Artículos de investigación
<11276757@uagro.mx> Universidad Autónoma de Guerrero, Guerrero, México
ORCID: 0000-0003-1738-850X
[Resumen]
Los derechos sociales son indispensables para todo ser humano, estos derechos intervienen en las condiciones de vida de las personas y garantizan su dignidad; por ello, la ausencia de estos genera situaciones de vida adversas, que vulneran la dignidad humana. Para que los derechos sociales sean efectivos es necesario contar con la intervención eficaz del Estado, pues es este quien debe proporcionar las herramientas y condiciones óptimas para que todos disfruten de manera plena sus derechos sociales; no obstante, el Estado mexicano no siempre ha brindado la atención debida, lo que genera vulnerabilidad en la vida de las personas. La importancia de los derechos sociales recae en que son indispensables para asegurar la dignidad humana, por lo cual el actuar del Estado es definitorio para asegurarlos. Por lo expresado en líneas anteriores, es importante analizar la situación de los derechos sociales en México, así como su exigibilidad, cumplimiento y justiciabilidad. Para realizar la presente investigación se empleó el método inductivo; por su finalidad, el trabajo expuesto es de tipo descriptivo, interpretativo y sociojurídico, empleándose las siguientes técnicas: recolección de datos estadísticos, legislación, consulta de libros, revistas y otros. Entre las principales conclusiones se encontró que el actuar del Estado mexicano no satisface de manera oportuna las necesidades sociales de la población.
Palabras clave: derechos sociales; exigibilidad; justiciabilidad; cumplimiento; garantizar.
Términos de indización: derechos sociales y económicos; justicia; aplicación de la ley. (Fuente: Tesauro Unesco)
[Abstract]
Social rights are essential for every human being, these rights intervene in the living conditions of people and guarantee their dignity; therefore, their absence generates adverse life situations, violating human dignity. In order for social rights to be effective, it is necessary to have the effective intervention of the State, since it is the State that must provide the optimal tools and conditions for everyone to fully enjoy their social rights; however, the Mexican State has not always provided due attention, which generates vulnerability in people's lives. The importance of social rights lies in the fact that they are essential to ensure human dignity; therefore, the action of the State is defining to ensure them. As expressed in previous lines, it is important to analyze the situation of social rights in Mexico; as well as its enforceability, compliance and justiciability. To carry out the present investigation, the inductive method was used, due to its purpose, the work presented is descriptive, interpretive and socio-legal; using the following techniques: collection of statistical data, legislation, books, magazines and others. Among the main conclusions, it was found that the actions of the Mexican State do not satisfy the social needs of the population in a timely manner.
Key words: social rights; enforceability; justiciability; compliance; guarantee.
Indexing terms: social and economic rights; justice; law enforcement. (Source: Unesco Thesaurus)
[Resumo]
Os direitos sociais são indispensáveis para todo ser humano; esses direitos intervêm nas condições de vida das pessoas e garantem sua dignidade; portanto, a ausência desses direitos gera situações de vida adversas que violam a dignidade humana. Para que os direitos sociais sejam efetivos, é necessário contar com a intervenção efetiva do Estado, pois é ele quem deve fornecer as ferramentas e as condições ideais para que todos possam usufruir plenamente de seus direitos sociais; no entanto, o Estado mexicano nem sempre tem prestado a devida atenção, o que gera vulnerabilidade na vida das pessoas. A importância dos direitos sociais reside no fato de que eles são indispensáveis para garantir a dignidade humana, razão pela qual a atuação do Estado é essencial para assegurá-los. Em vista do exposto, é importante analisar a situação dos direitos sociais no México, bem como sua aplicabilidade, cumprimento e justiciabilidade. Para a realização desta pesquisa, foi utilizado o método indutivo; em razão de sua finalidade, o trabalho apresentado é descritivo, interpretativo e sociojurídico, utilizando as seguintes técnicas: coleta de dados estatísticos, legislação, consulta a livros, periódicos e outros. Entre as principais conclusões, constatou-se que as ações do Estado mexicano não satisfazem as necessidades sociais da população em tempo hábil.
Palavras-chave: direitos sociais; exigibilidade; justiciabilidade; cumprimento; garantia.
