School District, et al. v. Aaron. et al. https://tile.loc.gov/storage-services/service/ll/usrep/usrep358/usrep358001/usrep358001.pdf
Tribunal Constitucional (2003). Expediente n.o 014-2003-AI/TC. Lima: 10 de diciembre de 2003.
Tribunal Constitucional (2019). Expediente n.o 01470-2016-PHC/TC. Lima: 12 de febrero de 2019.
Tribunal Constitucional (2020). Expediente n.o 0018-2015-PI/TC. Lima: 5 de marzo de 2020.
Vallès, J. M. (2007). Ciencia política. Una introducción. Ariel.
Vega, O. (2011). Errancias, aperturas para vivir bien. Muela del Diablo.
Willax (2023, 22 de febrero). ¡Inaceptable! Duberlí Rodríguez pide quemar la Constitución de 1993. Willax. https://willax.pe/inaceptable-duberli-rodriguez-pide-quemar-la-constitucion-de-1993
Copyright (c) 2023 Rodrigo R. Cruz Apaza
This work is licensed under a Creative Commons Attribution 4.0 International License.
Os autores mantêm seus direitos autorais e se registram sob a licença Creative Commons Attribution 4.0 International License (CC BY 4.0), que permite o uso do material publicado (adaptar - remixar, transformar e construir sobre - e compartilhar - copiar e redistribuir - o material em qualquer meio ou formato).
1. A revista permite que os autores mantenham seus direitos autorais dos artigos enviados sem nenhuma restrição.
2. Os autores mantêm o direito de compartilhar, distribuir, copiar, executar e comunicar publicamente o artigo publicado na Revista Oficial del Poder Judicial (por exemplo, colocá-lo em um repositório institucional).
3. Os autores mantêm o direito de fazer publicações posteriores de seu trabalho, de usar o artigo ou qualquer parte dele (por exemplo, uma compilação de seu trabalho, notas para conferências, teses ou para um livro), desde que indiquem a fonte de publicação (autores do trabalho, revista, volume, número e data).