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Attribution 4.0 International License
Revista de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición
de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad del Poder Judicial del Perú
Vol. 6, n.
o
8, enero-junio, 2024, 189-217
Publicación semestral. Lima, Perú
ISSN: 2709-6491 (En línea)
DOI: https://doi.org/10.51197/lj.v6i8.96
7
Explorando el acceso a la justicia: perspectivas de las
personas con discapacidad en el marco de las Reglas
de Brasilia
Exploring Access to Justice: Perspectives of People with Disabilities
within the Framework of Brasilia Rules
Explorando o acesso à justiça: perspectivas das pessoas com
deficiência no contexto das Regras de Brasília
yeniva iSabel lleelliSh JuSCamayta
Universidad Nacional Federico Villareal
(Lima, Perú)
Contacto: ylleellish@pj.gob.pe
https://orcid.org/0009-0001-0924-9780
reSumen
En este trabajo, examinaremos el impacto de las políticas y de las
prácticas actuales en el acceso a la justicia para las personas con
discapacidad, centrándonos especialmente en las necesidades de las
personas con discapacidad auditiva y visual. Exploraremos cómo
la barrera de la incomprensión del lenguaje judicial afecta a esta
población y el surgimiento de iniciativas de lenguaje accesible a nivel
mundial. Específicamente, discutiremos la implementación de las
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Reglas de Brasilia, resaltando la importancia del lenguaje inclusivo
y se enfatizará la urgencia de adoptar medidas concretas en el Perú.
Concluimos en que la consolidación de las prácticas inclusivas no
solo protege los derechos de los ciudadanos, incluidos aquellos con
discapacidad auditiva, sino que también subraya la necesidad de que
el Poder Judicial peruano logre verdaderamente una justicia equitativa
en el país.
Palabras clave: acceso a la justicia; personas con discapacidad; derechos
humanos; humanidad; acción en conjunto judicial.
Términos de indización: derecho a la justicia; incapacidad; derechos
humanos; humanidad; administración de justicia (Fuente: Tesauro
Unesco).
abStraCt
In this work, we will examine the impact of current policies and
practices on access to justice for people with disabilities, focusing
especially on the needs of individuals with hearing disabilities. We will
explore how the barrier of incomprehension of legal language affects
this population and the emergence of accessible language initiatives
globally. Specifically, we will discuss the implementation of the
Brasilia Rules, highlighting the importance of inclusive language and
emphasizing the urgency of adopting concrete measures in Peru. We
conclude that the consolidation of inclusive practices not only protects
the rights of citizens, including those with hearing disabilities, but
also underscores the need for the Peruvian Judiciary to truly achieve
equitable justice in the country.
Key words: Access to justice; people with disabilities; human rights;
humanity; joint judicial action.
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Indexing terms: right to justice; disabilities; human rigths; humans;
administration of justice (Source: Unesco Thesaurus).
reSumo
Neste trabalho, examinaremos o impacto das políticas e práticas atuais
no acesso à justiça para pessoas com deficiência, focando especialmente
nas necessidades das pessoas com deficiência auditiva. Exploraremos
como a barreira da incompreensão da linguagem judicial afeta essa
população e o surgimento de iniciativas de linguagem acessível em
nível mundial. Especificamente, discutiremos a implementação das
Regras de Brasília, destacando a importância da linguagem inclusiva
e enfatizando a urgência de adotar medidas concretas no Peru.
Concluímos que a consolidação de práticas inclusivas não apenas
protege os direitos dos cidadãos, incluindo aqueles com deficiência
auditiva, mas também destaca a necessidade de que o Poder Judiciário
peruano alcance verdadeiramente uma justiça equitativa no país.
Palavras-chave: acesso à justiça; pessoas com deficiência; direitos
humanos; humanidade; ação judicial conjunta.
Termos de indexação: direito à justiça; deficiência; direitos humanos;
humanidade; administração da justiça (Fonte: Unesco Thesaurus).
Recibido: 28/03/2024 Revisado: 04/04/2024
Aceptado: 11/06/2024 Publicado en línea: 30/06/2024
Yeniva isabel lleellish JuscamaYta
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1. introduCCión
En el contexto peruano, se estima que alrededor de 3 209 261 personas
enfrentan alguna forma de dificultad o de limitación permanente
que impacta su vida diaria, según el informe Perfil sociodemográfico
de la población con discapacidad, 2017, elaborado por el Instituto
Nacional de Estadística e Informática (INEI) en colaboración con el
Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapaci dad
(Conadis). Esta cifra engloba a personas de diversas edades, siendo
el grupo más afectado los adultos mayores de 60 años, que represen-
tan el 40.1 % de la población con discapacidad. Está seguido por los
adultos de 45 a 59 años (21.9 %), los adultos jóvenes (12.8 %), los
jóvenes de 18 a 29 años (10.7 %), los adolescentes de 12 a 17 años
(6.9 %), los niños y las niñas de 6 a 11 años (5.6 %) y los menores de
6 años (1.9 %) (INEI, 2019, p. 1).
Las estadísticas muestran que la dificultad visual es la
discapacidad más común, que afecta al 48.3 % de la población
discapacitada en Perú, seguida por problemas de movilidad (15.1 %),
de audición (7.6 %), de aprendizaje (4.2 %), de interacción social (3.3
%) y de comunicación (3.1 %) (INEI, 2019). Estas cifras resaltan la
necesidad de asegurar un acceso justo al sistema judicial para todas las
personas, incluyendo aquellas con discapacidades visuales o auditivas.