Termos de indexação: direitos sociais e econômicos; justiça; aplicação da lei. (Fonte: Unesco Thesaurus)
Recibido: 03/02/2023 Revisado: 17/05/2023
Aceptado: 29/05/2023 Publicado en línea: 30/06/2023
1. Introducción
Los derechos sociales tienen diversas definiciones, pero todas coinciden entre sí en considerarlos derechos vitales para asegurar una vida plena y digna.
Para
Es importante mencionar que a pesar de que los derechos sociales son fundamentales no siempre el hombre pudo gozar de ellos, pues la historia nos indica que para lograr el reconocimiento de estos derechos fueron necesarias diversas luchas sociales y revoluciones.
En México, el primer acercamiento con los derechos sociales que podemos considerar se da a partir de la Constitución de 1957, en donde a raíz de luchas campesinas se logra el reconocimiento constitucional del derecho a la educación, siendo este el primer derecho social reconocido en nuestra Carta Magna.
Posteriormente, con el triunfo de las luchas revolucionarias y la creación de la Constitución de 1917, se amplían los derechos sociales y el derecho a la educación se convierte en una obligación del Estado; además, se reconocen otros derechos sociales relativos a los derechos de los trabajadores, plasmados en el artículo 123 constitucional.
A partir de la creación de nuestra Ley Suprema vigente nuevos derechos sociales serían reconocidos por medio de diversas reformas a través de los años. En 1999 se reforma el artículo 4° incluyendo así el derecho a un medio ambiente sano; mediante reforma en 2011 se integra en el mismo artículo el derecho a la alimentación; el reconocimiento de los pueblos originarios se da mediante reforma del artículo 2° en el año 2001 (Cámara de Diputados, 2021).
Respecto al Estado y cumplimiento de los derechos sociales en la obra titulada:
En materia educativa, se apunta que es una obligación reconocida en la Constitución, tratados internacionales y leyes generales; por ello, el Estado es el encargado de facilitar su acceso y proporcionar la infraestructura necesaria. A pesar de lo establecido por las leyes el Estado no ha eliminado las barreras que limitan e impiden el acceso a la educación, pues el rezago educativo en México y las condiciones de aprendizaje demuestran la falta de actuar (
CONEVAL (2019) señala que, en el año 2010, la población sin rezago educativo era equivalente al 79.3 %, para 2018 aumentó a 83.1 %; pese a que el rezago educativo disminuyó los datos también indican que solo el 17.9 % de la población estudiantil de 6° de primaria obtuvieron resultados sobresalientes en lenguaje y comunicación, mientras que en matemáticas se registró una cifra de 23 % de alumnos con resultados satisfactorios durante 2018 (p. 11).
Esto confirma que aunque el rezago educativo disminuya el aprendizaje de los alumnos no es verdaderamente significativo y muy pocos obtienen resultados apropiados.
Acerca del acceso a los servicios de salud,
En cuanto al derecho humano al trabajo, siguen existiendo desigualdades entre hombres y mujeres en materia laboral; las más afectadas son las mujeres que se dedican a las labores del hogar no remuneradas, dado que al trabajo doméstico no se le da el valor que tiene, su participación en el campo laboral es inhibida. Otro sector que vive grandes desigualdades en relación con remuneraciones y jornadas laborales es el sector indígena (
Por lo tanto, el derecho a un trabajo digno resulta un derecho insatisfecho, pues hace falta que el Estado preste más atención y brinde mayor protección a los sectores más vulnerables. Recordemos que la vulnerabilidad del derecho al trabajo repercute inevitablemente en la condición de vida de las personas.
En lo relativo al derecho a una vivienda digna, Guillermo
Según los datos de
Lo anterior apunta que para poder considerar digna y decorosa una vivienda hay que tomar en cuenta diversos aspectos de esta. A pesar de que los datos indican que 88.9 % de la población cuenta con viviendas de calidad, CONEVAL destaca que es indispensable que el Estado garantice la disponibilidad de los servicios básicos, invertir más en infraestructura y cumplir con la accesibilidad y estándares mínimos de calidad.
En atención al derecho humano a la alimentación, de igual manera, se deben analizar varias cuestiones como el acceso, la utilización, el nivel de nutrición que estamos obteniendo y la calidad de estos. Los datos de CONEVAL (2019) arrojan que, durante 2018, 79.6 % de la población no tenía carencias por acceso a la alimentación; sin embargo, en el mismo año se registró que solo 21.1 % de la población consumía frutas y verduras diariamente, y solo el 27.5 % de la población de 20 años o más no tiene obesidad o sobrepeso (p. 14).
