La inconstitucionalidad de la detención por más de 48 horas sin el requerimiento de prisión preventiva
Resumen
En los casos de flagrancia, la Constitución determina como plazo máximo de detención 48 horas; el Código Procesal Penal autoriza 48 horas extras para el desarrollo de la audiencia del proceso inmediato. En el presente artículo analizamos si es constitucional o no detener durante 96 horas (cuatro días) al imputado para discutir la procedencia del proceso inmediato.
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Derechos de autor 2018 José Carmelo Solís Canchari
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