La suspensión perfecta en tiempos de COVID-19. ¿Una alternativa o abuso del empleador?
Resumo
La pandemia de la COVID-19 puso al mundo contra la pared. Como consecuencia de esta, la crisis sanitaria obligó a todos los gobernantes a implementar medidas restrictivas, como los confinamientos obligatorios (cuarentena), suspensión de algunos derechos fundamentales, suspensión temporal de varios rubros económicos que dañó gravemente la economía, a tal punto que muchos negocios cerraron y se vieron obligados a despedir trabajadores, entre otras. Ante ello, el Gobierno peruano implementó algunas medidas alternativas para cautelar los derechos laborales, como por ejemplo la suspensión perfecta de labores —que procura mantener el vínculo laboral entre el empleador y el trabajador— o también la reactivación económica por etapas y otros beneficios como Reactiva Perú.
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Referências
Altamirano, A. et al. (2020). Políticas sociales en respuesta al coronavirus. ¿Cómo impactará la COVID-19 al empleo? Posibles escenarios para América Latina y el Caribe. Washington D.C.: BIC.
Bohoslavsky, J. P. (2020). COVID-19: Llamamiento urgente para una respuesta a la recesión económica desde los derechos humanos. Ginebra: Naciones Unidas, Derechos Humanos, Procedimientos Especiales. Recuperado de https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Development/IEDebt/20200414_IE Debt_urgent_appeal_COVID19_sp.pdf
Cavalié, P. (15 de abril de 2020). Suspensión perfecta: DU 038-2020 y sus iniciales dudas interpretativas. Aspectos que urge aclarar. Portal LP. Pasión por el Derecho. Recuperado de https://lpderecho.pe/suspension-perfecta-du-038-2020-dudas-interpretativas/
Congreso de la República (1997). Decreto Legislativo n.º 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Lima: 21 de marzo de 1997.
Congreso Nacional de Chile (2001) Ley n.º 19.728. Valparaíso: 30 de abril de 2001. (2020). Proyecto de Ley de Protección al Empleo. Valparaíso: 31 de marzo de 2020.
Congreso Nacional de Honduras (2020). Decreto Legislativo n.º 33- 2020. Tegucigalpa: 3 de abril de 2020.
Ernst, C. y López, E. (2020). El COVID-19 y el mundo del trabajo en Argentina: impacto y respuestas de política. Buenos Aires: OIT. Recuperado de https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/---ilo-buenos_aires/documents/publication/wcms_740742.pdf
Gestión (18 de agosto de 2020). Unas 7829 empresas que han recibido créditos de Reactiva Perú están en suspensión perfecta de labores. Gestión. Recuperado de https://gestion.pe/economia/unas-7829-empresas-que-han-recibido-creditos-de-reactiva-peru-estan-ensuspension-perfecta-de-labores-nndc-noticia/?ref=gesr
Libertad y Desarrollo (13 de marzo de 2020). Coronavirus y sus consecuencias económicas. Libertad y Desarrollo, (1438-1), 1-6. Recuperado de https://lyd.org/wp-content/uploads/2020/03/tp1438-economia-y-COVID.pdf
Llorente, R. (2020). Impacto del COVID-19 en el mercado de trabajo: un análisis de los colectivos vulnerables. Documentos de Trabajo (IAES, Instituto Universitario de Análisis Económico y Social), (2), 1-29.
Ministerio de Empleo y Seguridad Social [España] (2015). Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Madrid: 23 de octubre de 2015.
Ministerio de Trabajo y Previsión Social [Guatemala] (2020). Acuerdo Ministerial n.º 140-2020. Guatemala: 7 de abril de 2020.
Monzón, W. (6 de abril de 2020). ¿En qué consiste la suspensión perfecta de labores por caso fortuito y causa de fuerza mayor? La Ley. El Ángulo Legal de la Noticia. Recuperado de https://laley.pe/art/9504/en-que-consiste-la-suspension-perfecta-de-laborespor-caso-fortuito-y-causa-de-fuerza-mayor
Naciones Unidas, Cepal (2020). Informe Especial COVID-19 N.o 1. América Latina y el Caribe ante la pandemia del COVID-19. Efectos económicos y sociales. Santiago de Chile: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Recuperado de https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/45337/6/S2000264_es.pdf
OIT (2020). Las normas de la OIT y el COVID-19 (coronavirus). Disposiciones fundamentales de las normas internacionales del trabajo pertinentes en el contexto del brote de COVID-19. Recuperado de https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---normes/documents/publication/wcms_739939.pdf
PNUD (2020). Los impactos económicos del COVID-19 y las desigualdades de género. Recomendaciones y lineamientos de políticas públicas. Panamá: PNUD. Recuperado de https://www.latinamerica.undp.org/content/dam/rblac/docs/UNDP-RBLAC-PNUD%20GENEROCOVID19%20%20ESPFINAL.pdf
Presidencia de la República (2020a). Decreto de Urgencia n.º 033- 2020. Lima: 27 de marzo de 2020.
Presidencia de la República (2020b). Decreto de Urgencia n.º 038-2020. Decreto de urgencia que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas. Lima: 14 de abril de 2020. Recuperado de https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-de-urgencia-que-establece-medidas-complementariaspa-decreto-de-urgencia-n-038-2020-1865516-3/
Presidencia de la República [Honduras] (1959). Decreto n.º 189. Código de Trabajo. Tegucigalpa: 15 de julio de 1959.
Vega, A. J. (21 de abril de 2020). Suspensión perfecta de labores durante la emergencia sanitaria por el coronavirus. Portal LP. Pasión por el Derecho. Recuperado de https://lpderecho.pe/suspensionperfecta-labores-emergencia-sanitaria-coronavirus/
Wayka (15 de junio de 2020). Grupo El Comercio despidió a más de cien trabajadores pese a recibir S/38.4 millones de Reactiva Perú. Wayka.pe. Recuperado de https://wayka.pe/grupo-el-comerciodespidio-a-mas-de-cien-trabajadores-pese-a-recibir-s-38-4-millones-de-reactiva-peru/
World Vision International (2020). Consecuencias del COVID-19: Las repercusiones secundarias ponen en más riesgo las vidas de los niños que la propia enfermedad. World Vision International. Recuperado de https://www.wvi.org/publications/report/coronavirus-health-crisis/consecuencias-del-COVID-19-lasrepercusiones
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