Para CONEVAL resulta importante que el Estado asegure el derecho humano a la alimentación; por tal motivo, considera que debe ser prioritario el ejercicio de este derecho. Ante esta situación es fundamental que el Estado implemente medidas que afiancen la accesibilidad económica para poder obtener alimentos y dietas de calidad para toda la población.
En lo tocante al derecho humano a un medio ambiente sano, el no garantizarlo puede repercutir en diversas cuestiones como la salud de las personas, agravar la pobreza, mala calidad de vida, vulnerar los derechos de la naturaleza, entre otros.
Es conveniente precisar que actualmente vivimos una crisis ambiental a nivel mundial. En México, el actual gobierno no respeta los espacios ecológicos protegidos, haciendo caso omiso a nuestra propia Constitución. Un ejemplo de ello es el caso que vivimos con la construcción del Tren Maya; dicha obra pública se contrapone a nuestro derecho a un medio ambiente sano y además violenta los derechos de la naturaleza.
Para lograr la construcción del Tren Maya se están llevando a cabo deforestaciones y se está destruyendo el hábitat de diversas especies animales; por estos motivos se han interpuesto diversos amparos, uno de los más conocidos es el 884/2022, pues gracias a este amparo se concedió la suspensión definitiva del tramo 5 del tren.
A pesar de lo mencionado, el Estado mexicano ha seguido con la construcción del proyecto, argumentando que dicha construcción es una obra de seguridad nacional; bajo este argumento buscan hacer caso omiso a las suspensiones otorgadas mediante el juicio de amparo y seguir con la construcción del Tren Maya, sin importar el impacto ambiental que tendrá dicha construcción.
El caso del Tren Maya es un claro ejemplo de la ineficacia del Estado mexicano para garantizar un medio ambiente sano y lo poco que le interesa asegurar este derecho social, ya que el actual gobierno antepone sus intereses a nuestros derechos humanos. ¿Cómo podemos proteger nuestros derechos humanos ante un gobierno que no respeta el estado de derecho?
Para finalizar con este apartado, abordaremos la situación del derecho humano al agua en México. De acuerdo con
En el estado de Monterrey, la crisis se ha vivido de manera más alarmante, pues la falta de agua en las presas y la falta de lluvia ocasionó una situación nunca antes vista. El desabastecimiento de agua ocasionó el cierre de escuelas en estados como Baja California Norte, Tamaulipas y Monterrey por la dificultad de mantener condiciones sanitarias adecuadas.
Datos proporcionados por el
Para mejorar el acceso al derecho humano al agua hace falta que el Estado mexicano realice una mayor inversión en infraestructura, así como la implementación de medidas y estrategias que afiancen el cuidado y mejor aprovechamiento del agua.
Por los datos analizados en el presente apartado, se puede concluir que el Estado mexicano no ha implementado acciones eficaces para que las personas gocen de manera plena de sus derechos sociales. Aunado a lo anterior, no podemos dejar de mencionar que los estragos ocasionados a raíz de la llegada del COVID-19 afectaron diversos sectores, pero principalmente de salud, educativos y laborales.
2. Actuales riesgos sociales
Los riesgos sociales son concebidos desde diferentes acepciones, dependiendo del análisis o perspectiva del autor; por tal motivo, no existe un concepto unánime, incluso lo más común es encontrar la definición de «riesgo social» por separado, es decir, la definición de «riesgo» y la definición de «social».
Unir las palabras «riesgo» y «social» en una sola definición «riesgo social» evidencia la existencia de un peligro para la sociedad. Estos peligros sociales pueden tener diversa procedencia; por un lado, pueden ser externos (en estos casos, los riesgos se generan por fenómenos naturales externos al hombre) pero, por otro lado, la amenaza también puede ser interna (en cuyo caso los riesgos son creados por la misma sociedad) (
Es evidente que el concepto de «riesgo social» es recreado por cada autor en base a su criterio personal, según sus propósitos o finalidades; no obstante, estas definiciones dejan en claro que los riesgos sociales implican dificultades para la sociedad, pues evitan el disfrute pleno de sus derechos.
Dada la finalidad de la investigación y de acuerdo con mi criterio, considero pertinente abordar los riesgos sociales de la siguiente manera: a) seguridad pública, b) economía y c) cambio climático.
