Artículo de
investigación
Ética profesional. Análisis
desde el quehacer psicojurídico
ecuatoriano
Professional ethics: An analysis from the Ecuadorian psycho- legal perspective
Ética profissional. Análise da prática psico-jurídica equatoriana
Mónica Alexandra Francis Bone
Consejo de la Judicatura (Esmeraldas, Ecuador)
Contacto: monfranb4576@hotmail.com https://orcid.org/0000-0002-7251-2078
En la actualidad, donde la palabra
corrupción está ligada comúnmente a la falta de valores éticos y morales, así como al deseo desbordado del
ser humano de tener por encima de ser, muchos abrigamos la esperanza del despertar, a la luz de la
ética y la conciencia, pues sabemos que en medio de tanta violencia estructural algo no está bien
en la sociedad.
En este sentido, la labor profesional
del psicólogo
perito no está libre de ser corruptible, mucho más cuando se
desconocen los sustentos teóricos que puedan respaldar u orientar el trabajo en
el ámbito forense. Con este artículo
aspiramos a generar autocrítica en el profesional psicólogo perito, de tal suerte que a la luz de los principios éticos
se motive a generar un aprendizaje social significativo, a partir del
descubrimiento de sus nudos críticos, con el compromiso de mejorarlos para
lograr avanzar en ese aspecto y lograr intervenciones psicojurídicas que
no respondan a sesgos o
prejuicios personales sino a una perspectiva más objetiva, más técnica y obviamente ética.
Palabras
clave: código deontológico; ética; psicología jurídica; evaluación pericial; informe psicológico forense.
Términos de
indización: deontología; ética;
psicología; procedimiento legal (Fuente: Tesauro Unesco).
In today’s world, where the word corruption is commonly associated with a lack of ethical and moral values, as well as the overwhelming human desire to have rather than to be, many of us hold on to the hope of
awakening to the light of ethics and conscience, knowing that amidst so much
structural violence, something is fundamentally wrong in society. In this context, the professional work of forensic
psychologists is not exempt from being corruptible, especially when theoretical foundations
that could support or guide their work in the forensic
field are lacking.
This article aims to encourage self-criticism among
forensic psychologists so
that, guided by ethical principles, they are motivated
to foster meaningful social learning. This involves identifying critical
challenges in their
practice and committing to improving them to
advance in
this regard, achieving psycho-legal interventions that are not driven by personal
biases or prejudices but rather by a more objective,
technical, and, above all, ethical perspective.
Key words:
deontological code;
ethics; legal psychology; forensic evaluation; forensic
psychological report.
Indexing terms: deontology; ethics; psichology; legal procedure
(Source: Unesco Thesaurus).
Hoje, em que a palavra corrupção é comumente associada à falta de valores éticos e morais,
bem como ao desejo humano desenfreado de ter acima do ser, muitos de nós esperamos um despertar à luz da ética e da consciência, pois sabemos que, em meio a tanta violência estrutural, algo não
está certo na sociedade.
Nesse sentido, o trabalho profissional do psicólogo perito não está livre de ser
corrompido, especialmente quando os fundamentos teóricos que podem
apoiar ou orientar o trabalho no campo forense são desconhecidos.
Com este artigo, pretendemos gerar uma autocrítica no profissional psicólogo perito,
de modo que, à luz dos princípios éticos,
ele seja
motivado a gerar
uma aprendizagem social
significativa, com base na descoberta de seus
nós críticos, com o compromisso de melhorá-los para progredir nesse aspecto e realizar intervenções
psico-jurídicas que não respondam a vieses ou preconceitos
pessoais, mas a uma perspectiva mais objetiva, mais técnica e obviamente ética.
Palavras-chave: código deontológico; ética; psicologia jurídica; avaliação pericial; laudo psicológico forense.
Termos de indexação: deontologia; ética;
psicologia;
procedimento
legal (Fonte: Unesco Thesaurus).
Para una mejor
comprensión, organizamos el texto en los siguientes puntos:
a)
Sobre la responsabilidad ética del psicólogo forense
b)
Aplicación de buenas prácticas
deontológicas
c)
Ética en la evaluación psicológica pericial y en la elaboración del informe psicológico forense
d) Uso de la inteligencia artificial
La primera responsabilidad ética
del profesional es poder delimitar los sesgos personales del usuario al que le
brinda su atención o servicio, es así que Martínez y Mondragón (2020) nos recuerdan que «uno de los problemas que se presenta con mayor frecuencia respecto a la ética en la profesión de psicología es la subjetividad del profesional desde el abordaje de lo moral, siendo esto la esencia de la ética» (p. 263).
