El programa procesal penal en las constituciones del siglo XIX: Un breve repaso histórico al juicio por jurados en el Perú
Resumen
El proceso penal se construye a partir de la Constitución. La regulación legal que se le otorga no es independiente, sino que surge indefectiblemente de la norma capital del Estado. Es precisamente en éste instrumento que se recoge el marco de principios generales que son de los que se sancionan las reglas específicas que rigen al proceso penal en una nación. A esta médula teórica se le denomina en la doctrina hispanoamericana Programa procesal penal de la Constitución, y en la portuguesa Constitución procesal penal. Ella, nace en la década de los ochentas, con el cambio de paradigma constitucional de la Constitución Española de 1978. Es, posteriormente, sometida a debate en el Perú con la Constitución de 1993. En tal sentido, es lógico que no existan trabajo de investigación dirigidos a analizar al programa procesal penal histórico, en las Constituciones nacionales. En ese sentido, con este trabajo se pretende conocer parte del programa procesal penal que se gestó durante el siglo XIX en el Perú, haciendo un especial énfasis en la institución del juicio por jurados, escasamente abordado por la doctrina nacional por su ineficaz planteamiento durante tal época. No pretende este texto formular un análisis exhaustivo, sino una aproximación a los conceptos de programa procesal penal de la Constitución y al juicio por jurados, que permita difundir su investigación y análisis histórico.
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