Seguridad pública: En el noveno párrafo del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se puntualiza que la seguridad pública corresponde al Estado, federación, entidades federativas y municipios; por ende, el Estado en todos sus ámbitos de gobierno se debe encargar de salvaguardar la integridad, vida, patrimonio y libertad de las personas, procurando la paz social y el orden público; asimismo, el Estado tiene la obligación de investigar, perseguir, sancionar y prevenir los delitos.
A pesar de lo establecido en nuestra Ley Suprema, en México, el índice delictivo es muy alto; las estadísticas de delincuencia en el país correspondiente al mes de junio de 2022 apuntan a que la tasa de criminalidad de homicidio es de 25.4 %, bajando solo 0.2 % en relación al mes de junio de 2021; el secuestro reporta 0.5 % a nivel nacional (Valle, 2022, párr. 1).
Los números concernientes al delito de extorsión indican un 10.5 %; sobre robo de coche con violencia el índice nacional es de 28.1 % y el robo de autos sin violencia es 49.7 % (Valle, 2022, párr. 2-5). Las tasas de criminalidad son bastante altas; cabe resaltar que los índices delictivos son solo un aproximado por lo que las cifras reales son mayores, puesto que en muchas ocasiones no hay denuncias y, por ende, no existe un registro exacto de los casos.
El
Los datos aportados por tal estudio expresan que México, en 2021, se registró un alto índice de criminalidad y una baja resiliencia por parte del Estado; aunado a esto, México aparece como el cuarto país con mayor puntuación de criminalidad a nivel mundial, obteniendo un puntaje de 7.56, solo por debajo de la República Democrática del Congo (7.75), Colombia (7.66) y Myanmar (7.59); la puntuación de criminalidad en México rebasa la puntuación obtenida por países como Irán (7.10), Afganistán (7.08) o Irak (7.05) (Global Initiative Against Transnational Organized Crime, 2021, pp. 38, 96).
Por medio de la
La encuesta también muestra datos de la expectativa de la población en cuanto a la seguridad pública. Apunta a que, en junio de 2022, un 34.6 % de la población consideraba que la inseguridad seguiría igual, mientras que el 63.1 % considera que empeorará la situación. En junio de 2021, la expectativa de que la inseguridad seguiría igual fue de 35 % y el 23.9 % opinaba que empeoraría (
Cabe mencionar que, a partir de los primeros días del mes de agosto de 2022, la ola de violencia se incrementó en el país, debido a que el crimen organizado realizó diversos actos violentos como incendiar automóviles, comercios o ejecuciones de civiles inocentes. Esta violencia se presentó principalmente en los estados de Baja California Norte, Chihuahua, Guadalajara, Guanajuato y Guerrero. Los actos violentos, además de sembrar temor en la sociedad, han generado el cierre de comercios y escuelas.
Todos los datos respecto a seguridad pública tanto nacionales como internacionales demuestran que la inseguridad en México es bastante alta y que las medidas adoptadas por el gobierno actual no son efectivas, pues el presidente bajo su discurso de «Abrazos, no balazos» ha creado una política fallida en materia de seguridad pública, lo que repercute en la vida de las personas, ya que se encuentran expuestas a constantes peligros, lo que limita el disfrute pleno de sus derechos humanos.
Economía: El factor económico es muy importante, porque define diversos aspectos de nuestra vida como la educación, salud o alimentación; por ello, es importante que se analice como un actual riesgo social, dada la crisis económica que se enfrenta a nivel mundial. En este caso, se examinan los estragos económicos desde tres ámbitos: trabajo, 2) alimentación, 3) salud y 4) educación.
Trabajo: La llegada de la pandemia COVID-19 trajo consigo consecuencias desfavorables para algunos sectores como el económico, lo que afecta de forma inevitable las condiciones de vida de las personas. De acuerdo con el
Aunque la tasa de desempleo es baja hay que aclarar que los salarios no son suficientes para cubrir las necesidades básicas.
Aunado a esto, en junio de 2022, se determinó que 55.8 % del total de la población que trabaja pertenece al sector laboral informal, lo que significa que son personas con trabajo poco estables o vulnerables, que no cuentan con seguridad social u otros servicios (como el sector agropecuario o los micronegocios) (
Los datos dejan claro que a pesar de que la mayoría de la población cuenta con empleo, más de una cuarta parte obtiene ingresos inferiores a los necesarios para acceder a los servicios básicos y la gran mayoría de ellos tienen trabajos inestables; por lo tanto, no pueden tener una buena calidad de vida, puesto que las condiciones laborales y el salario determinan el tipo y las condiciones de vida de las personas.
