La seguridad ciudadana como derecho humano. El deber de prevención
Resumen
La noción de seguridad ciudadana nos conduce a la idea de esta como verdadero derecho humano, en tanto existe insuficiencia material en la idea de una simple exigencia de seguridad de la población. A su vez, de esa correlación entre seguridad ciudadana y derechos humanos se desprende una premisa fuerte: el deber de prevención que le asiste no solo al Estado, sino a la sociedad en su conjunto para la construcción de políticas públicas sólidas en materia de seguridad ciudadana. Es así que forjamos el concepto de ciudadanía militante.
Estadísticas de descarga
Estadísticas de uso
Métricas alternativas
Referencias citadas
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (2023). Pensar la seguridad ciudadana desde los derechos humanos. Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones. https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/34415/1/Informe_N_10_23_Pensar_la_seguridad_ciudadana_desde_los_derechos_humanos.pdf
Cartagena, I. (2010). Seguridad ciudadana, un derecho humano. Revista Regional de Derechos Humanos, (2), 3-13. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r26029.pdf
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2009). Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos. Organización de los Estados Americanos. https://www.oas.org/es/cidh/docs/pdfs/seguridad%20ciudadana%202009%20esp.pdf
Cortez, E. (2010). ¿Seguridad ciudadana inalcanzable? En Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, Seguridad ciudadana y derechos humanos (pp. 29-35). https://imdhd.org/wp-content/uploads/2020/01/Seguridad-Ciudadana-1.pdf
El Comercio (2023, 22 de julio). El respaldo a la democracia se desploma en América Latina, 14.
García, F. (2010). Seguridad ciudadana y derechos humanos. En S. García y O. Islas de González (coords.), La situación actual del sistema penal en México. XI Jornadas sobre Justicia Penal (pp. 33-37). Universidad Nacional Autónoma de México; Instituto Nacional de Ciencias Penales. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3064/3.pdf
Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia (IMDHD) (2010). Seguridad ciudadana y derechos humanos. https://imdhd.org/wp-content/uploads/2020/01/Seguridad-Ciudadana-1.pdf
Pérez, J. (2010). México: La crisis de la seguridad pública y la participación del ejército. En Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, Seguridad ciudadana y derechos humanos (pp. 37-41). https://imdhd.org/wp-content/uploads/2020/01/Seguridad-Ciudadana-1.pdf
Pochak, A. (2014). La seguridad ciudadana con perspectiva de derechos humanos como desafío de la política criminal. Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur. https://www.ippdh.mercosur.int/wp-content/uploads/2014/08/presentacion_Conversatorio_Peru.pdf
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) (2020). Análisis sobre innovación en seguridad ciudadana y derechos humanos en América Latina y el Caribe. Una perspectiva desde las políticas públicas y la gestión institucional. https://www.undp.org/sites/g/files/zskgke326/files/migration/latinamerica/undp-rblac-es-Analisis-innovacion-seguridad-ciudadana-derechos-humanos-VF.pdf
Silva, A. (2021). Política pública de seguridad ciudadana con enfoque de derechos humanos. Hacia un modelo de seguridad democrática. Friedich Ebert Stiftung. https://library.fes.de/pdf-files/bueros/peru/18974.pdf
Los autores conservan sus derechos de autor y se inscriben bajo la licencia Creative Commons Attribution 4.0 International License (CC BY 4.0), la cual permite usar lo publicado (adaptar —remezclar, transformar y construir— y compartir —copiar y redistribuir— el material en cualquier medio o formato).
1. La revista permite a los autores conservar sus derechos de autor de los artículos sometidos sin ningún tipo de restricciones.
2. Los autores retienen el derecho de compartir, distribuir, copiar, ejecutar y comunicar públicamente el artículo publicado en la Revista Oficial del Poder Judicial (por ejemplo, colocarlo en un repositorio institucional).
3. Los autores retienen el derecho a hacer una posterior publicación de su trabajo, de utilizar el artículo o cualquier parte de aquel (por ejemplo: una compilación de sus trabajos, notas para conferencias, tesis, o para un libro), siempre que indiquen la fuente de publicación (autores del trabajo, revista, volumen, número y fecha).