En Perú, las personas con discapacidad auditiva o visual
encuentran desafíos considerables al tratar de acceder al sistema legal.
La falta de intérpretes especializados en lengua de señas peruana
(LSP) y la escasez de recursos adaptados a sus necesidades, como
información accesible o tecnologías de apoyo, son barreras que limitan
su participación efectiva en los procesos legales.
Del mismo modo, las personas con discapacidad visual se
enfrentan a desafíos relacionados con el acceso a la información escrita
y visual en el contexto legal. La falta de documentos en formatos
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accesibles, como Braille o versiones digitales accesibles, así como la
limitada disponibilidad de tecnologías de lectura asistida, dificultan su
capacidad para comprender y participar de manera autónoma en los
procedimientos legales que les competen (Rosas, 2020).
En esta situación es fundamental analizar cómo las 100 Reglas
de Brasilia, un conjunto de principios y directrices internacionales
para promover el acceso a la justicia de manera inclusiva, se han imple-
mentado y desarrollado en el contexto peruano. Este análisis permitirá
identificar los desafíos y las deficiencias existentes en el acceso a la
justicia para personas con discapacidad auditiva y visual en Perú, así
como proponer las recomendaciones y las estrategias más adecuadas
para mejorar la situación, y garantizar una mayor igualdad y justicia
para todos los ciudadanos peruanos.
2. ProblemÁtiCa
El acceso a la justicia es un derecho fundamental que todas las perso-
nas deberían poder ejercer plenamente, independientemente de sus
condiciones físicas o sensoriales. Sin embargo, para las personas con
discapacidad auditiva y visual en Perú, el acceso a la justicia enfrenta
desafíos significativos debido a las diversas barreras que limitan su
participación efectiva en el sistema judicial (Plena Inclusión España,
2019).
Uno de los principales problemas radica en la falta de recursos
y servicios adaptados a las necesidades específicas de las personas con
discapacidad auditiva y visual. La escasez de intérpretes especializados
en lenguaje de señas peruano (LSP) y la falta de materiales legales en
formatos accesibles, como Braille o versiones digitales accesibles, difi-
cultan la comprensión de los procedimientos legales y la comunicación
con los abogados y los funcionarios judiciales (Martín, 2022).
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Además, la infraestructura física de los juzgados y otros espacios
judiciales a menudo no están adecuadamente adaptados para personas
con discapacidad, lo que dificulta su acceso físico y su movilidad
dentro de estas instalaciones (Ávila, 2017). Estas limitaciones tienen
un impacto directo en la capacidad de las personas con discapacidad
auditiva y visual para ejercer sus derechos legales de manera equitativa
y efectiva.
El impacto de las políticas y prácticas actuales en el acceso
a la justicia para las personas con discapacidad auditiva y visual en
Perú es una cuestión crucial que requiere de una revisión detallada.
En este contexto, se plantea la siguiente pregunta de investigación:
¿Qué impacto tienen las políticas y prácticas actuales en el acceso a
la justicia para personas con discapacidad auditiva y visual en Perú?
¿Cómo se han implementado las 100 Reglas de Brasilia en el Perú?
Para abordar estas preguntas, se empleará una metodología
mixta que combina la revisión documental y el análisis de datos
disponibles. La revisión documental se centrará en analizar las políticas,
las leyes y las normativas relacionadas con el acceso a la justicia para
personas con discapacidad en el Perú; la disponibilidad de intérpretes
especializados; y la adaptación de recursos en formatos accesibles.
Los instrumentos de investigación incluirán el uso de matrices
de análisis para sistematizar la información obtenida de la revisión
documental, y la identificación de patrones y tendencias en la imple-
mentación de las políticas y las prácticas relacionadas con el acceso a la
justicia para las personas con discapacidad auditiva y visual.
Con esta metodología y estos instrumentos, se buscará obtener
una visión integral de la situación actual para proponer recomendacio-
nes concretas, basadas en la evidencia documentada y el análisis crítico
de las políticas y prácticas existentes, con el fin de mejorar el acceso a
la justicia para personas con discapacidad auditiva y visual en el Perú.
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3. evoluCión de laS PolítiCaS Para el aCCeSo a la
JuStiCia
En el contexto de la sociedad, las políticas representan un compendio
de los ideales y de metas colectivas que guían el desarrollo y el bienestar
social. Estas políticas delinean los objetivos de progreso y definen las
estrategias para alcanzarlos, destacan la importancia de la intervención
estatal y la equitativa distribución de recursos y responsabilidades
entre los diferentes sectores sociales. Dentro de este marco, las políticas
se conciben como respuestas específicas a problemáticas que son de
interés público, siendo su diseño, implementación y evaluación una
pieza fundamental en la gestión gubernamental.
El proceso de la formulación de políticas implica el uso efectivo
del poder estatal para asignar los recursos en función de satisfacer
las necesidades de la población. Este proceso se sirve de una serie de
herramientas como incentivos económicos, regulaciones directas,
provisión de servicios y bienes, así como el establecimiento de seguros
para situaciones adversas. En este sentido, las políticas públicas se
convierten en instrumentos clave para abordar los desafíos sociales
y económicos, y para promover un desarrollo equitativo y sostenible
(Piscoya, 2020).