Alimentación: Para todo ser humano, la alimentación es indispensable y un derecho reconocido en nuestro máximo ordenamiento; pero no basta solo con tener alimento, la dieta alimenticia debe ser variada, nutritiva y de calidad. Por ello, es fundamental contar con economía suficiente para para tener una dieta balanceada.
Ante la actual inflación y la crisis laboral, han disminuido los ingresos económicos en muchos hogares mexicanos, lo que implica perjuicios en la calidad, nutrición y variabilidad de la alimentación.
De 2018 a 2020, aumentó en 5.1 millones de personas que tienen imposibilidades para adquirir la canasta alimentaria; en ese mismo periodo, el porcentaje de población con carencias para acceder a una alimentación nutritiva y de calidad aumentó de 22.2 % a 22.5%; la seguridad alimentaria y dieta diversa en los hogares tuvo una disminución de 56.7 % a 54.8 %; además, la población con ingresos inferiores a la línea de pobreza extrema fue de 14.0 % en 2018 a 17.2% en 2020, incrementando 3.2 % (
Los datos indican que en México una parte considerable de la población no tiene acceso a una dieta balanceada por carencia económica, lo que puede acarrear diversos problemas de salud como desnutrición, anemia, obesidad, entre otros.
3) Salud: En México, desde el año 2004, entró en funcionamiento el Seguro Popular; por medio de este sistema, el Estado proporcionaba servicios de salud gratuita a la población que no contaba con ningún tipo de seguridad social. En 2019, 42.1 % de la población mexicana se encontraba afiliada al Seguro Popular (
Bajo el argumento de que el Seguro Popular no cumplía con las necesidades de las personas, pues su cobertura no cubría la atención de algunos padecimientos, el 29 noviembre de 2019 se publica en el Diario Oficial de la Federación un decreto por medio del cual se realizan diversas modificaciones en la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, se elimina el Seguro Popular y se crea el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI).
El INSABI comenzaría a operar a partir del 1 de enero de 2020; sin embargo, dicha decisión fue muy criticada, porque esto dejaría sin servicio de salud a gran parte de la población. Esta transición de los servicios de salud se da justamente a la llegada del COVID-19, lo que afectó considerablemente el rendimiento durante la pandemia.
Los registros muestran que en 2018 (cuando el Seguro Popular aún operaba) el 16.2 % de la población no estaba afiliada a ninguna institución de seguridad social, cifra que aumentó en 2020 a 28.2 %. Esto evidencia un retroceso en plena crisis de salud, pues se estima que de 2018 a 2020 la «población sin acceso a servicios de salud aumentó de 20.1 a 35.7 millones de personas» (
Los estados con mayor carencia en servicios de salud son Oaxaca (20.7 %), Guerrero (19.7 %) y Chiapas (19.5 %); estos tres estados eran los más beneficiados con el Seguro Popular debido a que de su población 78 %, 76.1 % y 84.3 % estaban afiliados, respectivamente (
La crisis en el sistema de salud se reflejó en la falta de planeación, capacitación, escasez de medicamentos y desorganización, por mencionar algunos hechos (
México presentó una de las respuestas fiscales más pequeñas en materia de salud ante la crisis originada por el COVID-19. En una evaluación que incluyó 82 países, México ocupa el sexto lugar dentro de los países que destinaron un menor apoyo fiscal en respuesta a la pandemia; países como Ghana, Honduras o India destinaron mayor apoyo fiscal al servicio de salud durante la pandemia en relación con el apoyo del Estado mexicano (
CEPAL asegura que la respuesta fiscal y de protección de México respecto a los servicios de salud es una de las más limitadas a nivel mundial, esto pese a contar con líneas de crédito flexibles y margen de acción (
4) Educación: A raíz de la pandemia COVID-19, las dificultades para tener acceso a la educación se agravaron; sin embargo, el Estado implementó diversas medidas para tratar de hacer frente a la situación. A pesar de las estrategias implementadas, los estragos a causa de las clases a distancia se verán reflejados en el aprendizaje de los niños; se estima que el rezago educativo será equivalente a dos años de aprendizaje.
