Garantías en títulos valores

  • Héctor Enrique Lama More Poder Judicial, Lima Perú

Resumo

El presente trabajo dirige su atención a las garantías en las relaciones jurídicas patrimoniales, es decir, en las relaciones jurídicas obligatorias o creditorias, en las que se identifica a dos partes o sujetos. De un lado, al sujeto activo, a quien se denomina acreedor o titular de un derecho de crédito; y, por el otro, al sujeto pasivo, denominado deudor u obligado frente al primero; por lo que ante la posibilidad de incumplimiento del deber u obligación impuesta o asumida por el sujeto pasivo —deudor—, la garantía constituye la esperanza de que tal obligación se cumpla y el acreedor vea satisfecho su crédito. En tal sentido, se analizan las garantías personales y reales que nuestro ordenamiento civil y mercantil reconoce.

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Publicado
2012-12-01
Como Citar
Lama More, H. E. (2012). Garantías en títulos valores. Revista Oficial Del Poder Judicial, 7(8/9), 45-63. https://doi.org/10.35292/ropj.v7i8/9.274
Seção
Artículos de investigación