Uso indebido de la inteligencia artificial en la difusión de imágenes sexuales: análisis del artículo 154-B del Código Penal peruano frente a los deepfakes y los deepnudes

Palabras clave: inteligencia artificial, ciberdelincuencia, difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual, deepfake, deepnude

Resumen

El presente artículo analiza una problemática emergente del derecho penal contemporáneo vinculada al uso de técnicas de inteligencia artificial en la comisión de delitos contra la libertad y la indemnidad sexual, en particular respecto del delito de difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual previsto en el artículo 154-B del Código Penal. La expansión de tecnologías como los deepfakes y los deepnudes ha generado nuevas formas de victimización digital que cuestionan los presupuestos tradicionales del tipo penal y la suficiencia de su redacción frente a contenidos sintéticos de apariencia verosímil. El objetivo general de la investigación es determinar de qué manera las técnicas de inteligencia artificial deepfake y deepnude inciden en la tipi- cidad del delito regulado en el artículo 154-B del Código Penal. Como objetivos específicos, se analizan los elementos del tipo penal, estructura típica, bien jurídico protegido y objeto material, se examinan las carac- terísticas técnicas de los deepfakes y los deepnudes como herramientas digitales, y se evalúa si las imágenes generadas o modificadas mediante inteligencia artificial pueden ser subsumidas dentro del ámbito de aplicación del tipo penal vigente. La metodología corresponde a una investigación jurídica de tipo dogmático, basada en el análisis de la legislación penal peruana, la revisión de doctrina especializada, el estudio de jurisprudencia nacional relevante y el examen de estadísticas oficiales sobre denuncias por delitos informáticos y sexuales. Los resultados evi- dencian que la inteligencia artificial modifica sustancialmente el objeto material del delito, al permitir la creación íntegra de material sexual sin participación ni consentimiento de la víctima. Se concluye que si bien una interpretación judicial podría permitir la aplicación del artículo 154-B en algunos supuestos, resulta necesario realizar ajustes normativos que refuercen la seguridad jurídica y la protección penal efectiva por cuanto la regulación actual resulta insuficiente.

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Biografía del autor/a

Jean Paul Meneses Ochoa, Universidad Internacional de La Rioja, La Rioja, España

Jean Paul Meneses Ochoa obtuvo el título de abogado en la Universidad de San Martín de Porres en el 2015. Se graduó de magíster en Derecho Penal en la Universidad de Medellín (Colombia) en el 2021. Actualmente se encuentra cursando el máster en Cibercriminalidad en la Universidad Internacional de La Rioja (España). Ha publicado en coautoría los libros Proceso inmediato para investigar y sancionar delitos flagrantes (2016) y La cibercriminalidad. Consideración criminológica, político-criminal, dogmática, procesal y cooperación internacional (2024).

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Publicado
2026-06-30
Cómo citar
Meneses Ochoa, J. P. (2026). Uso indebido de la inteligencia artificial en la difusión de imágenes sexuales: análisis del artículo 154-B del Código Penal peruano frente a los deepfakes y los deepnudes. Revista Oficial Del Poder Judicial, 18(25). https://doi.org/10.35292/ropj.v18i25.1263
Sección
Artículos de investigación