Los estados con mayor rezago educativo en 2020 son Chiapas (31.4 %), Guerrero (26.6 %), Oaxaca (26.3 %) y Michoacán (25.5%); a nivel nacional se registra un 19.2 %. Con relación a los medios de conexión para acceder a las clases a distancia, los estados de Chiapas, Oaxaca y Guerrero son los que cuentan con mayor población sin acceso a la televisión, computador, celular o tablet e internet (
Otro punto importante en el tema educativo son las clases dirigidas a las comunidades indígenas, las cuales se implementaron en su mayoría por medio de la radio, porque la mayoría de sus pobladores no cuentan con televisor o aparatos de conexión para acceder a clases en línea, incluso algunas comunidades no cuentan con electricidad; por estos motivos se optó por implementar clases radiofónicas, pero al analizar la disponibilidad de radio en estas comunidades se encontró que solo el 52.5 % de las viviendas cuentan con un receptor (CONEVAL, 2021a, p. 53). Lo anterior muestra que la educación sufre una crisis innegable y es fundamental que el Estado implemente medidas para garantizar de manera efectiva que todos tengan acceso a esta; pero no solo eso, sino que además la educación y el aprendizaje sean de calidad, porque aunque las clases radiofónicas son una buena iniciativa es conveniente cuestionarnos ¿qué tanto conocimiento puede adquirir un alumno mediante clases auditivas?
No olvidemos que los sectores más vulnerables y olvidados son los mayormente afectados, por ende, necesitan especial atención y protección.
Cambio climático: El Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) menciona que dadas las características y localización geográfica México es uno de los países más expuestos ante los efectos del cambio climático (Gobierno de México, 2016, párr. 1). Por tal situación es crucial priorizar estrategias e inversión en materia ecológica para atenuar la situación a la que nos enfrentamos.
Las consecuencias derivadas del cambio climático pueden variar las temperaturas extremas, olas de calor, sequías, lluvias torrenciales, incendios forestales, etc.; todos estos fenómenos pueden tener diversos efectos en distintos sectores como en la producción de alimentos, la pérdida de flora y fauna, enfermedades en la población, entre otras.
Según el INECC, se identifican cuatro amenazas climáticas en México: a) el aumento de la temperatura, b) la disminución de la precipitación, c) el aumento de la precipitación y d) el aumento del nivel del mar (
A partir de las cuatro amenazas climáticas se derivan los problemas asociados:
Aumento del nivel del mar: intrusión salina y pérdida de espacio;
Aumento de la precipitación: incremento de deslizamientos, pérdida de suelos e incremento de inundaciones;
Disminución de la precipitación: disminución en la producción, aumento de enfermedades, salinización, incremento de fuegos forestales y disminución de la disponibilidad de agua;
Aumento de la temperatura: aumento de especies invasoras, cambio de zonas climáticas, aumento de enfermedades, disminución en rendimiento, aumento de plagas y disminución de la disponibilidad de agua (
Desde 2012, en México, contamos con la Ley General en Cambio climático; a pesar de ello, y como vimos en líneas anteriores, el país enfrenta una crisis alarmante y el Estado opone sus intereses ante el interés, y bienestar social y ecológico; por lo tanto, es de gran importancia poner en práctica medidas de prevención, protección y adecuación a las circunstancias enfrentadas, porque de no ser así la legislación en la materia es solo «letra muerta».
Los actuales riesgos sociales aquí presentados son solo una muestra de lo desprotegida y vulnerable que se encuentra la sociedad mexicana y del poco interés por parte del Estado para hacer frente a estos riesgos. Es necesario el actuar del Estado para que adecúe la normatividad a la realidad vivida, invierta, promueva, compense y mitigue las situaciones, procurando así el bienestar de los derechos sociales.
3. El papel del estado
Debe ser el Estado el encargado de garantizar el bienestar social y la forma en que desempeñe su actuar será definitorio para determinar la calidad de vida de las personas. Los derechos sociales nacen de luchas sociales, de la necesidad de proteger a los más desprotegidos; la finalidad de los derechos sociales es reducir la brecha de las desigualdades.
Es difícil eliminar la desigualdad social; no obstante, el Estado debe proporcionar todas las herramientas necesarias para que las personas mejoren sus condiciones de vida, lo que afianza la dignidad y el goce pleno de sus derechos.