En el contexto peruano, la Ley n.
o
29973 desempeña un papel
crucial al establecer parámetros y derechos específicos para las Personas
con Discapacidad (PCD). Esta normativa define a las PCD como
aquellas que presentan deficiencias físicas, sensoriales, mentales o
intelectuales de carácter permanente, y que enfrentan barreras que les
impiden ejercer plenamente sus derechos y participar activamente en la
sociedad (Piscoya, 2020). Es esencial comprender que la discapacidad
va más allá de una condición médica, siendo también el resultado de
las barreras sociales y las ambientales que limitan la inclusión y el pleno
ejercicio de derechos.
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Una de las iniciativas más destacadas es el Plan Nacional de
Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad del
Poder Judicial en el Perú, que incluye específicamente a personas
con discapacidad (Blouin, 2016). Este plan aborda tres niveles de
accesibilidad establecidos en la CDPD: física, legal y comunicacional.
En el ámbito físico, se han establecido objetivos para facilitar
el acceso de personas con discapacidad a las instalaciones judiciales,
incluyen diagnósticos de necesidades y adecuaciones arquitectónicas.
En términos legales, se promueve la protección de derechos mediante
reformas en el Código Civil, la elaboración de protocolos y la atención
especial a víctimas con discapacidad en procesos judiciales (Blouin,
2016). Respecto de la accesibilidad comunicacional, se busca fomentar
la participación mediante el uso de medios virtuales y la adaptación de
recursos para personas con discapacidad visual, entre otras medidas.
Si bien el Plan representa un avance significativo al identificar
las barreras y proponer medidas concretas, aún existen desafíos.
Por ejemplo, la falta de metas claras para la capacitación de operadores
de justicia podría limitar la efectividad de las acciones propuestas.
Además, aspectos como el acceso a la justicia de mujeres con
discapacidad requieren de una atención específica debido a su situación
de doble vulnerabilidad.
La evolución de las medidas de acceso a la justicia para personas
con discapacidad en Perú muestra avances significativos, pero también
revela la necesidad de seguir fortaleciendo las políticas y las prácticas
inclusivas que garanticen un acceso equitativo y efectivo a la justicia
para todos los ciudadanos, independientemente de sus capacidades.
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4. avanCeS y deSafíoS Para laS PerSonaS Con
diSCaPaCidad
4.1. Normativas internas del Poder Judicial para el acceso a la
justicia
A continuación, se analizarán las normativas aprobadas por el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial relacionadas con el acceso a la justicia
de personas con discapacidad, dado que son fundamentales para
garantizar que todos los individuos, independientemente de sus
capacidades, puedan acceder de manera efectiva y equitativa al sistema
judicial.
En primer lugar, la Resolución n.
o
114-2022-CE-PJ de fecha
29/03/2022, que aprueba la directiva de procedimiento virtual de
restitución de la capacidad jurídica de la persona con discapacidad,
el reconocimiento y la designación judicial de apoyos y salvaguardias,
tiene como objetivo establecer las disposiciones que regulen las medidas
de accesibilidad y los mecanismos de celeridad para las solicitudes de
restitución de la capacidad jurídica, y además el reconocimiento de los
apoyos y las salvaguardias para las personas con discapacidad (PcD).
Una de las disposiciones generales, clave de esta resolución, son
las solicitudes de restitución de la capacidad jurídica que proceden a
favor de la PCD, que ha sido declarada interdicta mediante sentencia
judicial de interdicción civil. Si la PCD puede expresar su voluntad,
la misma realiza la solicitud; de lo contrario, puede ser realizada
por cualquier persona o de oficio por la autoridad jurisdiccional.
Esto garantiza que las PCD tengan un acceso más ágil y directo a la
restitución de su capacidad jurídica cuando sea posible.
Asimismo, la resolución contempla la solicitud de reconoci-
miento judicial de los apoyos y las salvaguardias para las PCD que
pueden manifestar su voluntad, así como la solicitud excepcional de
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designación judicial de apoyos y salvaguardias para aquellas perso-
nas que no pueden manifestar su voluntad. Esto amplía el espectro
de medidas de apoyo disponibles y facilita su designación de manera
más eficiente.
La implementación de formularios de solicitud diseñados
por la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en
Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, en formato
amigable y disponibles en la página web del Poder Judicial, contribuye
significativamente a mejorar el acceso de las PCD a la justicia. Estos
formularios facilitan el proceso y hacen que sea más comprensible
y accesible para las PCD y sus representantes, promoviendo así una
mayor inclusión y garantizando sus derechos legales de manera efectiva.
En segundo lugar, la Directiva de Alerta Judicial para Personas
con Discapacidad, establecida por la Resolución n.
o
066-2020-CE-
PJ de fecha 12/02/2020, tiene como objetivo la implementación del
Sistema de Alerta Judicial para informar a los jueces y las juezas sobre la
participación de las personas con discapacidad en los procesos legales.
Este sistema busca garantizar la celeridad y la atención prioritaria
en dichos procesos, independientemente de la nacionalidad de las
personas involucradas.