Para Puhl et al. (2023), la ética está unida a la responsabilidad profesional, y en el ámbito forense nos indican que esta responsabilidad
«es la obligación que tiene el profesional de
dar cuenta de su accionar y de los resultados que estos actos
ocasionen pudiendo adquirir
relevancia jurídica y consecuencias dañosas de la persona bajo su asistencia» (p. 55).
Estas autoras nos señalan
textualmente que el profesional perito debe evitar que los pacientes evaluados sufran daños
injustos, por lo que
consideran que deben integrar en su ser y hacer cualidades como:
a)
Conocimiento
destacado de psicología en general y particular- mente de la psicología jurídica en la que el perito deberá tener acreditada formación y amplia experiencia.
b) Absoluto respeto a los principios deontológicos y éticos de
la
psicología y el derecho en su aplicación y práctica pericial
psicológica. (Puhl y Oteyza, 2023, p. 57)
Osorio (2024) nos habla sobre la importancia de conducirnos con ética profesional y nos recuerda lo que dicta la Declaración Universal de Principios Éticos para
Psicólogos: «1. Respeto por la dignidad de las personas y de los pueblos. 2. Cuidado competente del bienestar de los otros. 3. Integridad y 4. Responsabilidades profesionales y científicas con la sociedad» (p. 84). Cuatro
puntos que bien podemos resumir en uno: trato digno y empático. Cuando desde mi propia identidad
y cultura reconozco la dignidad del ser humano
que ostento puedo valorar
en el otro el goce de esa misma dignidad y ponerme en sus zapatos,
valorándolo en todas sus dimensiones,
ya que como profesionales de la salud mental tenemos el deber de respetar e
integrar contextualmente al ser humano desde una visión biopsicosociocultural
y espiritual.
Por otra parte, Puhl y Oteyza (2023, pp. 60-61) nos indican que el Código de Ética de la Asociación Americana de Psicología (APA, 2002-2010) basa sus cinco principios generales: «a) beneficencia y no maleficencia, b) fidelidad y responsabilidad, c) integridad, d) justicia y e) respeto por los derechos
y la dignidad de las personas» en
los cuatro principios de la bioética de Beauchamp y Childress, que son:
1.
Principio de autonomía o respeto a la capacidad de la persona para tomar decisiones propias y libres de coacción.
2.
Principio de no maleficencia: el /la profesional debe abstenerse de
realizar actos que puedan causar daño o perjuicios a aquellas personas que
solicitan su intervención.
3.
Principio de beneficencia u obligación de proporcionar beneficios que
superen a los posibles daños generados.
4.
Principio de justicia: tiene como objeto disminuir las situaciones de
desigualdad, al procurar el cumplimiento del derecho de los/ las ciudadanos/as
a ser tratados/as con respeto, sin atenciones diferentes ni privaciones,
manteniendo el principio de no discriminación.
Aquí las autoras nos colocan la vara mucho más alta, pues nos exigen
mucho más, ya que en resumen nos motivan a alejarnos de las actitudes yatrogénicas que nos
sesgan desde nuestras experiencias personales y culturales, lo que en muchos
casos nos vuelve intolerantes con cuestiones
de género, etnia y también
en situaciones políticas
y de creencias religiosas.
Siguiendo el hilo conductor, Amaya y Hernández (2018) nos refieren que «la primera responsabilidad ética de todo
psicólogo forense, como científico, es conocer el código deontológico por el
cual se rige» (p. 117); puesto que en este se indican tanto deberes como derechos que guían el proceder profesional y también
lo ponderan como una característica propia de la ciencia
psicológica. Los códigos
deontológicos son un aspecto
fundamental de la labor forense, protegen al científico, así como al evaluado.
Por su condición humana, el
psicólogo debe regirse por el derecho internacional humanitario; de ese modo no
incurrirá en ningún tipo de acción inhumana y manejará mejor el saber hacer. Esto nos lleva a la formación del profesional desde la academia, como espacio donde se nutre de conocimientos y no debería estar
desligado de esta formación ética. En este sentido, coincidimos con Ballesteros et al. (2021), quienes desde su óptica nos dicen:
se confirma la necesidad de una formación ética integral y continua, con un modelo situado
que atienda a los procesos
de razonamiento crítico y de toma de decisiones responsables, tanto en los programas académicos como en espacios propiciados por las entidades gremiales. Este modelo de educación
implica la formación previa de los docentes en metodologías de enseñanza de la
ética. (p. 14)
La realidad de muchos
profesionales en Ecuador, como lo explicaron Francis y García (2023), es que «refieren desconocimiento de la existencia de un código deontológico que guíe su desempeño» (p. 50). Respuesta que corresponde al 77.4 % de los profesionales encuestados.