Por otro lado,
Tomando en cuenta lo establecido por Carbonell y los datos mencionados en líneas anteriores concernientes al estado de los derechos sociales en México, queda claro que el Estado mexicano no está cumpliendo con su tarea, debido a que no presta atención adecuada a los actuales riesgos sociales en el país.
4. Metodología
Por medio del método inductivo se realizó el razonamiento partiendo de la observación de hechos particulares vividos en realidad social; de esta manera, se obtuvieron conclusiones de carácter general.
La presente investigación es de tipo sociojurídica, pues se analiza la realidad vivida por la sociedad y la transformación de esta por medio del derecho; aunado a esto, es aplicada porque crea conocimiento aplicable a los problemas directos enfrentados por la sociedad. El paradigma empleado es el interpretativo, ya que por medio de este se busca comprender a los grupos sociales y la interacción entre los mismos.
5. Exigibilidad de los derechos sociales
Todo derecho tiene la necesidad de contar con vías procesales que permitan hacerlos exigibles; dichos medios de defensa deben ser idóneos para garantizar la justiciabilidad. El caso concreto de los derechos sociales es tema de debate en cuanto a su exigibilidad, pues anteriormente se tenía la idea de que los derechos sociales estaban regulados por la política pública (las acciones que el gobierno implementara para atender las necesidades sociales).
Sin embargo, esto ha cambiado y hoy en día la exigencia procesal de los derechos sociales es una realidad; no obstante, diversos juristas coinciden en que su justiciabilidad suele resultar un tanto difícil, dada las características de los derechos sociales y los mecanismos procesales con los que se cuenta actualmente.
6. Garantías constitucionales
En México, la forma más práctica y efectiva para la justiciabilizar los derechos sociales es el juicio de amparo.
El juicio de amparo puede ser indirecto (procede contra leyes actos u omisiones que vulneren derechos humanos) o directo (procede contra sentencias definitivas y cualquier resolución que ponga fin al juicio). Es un medio de control constitucional fundamentado en los artículos 103 y 107 de la Ley Suprema.
7. El juicio de amparo
México cuenta con antecedentes de amparos por medio de los cuales se ha exigido a los gobiernos el abastecimiento de diversos recursos como agua potable, medicinas, drenaje, por mencionar algunos. A raíz del COVID-19, se presentaron amparos para obtener la vacuna para menores de edad, y algunos para exigir energía eléctrica y poder acceder a las clases a distancia.
Hay que recordar que, debido a la relatividad de las sentencias, el amparo solo protege a aquellos que lo han solicitado; por tal motivo, podríamos considerar que la justiciabilidad de los derechos sociales mediante el juicio de amparo tiene sus restricciones que se contraponen a los principios de los derechos sociales.
García Contreras menciona que para que los derechos sociales puedan ser eficaces mediante el juicio de amparo es fundamental que los juzgadores se familiaricen más con los derechos sociales, sus problemáticas y exigibilidad para que el juzgador actúe con mayor responsabilidad. Además, considera que es importante analizar el funcionamiento de algunas figuras del juicio de amparo y ampliar la visión de las mismas en beneficio a los derechos humanos (
Rodríguez Bribiesca considera que la tesis de la relatividad de las sentencias debería ser eliminada, puesto que esto significaría un avance en favor de los derechos humanos de los gobernados (
El juicio de amparo se ha convertido en el recurso más idóneo para la justiciabilidad de los derechos sociales; a pesar de ello, los juristas concuerdan en que algunos de sus principios deben ser adaptados a los principios de los derechos sociales y de esta manera facilitar los procedimientos jurídicos y garantizar la exigibilidad de los mismos.
8. Conclusiones
Los derechos sociales son parte fundamental para el pleno desarrollo de todo ser humano, pues estos están íntimamente ligados a la dignidad de las personas; al no ser garantizados, se deja en estado de desprotección y vulnerabilidad al individuo.
El Estado tiene la obligación de proporcionar a la sociedad los mecanismos y herramientas necesarias para que los derechos sociales puedan disfrutarse de manera plena, procurando así el bienestar y dignidad de todos y todas. Sin embargo, el destino de los recursos no se distribuye de manera coherente con las necesidades sociales. Además, los derechos de la naturaleza son violentados por el propio Estado mexicano; esto deja en evidencia la falta de interés en la protección y procuración del bienestar y pleno desarrollo de la sociedad.
