Editorial
<jtello@pj.gob.pe> Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad del Poder Judicial del Perú, Lima, Perú
ORCID: 0000-0003-4402-2204
La Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad del Poder Judicial del Perú se complace en presentar el sexto número de la revista Llapanchikpaq: Justicia. El cual tiene especial relevancia por su reciente indización en Latindex 2.0 (Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal).
En esta edición presentamos artículos relacionados con la resocialización y reintegración social del adolescente en conflicto con la ley penal; los sistemas de justicia juvenil; la construcción social del sujeto de derecho en el caso de las mujeres; la legítima defensa en situaciones de violencia basada en género; la reparación integral del daño a las mujeres víctimas; así como el sistema de apoyos y salvaguardias de las personas con discapacidad que no pueden manifestar su voluntad; entre otros estudios vinculados al acceso a la justicia y la aplicación de las Reglas de Brasilia.
Al respecto, Manuel Bermúdez-Tapia nos presenta un estudio en el cual cuestiona la disfuncionalidad entre la legislación que se desprende de las sentencias que imponen medidas socioeducativas en el caso de adolescentes en conflicto con la ley penal, frente a la «realidad social» en el país; así como el consecuente desarraigo familiar que limita los derechos de jóvenes.
Por su parte, Bruno Van der Maat analiza la evolución de los sistemas de justicia juvenil en el Perú entre los años 2010 al 2022; asimismo, otras respuestas implementadas en el país frente a la problemática de la llamada justicia penal juvenil, como el Servicio de Orientación al Adolescente (SOA), modalidad abierta que no implica encierro, y las experiencias a partir de un sistema no judicializado que se basa en una concepción de la justicia como proceso de restauración, que ha permitido un incremento sustancial en la atención brindada a dichos adolescentes.
En materia de género y justicia se cuenta con los aportes de Wilson Hernández, quien aborda el problema de la construcción social del sujeto de derecho de mujeres de clase alta y baja a partir del trabajo de sus abogados; estudio en el cual el autor constata que existen reglas no escritas (estereotipos de género y clase) que afectan la condición de sujeto de derecho como una figura universal y automática cuando se trata de mujeres que interponen dicha acción procesal.
La legítima defensa en situaciones de violencia basada en género, figura jurídica estudiada desde Cuba por Rosabel Medina Sarmiento, nos explica de la importancia de aplicar en las decisiones judiciales la perspectiva de género y una interpretación dogmática humanista de acceso pleno a la justicia para las víctimas y sobrevivientes de la violencia de género como mecanismo de contención judicial de la potestad punitiva del Estado en aquellos casos en los que las mujeres devienen en acusadas.
El tema de la reparación integral del daño es objeto -una vez más- de preocupación por la academia, particularmente si las víctimas que exigen este derecho humano son mujeres. Es por ello que, desde México, Manuel Ocampo Muñoa y Alejandra Rovelo Cruz nos ilustran respecto al estado del arte sobre este asunto con el propósito de evidenciar el nivel de protección de las víctimas que en estos supuestos parte del reconocimiento y registro, precisamente, de una persona como agraviada para activar los procedimientos de otorgamiento de las ayudas o asistencias debidas, así como la correspondiente acreditación del daño ante las instancias judiciales con miras a su reparación integral.
También desde México Cinthia Ramírez Izazaga nos escribe sobre la exigibilidad, cumplimiento y justiciabilidad de los derechos sociales en dicho país, estudio que promueve su defensa como componentes esenciales para el pleno desarrollo de todo ser humano, toda vez que se encuentran vinculados a la dignidad de las personas, y postulan que el Estado sea el que brinde a estos derechos una protección genérica a través de mecanismos y herramientas exclusivas que hagan posible la defensa, protección y disfrute de estos de manera plena.
Están igualmente presentes en esta edición, desde Tacna, Aveghai Espinal Quiñones, Carmen Nalvarte Estrada y José Román Mamani, para el estudio del sistema de apoyos y salvaguardias para las personas con discapacidad que no pueden manifestar su voluntad; casos en los que dicha figura debe servir para no desamparar a dichas personas cuya protección, además, hace necesaria la incorporación de una institución jurídica que les permita celebrar actos jurídicos sin poner en riesgo sus intereses.
Finalmente, las y los invitamos cordialmente a todos los jueces, juezas, profesionales y a la comunidad jurídica en general a revisar los trabajos de investigación de esta revista académica especializada que semestralmente presenta estudios desde la doctrina, la jurisprudencia y la legislación sobre el acceso a la justicia de las personas y los grupos en situación de vulnerabilidad, para la eficacia de las Reglas de Brasilia.