Esta atención prioritaria se justifica en el marco de garantizar
un acceso equitativo a la justicia para las personas con discapacidad,
quienes suelen enfrentar barreras adicionales para participar plenamente
en los procesos legales debido a diversas dificultades, comunicativas o
de movilidad. Priorizar su atención en el sistema judicial no solo es
una cuestión de equidad, sino también de protección de los derechos,
dado el mayor riesgo de vulnerabilidad que pueden experimentar.
Adicionalmente, la atención preferente contribuye a la eficiencia
del sistema judicial al agilizar los procesos en los que participan personas
con discapacidad, alineándose con los principios de igualdad y no
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discriminación establecidos tanto a nivel nacional como internacional.
Esta medida también implica la asignación de recursos y la adopción
de ajustes razonables para garantizar que las necesidades específicas de
las personas con discapacidad sean atendidas adecuadamente durante
el proceso judicial.
En tercer lugar, analizaré el Reglamento de Transición al Sistema
de Apoyos y Salvaguardias, aprobado por la Resolución n.
o
046- 2019-
CE-PJ, el cual tiene como objetivo principal facilitar el acceso a la
justicia para las personas con discapacidad. Algunos de los aspectos
más relevantes del Reglamento incluyen: 1) El establecimiento de
un proceso de apoyos y salvaguardias (art. 1 y art. 5). El Reglamento
establece un proceso judicial para la designación de apoyos y de
salvaguardias para las personas con discapacidad que lo necesiten.
Estos apoyos y salvaguardias pueden ayudar a las personas con discapa-
cidad a tomar decisiones informadas sobre su vida y a participar
plenamente en los procesos judiciales. 2) Gratuidad del servicio
(art. 7), es decir, el trámite de las solicitudes de apoyos y salvaguardias
es gratuito. 3) Establece una serie de deberes para los jueces (art. 6),
como brindar las condiciones necesarias para eliminar las barreras
estructurales y efectuar los ajustes razonables a favor de las personas
con discapacidad.
El Reglamento de Transición al Sistema de Apoyos y Salva-
guardias representa un paso importante para garantizar el acceso a
la justicia de las personas con discapacidad en el Perú. Sin embargo,
para que este sistema sea efectivo es fundamental que las personas
con discapacidad y la comunidad en general conozcan su existencia
y cómo pueden acceder a este. Por ello, es importante la difusión del
sistema, pues la falta de conocimiento sobre el sistema de apoyos y
salvaguardias puede generar las siguientes situaciones: exclusión,
pues las personas con discapacidad que no conocen el sistema no
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podrán solicitar los apoyos y salvaguardias; desinformación, lo que
puede generar desconfianza y dificultar su acceso; y discriminación,
puesto que la falta de conocimiento sobre el sistema por parte de los
operadores judiciales puede generar discriminación hacia las personas
con discapacidad.
Finalmente, analizaré el Protocolo de Atención Judicial para
Personas con Discapacidad aprobado por la Resolución n.
o
010-2018-
CE-PJ de fecha 10/01/201, el cual representa un paso importante en la
lucha por el acceso a la justicia para las personas con discapacidad en el
Perú. El Protocolo establece lineamientos específicos como estándares
claros y detallados para la atención de personas con discapacidad
auditiva y visual; reconocer la capacidad jurídica de las personas con
discapacidad para la atención de personas con discapacidad auditiva
y visual; establecer medidas de apoyo para facilitar la participación de
las personas con discapacidad en los procesos judiciales, y garantizar el
respeto de la autonomía y dignidad de las personas con discapacidad.
De esa manera, se contribuye a eliminar las barreras que enfrentan
estas personas para participar plenamente en los procesos judiciales.
Además, esto permite a los operadores de justicia brindar una atención
más adecuada y respetuosa a las necesidades de estas personas con
medidas de apoyo que incluyen provisión de intérpretes de lengua de
señas, sistemas de Braille y otros apoyos necesarios.
El acceso a la justicia para las personas con discapacidad es un
derecho fundamental que es reconocido en las 100 Reglas de Brasilia y
en la legislación peruana. Las medidas analizadas como la Resolución
n.
o
114-20 CE-PJ, la Directiva de Alerta Judicial para Personas con
Discapacidad, el Reglamento de Transición al Sistema de Apoyos y
Salvaguardias, y el Protocolo de Atención Judicial para Personas con
Discapacidad representan avances significativos para garantizar la
igualdad de oportunidades y la participación plena de las personas
con discapacidad en los procesos judiciales como los siguientes:
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el reconocimiento de la capacidad jurídica, la facilitación del acceso
a la justicia, la atención prioritaria, la comunicación efectiva y la
eliminación de barreras.
4.2. Políticas y protocolos nacionales
En 2021, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP),
a través del Conadis, presentó la Política Nacional Multisectorial en
Discapacidad para el Desarrollo al 2030 (PNMDD). Esta política,
la primera de su tipo en el Perú, busca abordar las desigualdades y las
barreras que enfrentan las personas con discapacidad, alineándose con
la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y
la Ley n.
o
29973.
La PNMDD establece objetivos prioritarios, entre los cuales
se incluye garantizar la igualdad de las condiciones en el acceso a la
justicia para las personas con discapacidad. Para ello, se proponen
medidas como la eliminación de las barreras arquitectónicas, la
provisión de servicios de interpretación en lenguaje de señas, los
materiales informativos accesibles, el apoyo personalizado durante
los procesos judiciales, la capacitación del personal del sistema de
justicia y el acceso a tecnologías asistenciales (Noles y Guerrero, 2020;
Martín Pérez, 2022).