Aquí un nudo crítico a desentrañar, pues sin una guía de buenas prácticas como instrumento que motive al
profesional a dirigirse correctamente al momento
de realizar su trabajo, no se puede
avanzar en coherencia con el saber hacer y el ser.
No podemos improvisar el trabajo pericial, para esto a modo de ejemplo tomaremos lo que Muñoz et al. (s. f.) nos ofrecen como buenas prácticas en el abordaje
de la evaluación psicológica pericial
de violencia de género:
-
El profesional de la psicología forense, además de su formación
especializada en Psicología Forense, debe contar con una formación específica
en la evaluación del riesgo de violencia y en especial en VdG
en la pareja.
-
El profesional de la psicología forense debe conocer muy bien las
limitaciones de las herramientas de evaluación del riesgo y, en el caso de
utilizar una herramienta actuarial, saber interpretar correctamente las
bondades métricas reportadas en los estudios de validación.
-
El modelo de comunicación de resultados es fundamental. El perito
requiere no solo una comprensión sofisticada de las pautas de evaluación y las
propiedades métricas de los instrumentos utilizados, sino también la capacidad
de explicarlo claramente al tribunal. Una variedad de sesgos cognitivos puede
influir en la presentación y comprensión de las evaluaciones de riesgo en
entornos forenses.
-
El profesional de la psicología forense debe dejar claro que la estimación del riesgo es dinámica y que la
predicción realizada sobre un caso concreto con el paso del tiempo
se vuelve cada vez
más inexacta.
-
El profesional de la psicología forense debe ser transparente res- pecto al proceso de evaluación pericial seguido. En especial, consignará la valoración de cada factor de riesgo a los datos manejados para realizar dicha
valoración, reflejará los criterios seguidos para conciliar la información
contradictoria y señalará el alcance y
limitaciones de sus consideraciones atendiendo a la
cantidad y calidad de información disponible sobre el caso. (p. 39)
Así como para el abordaje de los casos de violencia de género se establecen pautas de buenas prácticas, el
profesional perito debe investigar en las otras
materias, literatura psicojurídica que lo oriente
a actuar con perspectiva de género,
respetuoso de los derechos humanos, de niños, niñas y adolescentes, de personas
en situación de movilidad humana.
Grondona-Opazo y Rodríguez (2020) conceptualizan a la ética como «un conjunto de valores que una sociedad define como fundamento
para vivir bien» (p. 3). Explican
que estos valores están articulados a ciertas normas que orientarán el comportamiento
humano, lo que veremos luego expresarse en las relaciones interpersonales.
Siendo así, consideramos que la
ética es parte ineludible del ser y del saber hacer del perito, en resumidas
cuentas, es un termómetro que le permite al profesional medir sus propios sesgos con respecto a las realidades de sus usuarios y de esa manera autoevaluarse para mantener una actitud objetiva al momento de sostener ya sea una relación terapéutica o
una relación profesional donde deba realizar una evaluación pericial. Nodal
(2023) considera que un perito actúa de manera objetiva cuando emplea
la perspectiva de género en sus intervenciones y expresa que desde la perspectiva de género «se demuestra dominio metodológico y pericia científica en los procesos de
investigación del delito» (p. 78).
