Garantías en títulos valores
Resumen
El presente trabajo dirige su atención a las garantías en las relaciones jurídicas patrimoniales, es decir, en las relaciones jurídicas obligatorias o creditorias, en las que se identifica a dos partes o sujetos. De un lado, al sujeto activo, a quien se denomina acreedor o titular de un derecho de crédito; y, por el otro, al sujeto pasivo, denominado deudor u obligado frente al primero; por lo que ante la posibilidad de incumplimiento del deber u obligación impuesta o asumida por el sujeto pasivo —deudor—, la garantía constituye la esperanza de que tal obligación se cumpla y el acreedor vea satisfecho su crédito. En tal sentido, se analizan las garantías personales y reales que nuestro ordenamiento civil y mercantil reconoce.
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Derechos de autor 2012 Héctor Enrique Lama More
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