En un esfuerzo por abordar las barreras de comunicación y las
necesidades de apoyo para las personas con discapacidad y las personas
adultas mayores, el Poder Judicial del Perú ha aprobado el Protocolo
denominado «Evaluación de las Barreras de la Comunicación y
Necesidades de Apoyos para Persona con Discapacidad y Persona
Adulto Mayor» - Versión 001. Esta acción está respaldada por el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y busca mejorar la accesibili-
dad y la equidad en el sistema judicial para aquellos con discapacidades
y adultos mayores (Resolución Administrativa n.
o
000068-2024-CE-
PJ, 2024).
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El protocolo, desarrollado con la participación de diversos
organismos, busca mejorar el acceso a la justicia para personas con
discapacidad y adultos mayores en Perú. Además, enfatiza la evaluación
integral de las barreras de comunicación y propone medidas como
servicios de interpretación, de asistencia personalizada y de adaptaciones
necesarias, así mismo obliga a su difusión y al cumplimiento en todas
las instancias judiciales, promoviendo la igualdad y el acceso a la
justicia, y sobre todo reforzando el compromiso con principios de
igualdad y de justicia para avanzar hacia una sociedad más inclusiva y
accesible.
Para garantizar la igualdad de condiciones en el acceso a la
justicia, es imperativo implementar una serie de medidas integrales
(Noles y Guerrero, 2020). Es necesario eliminar barreras arquitec-
tónicas en los lugares de acceso a la justicia y proporcionar servicios
de interpretación, materiales informativos accesibles y apoyo
personalizado durante los procesos judiciales. Asimismo, se requiere
sensibilizar y capacitar al personal del sistema judicial y garantizar el
acceso a tecnologías asistenciales para las personas con discapacidad.
Aunque existen avances con la Política Nacional Multisectorial en
Discapacidad para el Desarrollo, aún se necesita traducir esta política
en acciones concretas en todos los niveles para transformar la realidad
de las personas con discapacidad en el Perú.
5. anÁliSiS de laS 100 reglaS de braSilia: el aCCeSo
a la JuStiCia Para PerSonaS Con diSCaPaCidad
Las 100 Reglas de Brasilia sobre el Acceso a la Justicia de las Personas
en Condición de Vulnerabilidad fueron establecidas en la Cumbre
Judicial Iberoamericana de Brasilia en 2008 y actualizadas en la XIX
Cumbre Judicial Iberoamericana en 2018 (Salazar, 2022).
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El propósito fundamental de estas reglas es eliminar las
barreras y los obstáculos que impiden el acceso efectivo a la justicia
sin discriminación para las personas en condiciones de vulnerabilidad
(Salazar, 2022). Para lograr este objetivo, las Reglas de Brasilia
contienen recomendaciones dirigidas a diversos actores del sistema
judicial, como el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Defensoría del
Pueblo, la Defensoría Pública, la Policía Nacional, INPE, Demuna, los
centros de Atención Mujer, Conadis, entre otros. También, involucran
a los colegios de abogados, consultorios jurídicos y abogados litigantes,
todo ello con el fin de que trabajen activamente en la eliminación de
discriminaciones y las barreras que limitan el acceso a la justicia de las
personas vulnerables.
En el contexto peruano, el Poder Judicial se adhirió a estas Reglas
mediante la Resolución Administrativa n.
o
000198-2020-CE-PJ y ha
implementado actividades para poner en práctica las recomendaciones
establecidas en estas. Ello se realiza a través del Plan Nacional de
Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad para
el periodo 2016-2021 (Salazar, 2020), destaca la importancia de que el
sistema judicial otorgue el acceso igualitario a la justicia para todos los
ciudadanos.
El derecho de acceso a la justicia es un derecho fundamental
que garantiza que toda persona pueda acudir a los órganos o a las
entidades autorizadas por el Estado para buscar la resolución de
conflictos, defender sus derechos y acceder a la tutela judicial efectiva
(Seda, 2015). Este derecho, consagrado en diversos instrumentos
internacionales de derechos humanos, es fundamental para asegurar la
igualdad y la protección de los derechos legales de todos los individuos.
A pesar de que no esté expresamente mencionado en la
Constitución, se reconoce como un principio y garantía implícita de
la función jurisdiccional la observancia del debido proceso y la tutela
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jurisdiccional (Salazar, 2022). El Tribunal Constitucional ha establecido
que este derecho incluye el acceso a los tribunales internacionales, no
solo a los tribunales internos del país. Además, la Corte Interamericana
de Derechos Humanos ha reafirmado que el acceso a la justicia
implica no solo la existencia formal de los recursos judiciales, sino
su efectividad en la protección de los derechos fundamentales de las
personas. Estas reglas han sido respaldadas por tratados internacionales
de derechos humanos, como la «Convención Interamericana contra
todas las formas de discriminación a las personas con discapacidad» y
la «Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad»
(Seda, 2015).