A modo de recomendación, Hernández
y Amaya (2018) nos motivan inicialmente a «mantenernos objetivos y neutrales al
momento de realizar un informe forense» (p. 117), dado que este debe reflejar una postura científica y no inclinarse al deseo o interés de alguna de las partes. Consideramos de suma importancia
incorporar esta información, porque un vacío actual en el profesional psicólogo perito ecuatoriano es
no contar con un código ético ni deontológico en el área psicológica forense propiamente, mucho menos con perspectiva
de género
o con
enfoque en infancia que puede regir su accionar,
a pesar de lo establecido en la normativa internacional. Sobre este aspecto,
Zurita et al. (2021) nos aportan y explican:
Uno de los parámetros de la comunidad científica obedece a tomar
en cuenta nociones éticas al momento de redactar informes psico- lógicos
periciales; además de la imparcialidad y la objetivad [sic], existen otros criterios éticos que tienen relación con principios generales de la ciencia
y que se deben tomar
en cuenta al momento
de emprender la investigación a esta escala; dichos principios van desde el no
decir mentiras, no ocultar verdades, no apartarse de la realidad, cultivar consistencia
interna hasta no rebasar el conocimiento, lo que supone una responsabilidad deontológica
con toda la información obtenida de la persona evaluada cuya información será reflejada en un documento
que aporte al esclarecimiento de conflictos legales. (p. 13)
En este aspecto, McGuire (2004), citado por Muñoz et al. (s. f.), reflexiona alrededor de las controversias éticas a las
que los psicólogos forenses se enfrentan
cuando realizan pericias
y las clasifica tomando en cuenta:
-
- La calidad de las investigaciones científicas en este campo,
y el uso de esas investigaciones para tomar decisiones en casos individuales. […]
-
La capacidad predictiva o precisión de las evaluaciones del riesgo. […]
- Respecto al tipo de instrumentos a utilizar. […]
-
El formato
en el que se presentan los resultados de las evaluaciones del riesgo en la sala de justicia. (pp. 37-38)
Es meritorio también señalar que un
profesional en el ámbito psicojurídico debe autoevaluarse
constantemente y advertir esos vacíos formativos que lo motiven a buscar información con rigurosidad técnico-científica
para perfeccionar su práctica, observante de no confundirse entre
procedimientos ni roles, y así pueda diferenciar ser forense y ser clínico. Por
ello coincidimos con Juárez y Lira (2020) cuando refieren que «en el proceso de valoración forense los
profesionales deberán considerar las leyes y orientaciones deontológicas, a
modo de observar con objetividad el adecuado cumplimiento de su rol» (p. 45).
Para explicar este apartado traeremos a colación lo manifestado por Porcelli (2020): «La humanidad está cursando la Cuarta Revolución Industrial y como todo cambio
genera desconcierto y se elevan algunas voces apocalípticas» (p. 92). Parte de
esta revolución es la diferenciación de dos tipos de inteligencia artificial,
débil y fuerte:
La primera es la inteligencia
artificial racional que se centra única- mente
en tareas estrechas, capaz de realizar
tareas inteligentes pero incapaz de pensar y sería fácil reconocer que se está hablando con una máquina. Se encarga de una tarea automáticamente, haciendo clasificaciones de acuerdo con unos parámetros
predeterminados que va puliendo según la cantidad de datos disponible. Se trata
de tareas rutinarias y técnicas sobre la base de los gustos del usuario, o clasificar correos electrónicos en deseados o no deseados. En cambio, la fuerte es aquella
inteligencia artificial capaz de igualar
o exceder la inteligencia de los humanos. Supone capacidad de
abstracción, reflexión, afán creativo e improvisación. Al día de hoy es una utopía, pero si se llegase a conseguir supondría un dilema ético, ya que si son capaces de pensar y tener sentimientos deberían
tener
derechos, pero aun así, no dejarían de ser máquinas.
(Porcelli, 2020, p. 61).
En nuestro caso, cada vez es más frecuente el empleo de chatbots en el área de psicología clínica para ofrecer
asistencia terapéutica; en la práctica forense aún es poco lo que se puede conocer sobre su empleo. Sin embargo, nos sugieren Gordon y Turnbul (2024) que «si queremos combinar la IA con nuestra
investigación y práctica
psicológica, estemos al tanto
de las últimas pautas éticas, de mejores prácticas y avances tecnológicos» (p. 6).
Es importante lo dicho por Lacey (2008, citado
por Amaya y Hernández, 2018): «[existen] dos principios importantes para la ética científica; el principio de precaución (PP) y el
principio del presupuesto de la
legitimidad de las innovaciones tecnocientíficas (PLT)» (p. 117).
Sobre el primer principio, Amaya y Hernández (2018) explican que este «hace énfasis en la
condición autónoma, objetiva y neutral de la ciencia […] sin olvidar que su trabajo debe estar libre de toda perspectiva religiosa, política, social
y económica. Es decir, sin depender de preferencias personales (autonomía)» (p. 118).
Con relación al segundo principio, Amaya y Hernández (2018) nos
enseñan sobre el impacto que puede llegar a tener nuestro trabajo con cada
herramienta utilizada y nos recuerdan que «antes de aplicar una tecnología o conocimiento
científico, se deben investigar los riesgos amplia y rigurosamente» (p. 118).
Sobre esto último, podemos inferir
que estamos obligados a adaptarnos a las nuevas tecnologías y eso incluye
empaparnos de la inteligencia artificial, sus beneficios y también sus contras, pero hablando de ética y deontología, ¿hasta dónde nos permitiríamos su
uso? Gordon y Turnbul (2024) nos
señalan que «como investigadores y profesionales, somos responsables
de considerar
cuidadosamente las implicaciones de
la
IA en nuestro trabajo y asegurarnos de que estas herramientas se utilicen de manera responsable y ética» (p. 6).
