DOI: 10.35292/justiciaambiental.v4i6.993
Participación ciudadana y el acceso a la información para uso de los recursos naturales no renovables en el Perú
Citizen participation and access
to information for the use of
non-renewable natural resources in Peru
Participação dos cidadãos e acesso à informação para a utilização dos recursos naturais
não renováveis no Peru
José Ronald Vásquez Sánchez Universidad Nacional Mayor de San Marcos (Lima, Perú)
Contacto: jose.vasquez5@unmsm.edu.pe https://orcid.org/0000-0001-7876-6303
Karen Álvarez García Universidad César Vallejo (Lima, Perú)
Contacto: karen280987@gmail.com https://orcid.org/0000-0003-0905-5334
Guillermo Llerén Pérez Universidad César Vallejo (Lima, Perú)
Contacto: llerenperezguillermo@gmail.com https://orcid.org/0000-0002-6062-9359
Hosni Medina Carrasco Universidad César Vallejo (Lima, Perú)
Contacto: homedinaca@gmail.com https://orcid.org/0000-0002-1005-1069
Roxana Pinares Lima Universidad César Vallejo (Lima, Perú)
Contacto: roxpinares.13@gmail.com https://orcid.org/0000-0003-1247-3537
Sandra Vílchez Alvarado Universidad César Vallejo (Lima, Perú)
Contacto: vilchezs366@gmail.com https://orcid.org/0000-0002-9707-7957
RESUMEN
La participación ciudadana es un derecho fundamental inherente a todo ciudadano y se encuentra amparado por la Constitución Política. Este derecho permite a los ciudadanos involucrarse en la toma de decisiones que beneficien a la comunidad, especialmente en lo que respecta al uso y disfrute de los bienes naturales. En ese contexto, las decisiones deben tomarse garantizando el acceso previo a la información, un derecho también inherente a cada ciudadano, para que pueda conocer y comprender las acciones por parte de la administración del Estado. Además, la participación ciudadana ha sido clave para mejorar la supervisión de los recursos naturales, y generar cambios que se evidencien en el proceso de extracción y gestión sostenible de dichos recursos.
Considerando que existen recursos naturales de libre acceso, es importante mencionar que estos son aquellos que pueden ser disfrutados o consumidos sin restricciones por cualquier ciudadano. Así mismo, la investigación tiene como objetivo que se garantice una gestión más justa, equitativa y sostenible de los recursos naturales del Perú, lo que beneficiará tanto a las comunidades locales como al país en su conjunto.
Palabras claves: participación ciudadana; acceso a la información; recursos naturales no renovables; libre acceso; aprovechamiento de recursos.
Términos de indización: participación comunitaria; datos abiertos; recursos naturales; acceso abierto; aprovechamiento de recursos (Fuente: Tesauro Unesco).
ABSTRACT
Citizen participation is a
fundamental right inherent to every citizen and is protected by the Political
Constitution. This right allows
citizens to become involved in making decisions that benefit the community,
especially with regard to the use and enjoyment of natural resources. In this context, decisions
must be made guaranteeing prior access to information, a right also inherent
to every citizen, so that they can know and understand the actions of the State administration. In addition, citizen
participation has been key to improve the
monitoring of natural resources, and to generate changes that are evident in
the process of extraction and sustainable management of these resources.
Considering that there are open access
natural resources, it is important to mention that these are those
that can be enjoyed or consumed without restrictions by any citizen. Likewise, the objective of the research is to ensure a
fairer, more equitable
and sustainable management of Peru’s natural resources,
which will benefit both local communities and the country
as a whole.
Key words: citizen
participation; access to information; non-renewable natural resources; free
access; resource utilization.
Indexing
terms: community participation; open data; natural resources; open access; resource use (Source: Unesco Thesaurus).
RESUMO
A participação do cidadão é um direito fundamental inerente a todo cidadão e é protegida pela Constituição Política. Esse direito permite que os cidadãos se envolvam na tomada de decisões que beneficiem a comunidade, especialmente no que diz respeito ao uso e aproveitamento de bens naturais. Nesse contexto, as decisões devem ser tomadas garantindo o acesso prévio à informação, um direito que também é inerente a todo cidadão, para que ele possa conhecer e entender as ações da administração do Estado. Além disso, a participação dos cidadãos tem sido fundamental para melhorar o monitoramento dos recursos naturais e gerar mudanças evidentes no processo de extração e gestão sustentável desses recursos.
Considerando que existem recursos naturais de acesso livre, é importante mencionar que esses são aqueles que podem ser desfrutados ou consumidos sem restrições por qualquer cidadão. Da mesma forma, a pesquisa visa a garantir uma gestão mais justa, equitativa e sustentável dos recursos naturais do Peru, o que beneficiará tanto as comunidades locais quanto o país como um todo.
Palavras-chave: participação do cidadão; acesso à informação; recursos naturais não renováveis; acesso livre; utilização de recursos.
Termos de indexação: participação da comunidade; dados abertos; recursos naturais; acesso aberto; uso de recursos (Fonte: Unesco Thesaurus).