En México, existen muchas carencias al ser un país de contrastes, las riquezas son concentradas por una minoría de la población, mientras que más de la mitad de las personas viven en situación de pobreza. Por ello, es importante que el Estado mexicano impulse fuentes de empleo e invierta en materia educativa, puesto que la educación ayuda a generar mejores condiciones de vida. Cuando la sociedad cuenta con educación, los índices de violencia disminuyen.
La violencia en el país es alarmante; al ser considerado México el cuarto país con mayores índices de criminalidad, se evidencia la falta de acción por parte del Estado y que las estrategias implementadas no resultaron efectivas. Por todo ello, es sumamente importante implementar una nueva estrategia en materia de seguridad para brindar protección a todas las personas.
Los mecanismos para la protección de los derechos sociales deben adaptarse a la finalidad de estos; al ser el amparo el mecanismo más idóneo, resulta importante adaptar los principios que rigen dicho procedimiento para que en materia de derechos sociales se brinde una protección genérica, debido a que esa es la finalidad que persiguen los derechos sociales. Inclusive, sería de gran avance en materia de justiciabilidad de los derechos sociales la creación de un mecanismo exclusivo para la defensa y protección de estos, el cual facilite a las personas hacer exigibles estos derechos y que además cuente con todos los principios y directrices que rigen a los derechos sociales.
Referencias
Arango, R. (2015). Derechos Sociales. En Fabra, J. y Rodríguez, V.
Boils, G. (2018). Vivienda, pobreza y derechos sociales. En Hernández, G., Aparicio, R. y Mancini, F.
Cámara de Diputados. (2021).
Carbonell, M. y Ferrer Mac-Gregor, E. (2014).
Carpizo, J. (2012). El estado de los derechos de la justicia social.
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) (2019).
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) (2021a).
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) (2021b).
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) (2022).
García Contreras, J. (2022). Los derechos sociales en el juicio de amparo. Hechos y Derechos (71). https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/hechos-y-derechos/article/view/17219/17679?utm_source=pocket_mylist
Global Initiative Against Transnational Organized Crime. (2021). Índice Global de Crimen Organizado 2021. Estados Unidos: GITOC. https://ocindex.net/assets/downloads/global-ocindexreport-spanish.pdf
Gobierno de México (2016).
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2019). Cuéntame de México; Agua. México: 19 de enero de 2022. https://cuentame.inegi.org.mx/territorio/agua/dispon.aspx?tema=T
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2020). Medición de la Pobreza. Resultados de pobreza en México 2020 a nivel nacional y por entidades federativas. México: 25 de enero de 2022. https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza_2020.aspx
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2022). Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana Segundo Trimestre de 2022. Comunicado de prensa 366/22. México: 19 de julio de 2022. https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2022/ensu/ensu2022_07.pdf
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2022).
Maclú, L. (2021, 22 de junio).
Pacheco, E. (2018). Trabajo y pobreza multidimensional. En Hernández, G, Aparicio, R. y Mancini, F. (comp.),
Rivas, A., Iglesias, A., Conejo, N. M. y Arias, J. L. (abril de 2019). Necesidad de conceptualizar el «riesgo social» en el Sistema Educativo.
Robles, H. V. y Vera, A. (2018). Incumplimiento del derecho humano a una educación obligatoria de calidad: medición actual y posibilidades de mejora. En Hernández, G, Aparicio, R. y Mancini, F.
Rodríguez, A. (2021). Relatividad de la sentencia en el juicio de amparo en México: un problema a eliminar. Hechos y Derechos (66). https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/hechos-yderechos/article/view/16472/17144?utm_source=pocket_mylist
Rodríguez-Arana, J. (2019). Sobre el concepto de los derechos sociales fundamentales. En Márquez, D.,
Sánchez-Talanquer, M., González-Pier, E., Sepúlveda, J., AbascalMiguel, L., Fieldhouse, J., Del Río, C. y Gallalee, S. (2021).
Terrazas, D., Vermonden, A., Montes, R. T., Nava, Y. S., López, F., Gress, F., Rojas, M., Linares, M. A., Machorro J. y Enríquez, C. (2019).
Valle Jones, D. (2022).
Financiamiento: Autofinanciado.
Conflicto de interés: El autor declara no tener conflicto de interés.