Dicho de otra manera, la IA (inteligencia artificial) se convierte en un dilema ético porque «tiene el potencial de personalizar terapias, predecir patrones de
comportamiento y mejorar la accesibilidad a tratamientos» (Salazar
y Velastegui, 2024, p. 26), lo que en algún momento,
sin observar condiciones éticas mínimas como la protección de los datos, la privacidad del usuario, el
principio de confidencialidad, el sigilo profesional, puede ser contraproducente.
En primer lugar, valoramos la importancia de actuar
con ética en conciencia, considerando lo
citado por Francis y García (2023):
La importancia de evidenciar una
actitud ética antes, durante y después de que el profesional perito realiza su intervención evita
vicios dentro del proceso que conlleven a asumir una responsabilidad legal que
tenga costos lamentables en el profesional perito, y que vayan en detrimento no
solo de su hacer sino de su ser. (p. 51)
Esto nos hace reflexionar alrededor
de la necesidad formativa del profesional perito en ética y deontología al igual que en otras materias desde la academia, si bien es cierto que esta es
intrínseca al ser humano, se hace meritoria una inducción consciente, argumentada metodológicamente, orientada al
servicio profesional que brindamos y funda- mentada en los principios que rigen la ciencia psicológica y los derechos humanos de todas las personas.
En
segundo lugar, podemos
evidenciar que el desafío de los profesionales ecuatorianos es romper esa
dicotomía entre el desconocimiento y la improvisación, si ya se reconoce la ausencia a
nivel local, existen instrumentos internacionales como el código de ética de la American Psychological Association
(APA, 2020), pues se debe asumir el compro- miso científico de crear las
herramientas para superar ese nudo crítico.
El
profesional psicólogo perito,
al autocuestionarse sobre su proceder ético, podrá descubrir dónde están sus nudos críticos, lo que motivará
el compromiso personal
y auténtico de mejorarlos para realizar intervenciones psicojurídicas
objetivas, libres de sesgos o prejuicios personales.
Finalmente, consideramos que el
empleo de la inteligencia artificial (IA) no es ni bueno ni malo, es un auxiliar metodológico que está tomando fuerza y es importante que se considere
para un análisis posterior
dada la era digital en la que estamos inmersos, referida por Porcelli como «singularidad tecnológica» (p. 93).
Vemos que es imprescindible que desde la academia (universidades e institutos) se asuma la
responsabilidad consciente de incluir en su pénsum académico una materia referente a
la ética y deontología. Ello puede ser exigido desde la sociedad civil y
también desde los cuerpos colegiados.
Para que el profesional psicojurídico realice la evaluación psico- lógica pericial, el levantamiento del informe psicológico pericial y la sustentación
de este con calidad científica, debe aprovechar toda oportunidad de
perfeccionamiento en su área, solo de esta manera tendrá la apertura mental
requerida para actualizar conocimientos e ir adaptando su labor a nuevos desafíos como,
por ejemplo, el uso consciente y responsable de la inteligencia artificial.
Territorialmente, los cuerpos colegiados de psicología deben fomentar, a través de mesas de trabajo, espacios de construcción de códigos deontológicos que respondan a nuestra realidad y que sirvan de eje rector de la labor en contextos psicojurídicos.
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Zurita, D., Jiménez,
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Recibido:
7/6/2024
Revisado:
18/6/2024
Aceptado:
10/12/2024
Publicado
en línea: 28/12/2024
Financiamiento
Autofinanciado.
Conflicto de intereses
La autora
declara no tener conflicto de intereses.
Contribución de autoría
Concepción y diseño del trabajo;
redacción del trabajo o su
revisión crítica al contenido intelectual importante; aprobación final
de la versión que se publicará.
Agradecimientos
La autora considera oportuno señalar un agradecimiento a los pares
ciegos por sus observaciones y sus revisiones para
la confección del presente manuscrito.
Biografía de la autora
Mónica Alexandra Francis Bone es
psicóloga clínica graduada en la Universidad de Guayaquil, magíster en Terapia Familiar
Sistémica, titulada por la Universidad Católica Santiago
de Guayaquil. Tesista
del doctorado de Psicología de la Universidad Internacional Iberoamericana de México. Terapeuta
femenina certificada por la Escuela de
Terapia Femenina Integrativa de Colombia. Psicóloga perito del Consejo de la
Judicatura en Esmeraldas, Ecuador. Autora de artículos científicos relacionados con la violencia contra la mujer;
ha ejercido la docencia universitaria y es miembro del Directorio
de la Sociedad Científica Ecuatoriana de Psicología Jurídica.
Correspondencia