El populismo punitivo en los delitos de violación sexual en menores y su incidencia en la actividad jurisdiccional penal
Resumo
El populismo punitivo se caracteriza por la demanda popular del aumento de las penas y la inflexibilidad en el tratamiento normativo penal contra los procesados (eliminación de beneficios procesales y penitenciarios). Este populismo ha recaído de manera especial y palpable en el delito de violación sexual de menores. El endurecimiento en el tratamiento legal y punitivo para el precitado delito es notorio, pues en el 2018 se extendió la cadena perpetua. Aunado a ello, tenemos la prohibición de la aplicación de la simplificación procesal a través de la terminación o conclusión anticipada para los delitos contra la libertad sexual, lo cual degenera el proceso penal, dilatándolo, en cuantiosos casos, de manera innecesaria. Del mismo modo, el establecimiento de la pena tasada de la cadena perpetua elimina la discrecionalidad del juez para una aplicación proporcional y razonable. Pero ello no ha bastado, la población exige penas más severas como la castración química y la pena de muerte. El legislador ha tomado dichas pretensiones y las ha plasmado, en reiteradas ocasiones, en proyectos de ley, incluso recientemente en marzo de 2020. Sin embargo, cabe preguntarnos si es que al acogerse constitucionalmente la pena de muerte para los delitos de violación sexual de menores, el juez tendrá la determinación de aplicarla, puesto que solo aplicar la pena de cadena perpetua requiere una motivación cualificada con el fallo unánime de un juzgado colegiado. Además de ello, ¿qué se necesitaría para aplicar la pena de muerte? Ciertamente, los efectos del populismo punitivo merman los principios del derecho penal, los derechos fundamentales, así como la actuación del juez en un Estado constitucional de derecho.
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Referências
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