Destitución disciplinaria de jueces por no motivar sus resoluciones judiciales

Palabras clave: principio constitucional, independencia judicial, exclusividad jurisdiccional, potestad sancionadora, procesos disciplinarios

Resumen

El presente trabajo representa una investigación del artículo 48 inciso 13 de la Ley n.º 29277 por el ex CNM (hoy Junta Nacional de Justicia) y si la misma viene vulnerando los principios constitucionales regulados en los artículos 139 inciso 1 y 2 de la Constitución Política del Perú, estos son la independencia judicial y la exclusividad jurisdiccional.
Esta investigación surge a partir de algunas muestras recogidas en la plataforma virtual de la página oficial del ex CNM (hoy Junta Nacional de Justicia); las mismas que fueron analizadas a la luz del principio de independencia judicial y bajo los criterios doctrinarios recogidos de investigaciones argentinas y ecuatorianas, lugares donde también se viene suscitando la misma problemática. En ese sentido, con esta investigación se busca estudiar la forma en que se vendría realizando la destitución disciplinaria de Jueces por falta de motivación en sus resoluciones judiciales por parte del órgano administrativo disciplinario (Ex CNM y hoy JNJ).
Al culminar la investigación, se concluyó que, bajo la actual redacción, el inciso 13 del artículo 48 de la Ley n.º 29277 – Ley de la Carrera Judicial, sí vulnera los principios de independencia judicial y exclusividad de la función jurisdiccional; y requiere una modificación urgente en su redacción, pues bajo el texto original ocasiona que el órgano administrativo disciplinario tenga un mayor margen de discrecionalidad en su aplicación e invada competencias jurisdiccionales.

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Biografía del autor/a

Nataly M. Palacios Baltazar, Corte Superior de Justicia de Huánuco, Huánuco, Perú

Abogada, titulada por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán (Huánuco), egresada de la Maestría de Derecho Constitucional y Derechos Humanos de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Se desempeña como jueza supernumeraria en la Corte Superior de Justicia de Huánuco desde 2017. Asimismo, integra la Comisión de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y el programa Justicia en tu Comunidad de la Corte Superior de Justicia de Huánuco.

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Publicado
2025-12-31
Cómo citar
Palacios Baltazar, N. M. (2025). Destitución disciplinaria de jueces por no motivar sus resoluciones judiciales. Ius Vocatio, 8(12), 47-81. https://doi.org/10.35292/iusVocatio.v8i12.1237
Sección
Artículos de investigación