En este análisis se abordarán las Reglas de Brasilia que son
fundamentales para garantizar el acceso a la justicia de las personas con
discapacidad. Específicamente, se examinarán las reglas 7, 8, 52, 53, 58
y 77, las cuales cubren aspectos esenciales como la definición inclusiva
de discapacidad, la accesibilidad al sistema judicial, la provisión de
información clara y comprensible, y la eliminación de las barreras
físicas. Estas reglas son cruciales para asegurar que las personas con
discapacidad puedan participar plena y efectivamente en los procesos
judiciales, garantizando así sus derechos y promoviendo una justicia
inclusiva.
La Regla 7 proporciona una definición inclusiva y amplia
de discapacidad, reconociendo tanto las deficiencias permanentes
como temporales. Esta definición subraya la influencia del entorno
económico y social en la exacerbación de las limitaciones. Este enfoque
multidimensional es crucial para entender la discapacidad no solo
como una condición médica, sino también como una cuestión social y
de derechos humanos. En el contexto de las 100 Reglas de Brasilia, esta
definición es fundamental para identificar a las personas que deben
recibir atención y apoyo especial en el sistema judicial.
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La Regla 8 destaca la obligación de los sistemas judiciales de
ser accesibles para las personas con discapacidad. Esto implica no solo
la eliminación de barreras físicas, sino también la implementación
de recursos y servicios que aseguren la participación plena y efectiva de
estas personas, medidas como la provisión de intérpretes, la adaptación
de documentos a formatos accesibles y la capacitación de personal
judicial son fundamentales. En el Perú, la implementación de estas
medidas ha sido respaldada por políticas estatales y marcos normativos,
aunque persisten desafíos en la plena aplicación de estas medidas.
La Regla 52 garantiza que las personas en condición de vulne-
rabilidad reciban información clara y comprensible sobre su
participación en actuaciones judiciales. Esta regla es esencial para
asegurar la transparencia y la comprensión de los procesos judiciales
por parte de las personas vulnerables. En el contexto peruano, la
implementación de esta regla ha implicado la creación de programas
de formación y la provisión de materiales informativos adaptados.
No obstante, la efectividad de estas medidas depende en gran medida
de la sensibilización y capacitación continua del personal judicial.
La Regla 53 extiende el derecho a la información detallada
y relevante a las personas vulnerables que son parte en un proceso
judicial. Esto incluye la información sobre la asistencia y el apoyo, los
derechos procesales, y el acceso a los servicios jurídicos gratuitos. En el
Perú, la implementación de esta regla ha involucrado la colaboración
con organizaciones no gubernamentales y la Defensoría del Pueblo
para asegurar que las personas vulnerables estén bien informadas y
apoyadas; sin embargo, la eficacia de estas medidas puede variar según
la religión y los recursos disponibles.
La Regla 58 enfatiza el derecho de las personas en condición
de vulnerabilidad a entender y a ser entendidas en el ámbito judicial,
reconociendo la importancia de la comunicación efectiva en los
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procesos judiciales, especialmente para aquellos con barreras debidas
a su vulnerabilidad (Castro, 2020). Esta regla establece que se deben
adoptar medidas para reducir las dificultades de comunicación
y asegurar que las personas comprendan plenamente el alcance
de las acciones judiciales en las que participan. Además, destaca la
importancia de garantizar que estas personas puedan expresarse y ser
comprendidas durante el proceso judicial, lo cual puede requerir el uso
de herramientas de comunicación alternativas, como intérpretes de
lenguaje de señas o mediadores (Castro, 2020). La Regla 58 subraya
la necesidad de una comunicación inclusiva y accesible en el sistema
judicial, reconociendo el derecho de todas las personas a comprender y
participar plenamente en los procesos legales que les conciernen.
La Regla 77 se centra en la accesibilidad física a los edificios
judiciales, destaca la importancia de eliminar las barreras arquitectónicas
para las personas con discapacidad. Esta regla aboga por la adecuación
de la infraestructura judicial para garantizar que todas las personas
puedan acceder y permanecer en los espacios judiciales de manera
segura y cómoda. En el Perú, la adaptación de los edificios judiciales ha
sido una prioridad, aunque la implementación plena enfrenta desafíos
debido a limitaciones presupuestarias y lógicas.
Con respecto a un análisis detenido sobre el acceso a la justicia
de las personas con discapacidad, es necesario comentar el Decreto
Legislativo 1384 que reconoce y que regula la capacidad jurídica de las
personas con discapacidad en igualdad de condiciones, y que establece
importantes disposiciones relacionadas con la protección y el ejercicio
de derechos para este grupo de personas.
El artículo 45-A del decreto establece la figura de los repre-
sentantes legales para las personas con capacidad de ejercicio restringida,
quienes ejercerán los derechos de acuerdo con las normas sobre patria
potestad, tutela o curatela. Esta disposición busca garantizar una
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adecuada protección legal para aquellos que, debido a su condición,
requieren de asistencia en la toma de decisiones.
Por otro lado, el artículo 45-B aborda la designación de
apoyos y de salvaguardias. Destaca la posibilidad de que las personas
con discapacidad designen apoyos y salvaguardias, ya sea de forma
judicial o notarial, permitiendo así que puedan contar con la asistencia
necesaria para garantizar el ejercicio de sus derechos.
El artículo 1976-A establece la responsabilidad de la persona
con apoyo en sus decisiones, siendo responsable incluso de aquellas
tomadas con dicho apoyo, con la posibilidad de repetir contra él.
