El dilema de la imputación en el delito de agresión contra la mujer o contra un integrante del grupo familiar

Resumo

La imputación es uno de los temas que la jurisprudencia nacional ha considerado importante, debido a que la interpretación o aplicación de la ley trae consigo innumerables problemas relacionados a la precisión y a la puntualidad exigidas al momento de atribuir una conducta. La implementación de la Ley n.° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, no ha sido ajena a ello, precisamente porque esta significó un avance positivo por parte del Estado para luchar contra la violencia hacia estos grupos vulnerables, y que en buena cuenta involucra la modificación de nuestra cultura y costumbres. En este escenario, han sido incorporados al Código Penal tipos penales para criminalizar tales agresiones; sin embargo, ha ocurrido también que, en su evolución, dichas conductas han incorporado un alto contenido normativo o axiológico, que es precisamente el que abre la posibilidad de interpretación. Tal es el caso del Decreto Legislativo n.° 1323, que modificó el artículo 122-B del Código Penal y que ha traído problemas a los operadores de justicia al momento de efectuar una correcta imputación, toda vez que en su contenido descriptivo se señala en forma alternativa como sujetos de protección, por un lado, a una mujer en su condición de tal y, por el otro, a un integrante del grupo familiar, condición que en muchos casos tiene una mujer que integra un grupo familiar. De esta manera, tomando como base principalmente la experiencia de campo, proponemos una reflexión respecto al enfoque en la imputación por el delito de agresión en contra de la mujer o de un integrante del grupo familiar.

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Referências

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer CEDAW está considerada como el documento jurídico internacional más importante en la historia de la lucha sobre todas las formas de discriminación contra las mujeres que constituía una violación de sus derechos humanos y libertades fundamentales. Suscrita por el Estado peruano el 23 de julio de 1981

Convención Belém do Pará, suscrita en el XXIV Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, Belém do Pará Brasil, del 06 al 10 de junio del año 1994.

Ley N° 30364, “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”.

Reglamento de la Ley N° 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2019-MIMP.

Ley N° 30819. Ley que modifica El Código Penal y el Código de los niños y adolescentes, Publicada en el Diario Oficial “El Peruano” a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho.

Laurente C. Silvia y Butrón V. Hugo. artículo: “Cuáles son los bienes jurídicos tutelados en el delito de agresiones en contra de una mujer o integrante del grupo familiar”. Artículo 122-B del Código Penal. Publicado en Legis Perú por Silvia Verónica Laurente Coaquira y Hugo Félix Butrón Velarde. 14.10.2020.

Publicado
2022-06-30
Como Citar
Valdivia Valdarrago, M. R. (2022). El dilema de la imputación en el delito de agresión contra la mujer o contra un integrante del grupo familiar. Ius Vocatio, 5(5), 47-69. https://doi.org/10.35292/iusVocatio.v5i5.588
Seção
Artículos de investigación