Derechos socioprestacionales como categoría ideológica y estructural
Resumo
El presente trabajo pretende abordar las categorías vinculadas a los derechos sociales y prestacionales, así como sus garantías. Con esa finalidad, se parte de la distinción entre derechos de primera y segunda generación, y se encuentra que su reconocimiento no se debió a criterios cronológicos ni estructurales sino ideológicos. De ese modo, en la finalidad igualitaria se halla el fundamento ideológico común a todos los derechos sociales, lo cual servirá para plantear una distinción definitiva entre derechos ideológicamente sociales y derechos estructuralmente prestacionales. Así, será posible trazar una intersección entre ambos grupos y postular los derechos socioprestacionales. Finalmente, se desarrolla el tema de las garantías primarias y secundarias de estos derechos, señalando los modelos que se han planteado para su implementación y las dificultades empíricas que se han presentado.
Downloads
Metrics
Métricas alternativas
Referências
Abramovich, V. y Courtis, C. (2002). Los derechos sociales como derechos exigibles. Trotta.
Alexy, R. (2007). Teoría de los derechos fundamentales. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Atria, F. (2004). ¿Existen derechos sociales? Discusiones, (4), 15-59.
Atria, F. (2012). Observaciones sobre el comentario del profesor Julio Verdugo. Anuario de Derecho Público, (1), 62-74.
Atria, F., Larraín, G., Benavente, J. M., Couso, J. y Joignant, A. (2013). El otro modelo. Del orden neoliberal al régimen de lo público. Debate.
Beyer, H. y Cox, L. (2011). Gratuidad de la educación superior: una política regresiva. Puntos de Referencia, (337), 1-8. https://www.cepchile.cl/cep/site/docs/20160304/20160304095625/pder337_LCox_HBeyer.pdf
Blancas, C. (2011). La cláusula del Estado social en la Constitución. Análisis de los derechos fundamentales laborales. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Bobbio, N. (1991). El tiempo de los derechos. Sistema.
Bobbio, N. (1993). Igualdad y libertad. Paidós.
Bobbio, N. (1996). Derecha e izquierda. Taurus.
Bottomore, T. (2007). Ciudadanía y clase social, cuarenta años después. En Marshall, T. H. y Bottomore, T., Ciudadanía y clase social (pp. 85-138). Alianza Editorial.
Carbonell, M. (2004). La garantía de los derechos sociales en la teoría de Luigi Ferrajoli. Jurídica, (34), 301-333.
Edwards, S. y García, Á. (2015). Educación y derechos constitucionales. Estudios Públicos, (139), 67-104.
Ermida, Ó. (2012). Crítica de la libertad sindical. Derecho PUCP, (68), 33-61.
Ferrajoli, L. (2004). Derechos y garantías: la ley del más débil. Trotta.
Ferrajoli, L. (2008). Democracia y garantismo. Trotta.
Ferrajoli, L. (2013a). Principia iuris. 1. Teoría del derecho. Trotta.
Ferrajoli, L. (2013b). Principia iuris. 2. Teoría de la democracia. Trotta.
Ferrajoli, L. (2013c). Principia iuris. 3. La sintaxis del derecho. Trotta.
Foucault, M. (2004). Nietzsche, la genealogía, la historia. Pre-Textos.
Fukuyama, F. (1990). ¿El fin de la historia? Estudios Públicos, (37), 5-31.
García Belaúnde, D. (1982). Los derechos humanos como ideología. Derecho PUCP, (36), 97-114.
González, R. (s. f.). Aproximaciones a los derechos humanos de cuarta generación. https://www.tendencias21.es/derecho/attachment/113651/
Guastini, R. (2001). Estudios de teoría constitucional. Fontamara.
Hayek, F. (2006). Derecho, legislación y libertad. Unión Editorial.
Hierro, L. (2009). Los derechos económico-sociales y el principio de igualdad en la teoría de los derechos de Robert Alexy. En García, R. (ed.), Derechos sociales y ponderación (2.a ed.) (pp. 163-222). Fundación Coloquio Jurídico Europeo.
Landau, D. (2015). Derechos sociales y límites a la reforma constitucional: la influencia de la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana en el derecho comparado [ePub]. Universidad Externado de Colombia.
Marshall, T. H. (1997). Ciudadanía y clase social. Revista Española de Investigaciones Sociológicas, (79), 297-344.
Martínez, J. (2004). Las generaciones de derechos humanos. En Betegón, J., Laporta, F., Prieto, L. y De Páramo, J. (coords.), Constitución y derechos fundamentales (pp. 409-435). Centro de Estudios Constitucionales.
Nikken, P. (1994). El concepto de derechos humanos. En Cerdas, R. y Nieto, R. (comps.), Estudios básicos de derechos humanos. Tomo I (pp. 15-37). Instituto Interamericano de Derechos Humanos.
Ortiz, L. (2008). El derecho de acceso a la justicia. En Becerra, M., Cruz, Ó., González, N. y Ortiz, L. (coords.), Obra en homenaje a Rodolfo Cruz Miramontes. Tomo II (pp. 403-422). Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.
Peña, A. (2016). La teoría fuerte de los derechos sociales: reconstrucción y crítica. Cuadernos Electrónicos de Filosofía del Derecho, (34), 251-269. https://ojs.uv.es/index.php/CEFD/article/view/8262/8811
Pérez, A. E. (1991). Las generaciones de derechos fundamentales. Revista del Centro de Estudios Constitucionales, (10), 203-217.
Pisarello, G. (2007). Los derechos sociales y sus garantías. Trotta.
Prieto, L. (1995). Los derechos sociales y el principio de igualdad sustancial. Revista del Centro de Estudios Constitucionales, (22), 9-57.
Rabossi, E. (1997). Las generaciones de derechos humanos: la teoría y el cliché. Lecciones y Ensayos, (69-71), 41-52.
Rodríguez, C. (2015). La influencia de las clasificaciones de derechos humanos en la exigibilidad de los derechos económicos, sociales y culturales. Ciencia Jurídica, (7), 123-139.
Sánchez, D. (2011). Sobre el concepto de historización. Una crítica a la visión sobre las de-generaciones de derechos humanos. Praxis, (67), 9-22.
Vasak, K. (1977, noviembre). La larga lucha por los derechos humanos. El Correo de la UNESCO, 29-32.
Copyright (c) 2021 Alberto Colque Lizárraga
This work is licensed under a Creative Commons Attribution 4.0 International License.
Os autores mantêm seus direitos autorais e se registram sob a licença Creative Commons Attribution 4.0 International License (CC BY 4.0), que permite o uso do material publicado (adaptar - remixar, transformar e construir sobre - e compartilhar - copiar e redistribuir - o material em qualquer meio ou formato).
1. A revista permite que os autores mantenham seus direitos autorais dos artigos enviados sem nenhuma restrição.
2. Os autores mantêm o direito de compartilhar, distribuir, copiar, executar e comunicar publicamente o artigo publicado na Revista Oficial del Poder Judicial (por exemplo, colocá-lo em um repositório institucional).
3. Os autores mantêm o direito de fazer publicações posteriores de seu trabalho, de usar o artigo ou qualquer parte dele (por exemplo, uma compilação de seu trabalho, notas para conferências, teses ou para um livro), desde que indiquem a fonte de publicação (autores do trabalho, revista, volume, número e data).