No obstante, se aclara que las personas con capacidad de ejercicio
restringida no son responsables por decisiones tomadas con apoyos
designados judicialmente que actúen con dolo o culpa.
Finalmente, el artículo 119-A reconoce el derecho de las
personas con discapacidad a contar con ajustes razonables y ajustes de
procedimiento en todos los procedimientos judiciales, lo que asegura
su participación efectiva en el sistema judicial. Estas disposiciones
del Decreto Legislativo 1384 son fundamentales para garantizar la
igualdad de condiciones y la protección de los derechos de las personas
con discapacidad en el ámbito legal y judicial.
Las Reglas de Brasilia y el Decreto Legislativo 1384 se comple-
mentan y refuerzan mutuamente en el objetivo de garantizar el acceso
a la justicia para las personas con discapacidad. Ambos instrumentos
reconocen la necesidad de eliminar las barreras que enfrentan las
personas con discapacidad para participar en los procesos judiciales
y establecen medidas concretas para lograrlo. La definición de
discapacidad en el Decreto Legislativo 1384 es compatible con la
definición establecida en las Reglas de Brasilia, al reconocer el carácter
multidimensional de la discapacidad, y la influencia del entorno social
y económico. Tanto las Reglas de Brasilia como el Decreto Legislativo
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1384 enfatizan la importancia de la accesibilidad del sistema judicial
para las personas con discapacidad. Ambos instrumentos reconocen el
derecho de las personas con discapacidad a recibir información clara y
comprensible.
6. PerSPeCtiva de laS PerSonaS Con diSCaPaCidad
Las personas con discapacidad, especialmente las personas ciegas y
sordas, enfrentan barreras significativas para acceder a la justicia de
manera efectiva. La Ley n.
o
29973, Ley General de la Persona con
Discapacidad, establece claramente que la falta de intérpretes de
lengua de señas o subtítulos en programas informativos, educativos
y culturales transmitidos por televisión es considerada una infracción
grave (Tapara, 2020). Sin embargo, es irrisorio que esta falta sea solo
una infracción, especialmente cuando las Reglas de Brasilia exigen el
derecho a un intérprete como parte fundamental del acceso a la justicia
para las personas con discapacidad auditiva.
La omisión de proporcionar un intérprete adecuado no solo
constituye una violación al derecho de defensa y al debido proceso,
sino que también afecta negativamente la legalidad de las decisiones
judiciales. La falta de un intérprete adecuado compromete la garantía
del derecho de defensa y el acceso a un proceso justo, lo que puede
llevar a la declaración de nulidad de ciertas actuaciones judiciales,
según lo establecido en el Código Procesal Penal.
Es imperativo que se garanticen los servicios de interpretación
adecuados y efectivos para las personas con discapacidad auditiva
y visual, como parte esencial del acceso a la justicia y del respeto al
debido proceso legal. Esto no solo implica cumplir con lo establecido
en la ley, sino también con los estándares internacionales de derechos
humanos que promueven la igualdad y la equidad en el acceso a la
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justicia para todas las personas, independientemente de sus capacida-
des o discapacidades.
El acceso a la justicia para las personas con discapacidad sigue
siendo un desafío significativo en el sistema judicial actual. A pesar de
los avances en la legislación y las políticas destinadas a garantizar la
igualdad de acceso, aún persisten barreras que obstaculizan el ejercicio
pleno de los derechos legales para este grupo vulnerable. Dos casos
recientes ocurridos en los juzgados de paz letrado de Lima ilustran
claramente estas dificultades y ponen de manifiesto la necesidad de
una reflexión más profunda sobre las medidas políticas adoptadas
hasta el momento.
El primer caso involucra a un demandante ciego que buscaba
exonerarse del pago de una pensión alimenticia. Si bien este individuo
tiene derecho a acceder a la justicia en igualdad de condiciones como
cualquier otra persona, se enfrenta a una serie de obstáculos que ponen
en tela de juicio la efectividad de las políticas existentes. La falta de un
sistema que identifique automáticamente los casos relacionados con
personas con discapacidad resulta en una falta de atención adecuada
a las necesidades específicas de este grupo. Además, la ausencia de
servicios de apoyo para la movilidad y la comunicación impide que el
demandante participe plenamente en el proceso judicial (Expediente
n.
o
890-2023-0-1801-JP-FC-09).
El segundo caso involucra a una persona sorda que denuncia
haber sido agredida, pero encuentra obstáculos insuperables en su bús-
queda de justicia. La falta de recursos para personas con discapacidad
auditiva en el poder judicial se hace evidente cuando el juez exige
al demandante que presente su propio intérprete. Esta exigencia,
si bien puede parecer razonable en principio, ignora las realidades
socioeconómicas y las limitaciones de acceso a recursos para personas
con discapacidad. La incapacidad del demandante para proporcionar
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un intérprete conduce a la negación de la justicia y refleja la falta de
consideración de las necesidades específicas de este grupo vulnerable
(Expediente n.
o
532-2022-0-1801-JP-PE-10).
