Valoración del estado mental de los inculpados en las Unidades de Flagrancia

Resumo

La debida diligencia exige que los operadores del derecho disminuyan los riesgos en sus actos de investigación y de juzgamiento, uno de sus fines es que no se vulneren derechos fundamentales. Las Unidades de Flagrancia también se rigen por este principio, por lo tanto, resulta de vital importancia demostrar técnica y científicamente que los inculpados de un delito flagrante presentan un estado normal de sus facultades psíquicas. Este procedimiento debe ser efectuado por los psicólogos forenses en dichas unidades, pues su ejecución requiere del empleo de conocimientos especializados. Por la naturaleza de la exploración se puede realizar en un corto tiempo, y cuando se tiene un resultado claro producto de este procedimiento, será posible garantizar que el inculpado es consciente de sus actos y prever que en el futuro no simule un trastorno mental con fines de recibir una pena disminuida.

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Publicado
2022-11-22
Como Citar
Bustamante Maita, S. T. (2022). Valoración del estado mental de los inculpados en las Unidades de Flagrancia. Revista Oficial Del Poder Judicial, 14(18), 77-97. https://doi.org/10.35292/ropj.v14i18.649
Seção
Artículos de investigación