La trata de personas en el Perú, análisis y perspectiva
Resumo
El delito de «trata de personas» implica un comportamiento prohibido relacionado con el proceso de captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de una persona, en el territorio de la República o de paso por el país, con fines de explotación u otros fines ilegales de este mismo carácter, pudiendo reputarse válidamente, a propósito, como una nueva forma de esclavitud, un delito transnacional y hasta un crimen de lesa humanidad al violentar con su perpetración derechos humanos consagrados, específicamente la libertad, la dignidad, la seguridad personal, el acceso a la justicia, el derecho a no ser sometido a la esclavitud, la servidumbre, los trabajos forzosos, el derecho a no ser sometido a torturas, el derecho a no ser objeto de violencia por motivos de género, la libertad de circulación, la salud física y mental, el derecho a condiciones de trabajo justas y favorables, el derecho a un nivel de vida adecuado, el derecho a la seguridad social y el derecho a no ser vendido ni ser objeto de comercio. Por esto resulta relevante la formación de una apreciación personal y funcional del glosado término punitivo «trata», no solo para así poder identificar, combatir, sancionar y erradicar esta creciente forma de «crimen organizado», sino, sobre todo, para seguir de cerca la evolución que viene alcanzando y que trasciende el ámbito nacional, que permiten clasificarlo como «crimen organizado transnacional».
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Copyright (c) 2016 Marco Aurelio Tejada Ortiz
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