En ambos casos, se evidencia la desconexión entre las medidas
políticas adoptadas y las necesidades reales de las personas con
discapacidad en el acceso a la justicia. Si bien las Reglas de Brasilia
ofrecen pautas valiosas para garantizar la igualdad de acceso, es
evidente que aún queda mucho por hacer. Por ejemplo, el derecho
a un intérprete, presente en las Reglas de Brasilia, es fundamental
para garantizar la igualdad de acceso a la justicia para personas con
discapacidad auditiva. Sin embargo, este derecho solo tiene valor
si se proporcionan los recursos necesarios para hacerlo efectivo.
La falta de intérpretes disponibles en el Poder Judicial revela una
brecha significativa entre la teoría y la práctica, y subraya la necesidad
de una mayor inversión en servicios de apoyo para las personas con
discapacidad.
En resumen, estos casos destacan la importancia de abordar
las barreras sistémicas que impiden el acceso equitativo a la justicia
para personas con discapacidad. Si bien se han realizado avances
significativos en la promoción de la igualdad de acceso, queda claro
que aún queda mucho por hacer. Es necesario un enfoque más integral
que no solo aborde las necesidades inmediatas de las personas con
discapacidad, sino que también aborde las causas subyacentes de la
discriminación y la exclusión en el sistema judicial. Solo, entonces,
podremos garantizar que todas las personas, independientemente de sus
capacidades, puedan acceder a la justicia en igualdad de condiciones.
7. ConCluSioneS
El camino hacia una justicia verdaderamente equitativa y accesible
para todas las personas, especialmente aquellas con discapacidad
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auditiva y otras poblaciones vulnerables, requiere de un compromiso
continuo, y acciones concretas por parte del Estado peruano y de todos
los actores involucrados en el sistema judicial. La implementación
efectiva de medidas que aseguren el acceso efectivo a la justicia para las
Personas con Discapacidad (PCD) no solo es un mandato legal, sino
también un imperativo ético y social que refleja nuestra responsabilidad
colectiva de garantizar la igualdad de oportunidades y el respeto a la
dignidad humana.
A partir del análisis realizado sobre las normativas internas
aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial como el Protocolo
de Atención Judicial para Personas con Discapacidad, las Reglas
de Brasilia y el Decreto Legislativo 1384, se proponen las siguientes
recomendaciones para garantizar un acceso efectivo a la justicia para las
personas con discapacidad en el Perú:
1. Fortalecer la capacitación de los operadores de justicia:
Implementar programas de capacitación continua y obli-
gatoria para jueces, fiscales, abogados, defensores públicos
y demás operadores de justicia en materia de derechos de
las personas con discapacidad, incluyendo el Protocolo de
Atención Judicial para Personas con Discapacidad, las Reglas
de Brasilia y el Decreto Legislativo 1384.
Incluir contenidos específicos sobre discapacidad en las
mallas curriculares de las facultades de Derecho y Ciencias
Jurídicas.
Promover el intercambio de experiencias y buenas prácticas
entre los operadores de justicia a nivel nacional e internacional.
2. Garantizar la disponibilidad de recursos y servicios que faciliten
la participación de las personas con discapacidad en los procesos
judiciales:
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Contratar e implementar un servicio de interpretación de
lengua de señas en todos los juzgados y tribunales del país,
garantizando la presencia de intérpretes calificados en todas
las audiencias y diligencias judiciales.
Permitir la participación de perros guía y otros animales
de asistencia en los espacios judiciales, de acuerdo con las
normas establecidas.
Capacitar al personal judicial en el uso de herramientas de
comunicación alternativa y aumentativa para facilitar la
interacción con personas con discapacidades del habla o
la comunicación.
3. Establecer mecanismos de monitoreo y evaluación para garantizar la
implementación efectiva de las medidas propuestas:
Crear una comisión o instancia encargada de monitorear
y evaluar el cumplimiento de las medidas propuestas, inclu-
yendo la capacitación de operadores de justicia, la elimina-
ción de barreras físicas y arquitectónicas, la disponibilidad
de recursos y servicios, y la realización de campañas de
sensibilización.
Recopilar datos e indicadores sobre el acceso efectivo a la
justicia para las personas con discapacidad, identificando los
avances, desafíos y áreas de mejora.
Elaborar informes periódicos sobre el estado de imple-
mentación de las medidas propuestas y compartirlos con
las autoridades competentes, la sociedad civil y las personas
con discapacidad.
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Financiamiento
Autofinanciado.
Conflicto de interés
La autora declara no tener conflicto de interés.
Contribución de autoría
Investigación, redacción y aprobación de la versión final.
Agradecimientos
La autora agradece los alcances brindados por Sujey Abarca Lleellish.
También, es oportuno señalar nuestro reconocimiento por sus
observaciones y revisiones para la confección del presente manuscrito.
Biografía del autor
Yeniva Isabel Lleellish Juscamayta es bachiller por la Universidad
Nacional Federico Villarreal, titulada en la Universidad Inca Garcilaso
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de la Vega, egresada de la Segunda Especialidad en Docencia Superior
y Universitaria de la Universidad Nacional Federico Villarreal. Es
Economista por la Universidad Nacional del Callao. Es egresada de
la Maestría en Derecho Civil y Comercial de la Universidad Nacional
Federico Villarreal. Se desempeñó como Fiscal Adjunto Provincial de
la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Lima - Breña - Rímac - Jesús
María Segundo despacho. Actualmente, se desempeña como Juez de
Paz Letrado del Noveno Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior
de Justicia de Lima.
Correspondencia
ylleellish@pj.gob.pe