1. INTRODUCCIÓN
El presente artículo examina la eficacia de la participación ciudadana en la gestión de los recursos naturales en el Perú, tal como se refleja en los instrumentos jurídicos sobre el medio ambiente (Ley N.° 28611) y en la Constitución Política del Perú, los cuales prescriben derechos y obligaciones, incluyendo el derecho de acceso a la información sobre los recursos naturales. Este derecho es considerado un instrumento clave para mejorar la repartición equitativa del aprovechamiento de dichos recursos y para promover la agenda de desarrollo sostenible en el país.
La participación ciudadana implica una buena gobernanza y una adecuada administración de los recursos naturales, la distribución equitativa de los beneficios acumulados, la agenda de desarrollo sostenible y la relevancia de los elementos que constituyen una participación significativa en la pro- moción. Entre los aspectos más destacados de la tendencia actual en la exteriorización de los recursos naturales del Perú, se encuentra la intervención centrada en personas o en comunidades indígenas, campesinas y nativas. Evidentemente, esto contrasta con la estrategia de arriba hacia abajo (o de mando) y el enfoque de control, los cuales están ausentes en este contexto.
Se ha observado un cambio de paradigma en el proceso de conservación de los recursos naturales, pasando del control centrado en el Estado, considerado costoso, a enfoques en los que la población local desempeña un papel mucho más activo. Esto tiene como objetivo aumentar la participación ciudadana y el acceso a la información de los usuarios de los recursos naturales; lo que permite tomar decisiones más informadas que se traduzcan en beneficios para la gestión de dichos recursos. Además, busca reestructurar las relaciones de poder entre el Estado y las comunidades a través de la transferencia de autoridad en la gestión.
El derecho ambiental reconoce que el acceso a la información es vital para que el desarrollo sea sostenible. En consecuencia, se ha argumentado que el planteamiento de las políticas públicas en el Perú debe estar mejor informado. Además, favorece una toma de decisiones abierta y transparente, lo que forja la confianza, permite visibilizar problemas previamente inadvertidos, así como alternativas o soluciones propuestas, e incrementa la eficacia de las políticas y regulaciones. Por su parte, cabe mencionar que la participación informada es un medio para integrar las preocupaciones públicas y el cono- cimiento en las decisiones de política pública que afectan al medio ambiente.
El acceso a la información en la toma de decisiones permite acceder clara y oportunamente a los procedimientos legales y administrativos inde- pendientes, los cuales proporcionan reparación por daños ambientales cuando los derechos ambientales son infringidos por el Gobierno central o por personas particulares. La importancia del acceso a la información radica en la participación ciudadana en los desafíos ambientales que tienen todos los comprometidos con la causa. A nivel nacional, toda persona posee el derecho al acceso a la información sobre las actividades realizadas o por realizarse por parte de las entidades públicas, lo que incluye información sobre materiales peligrosos que podrían afectar el medio ambiente.
Se debe fomentar la participación promoviendo que la información esté ampliamente disponible, ya sea por medios digitales o físicos. Debe haber un acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, incluida la reparación; además, se proporcionará un remedio de los procedimientos ambientales que operará como una herramienta orientada a disminuir la desigualdad y la pobreza.
El presente trabajo es una reflexión general sobre el objetivo que comparten la participación ciudadana y el acceso a la información: garantizar una gestión más justa, equitativa y sostenible de los recursos naturales no renovables del Perú, lo cual beneficiará no solo a las comunidades locales sino a todo el país. Para el Perú, los recursos naturales desempeñan un papel clave en la economía.
El propósito del acceso a la información es ser transparente para garantizar que los procesos asociados con el desarrollo de los recursos naturales sean claros y accesibles para todos. Esto ayuda a prevenir la corrupción y garantiza una toma de decisiones justa y abierta. Por lo tanto, la participación ciudadana fomenta la responsabilidad para que los ciudadanos puedan monitorear y evaluar el comportamiento del Gobierno y las empresas respecto al uso de los recursos naturales. También, garantiza que las partes responsables rindan cuentas de sus decisiones y de su impacto en el medio ambiente.
Desde luego, tanto el empoderamiento comunitario como la participación aumentan la capacidad de influir en las políticas y prácticas que afectan directamente a las comunidades indígenas, especialmente a aquellas que viven en áreas afectadas por el acceso de los recursos, y les permiten tener voz en las decisiones relacionadas con el ambiente y su calidad de vida.
Con el enfoque de la participación y la información, la sostenibilidad busca garantizar el desarrollo responsable del uso de los recursos naturales, respetando el ambiente y promoviendo el desarrollo a largo plazo. Es así como la participación ciudadana contribuye a desarrollar políticas que equilibren el crecimiento económico y la protección al ambiente. Al mejorar la comprensión de los procesos y problemas asociados con el desarrollo de recursos naturales, los ciudadanos informados pueden participar más eficazmente en la toma de decisiones y promover prácticas responsables.
2. MATERIALES Y MÉTODOS
El enfoque de investigación se basa en la obtención, análisis y síntesis de información primaria a través de una revisión sistemática de investigaciones publicadas sobre participación ciudadana y acceso a la información. Inicial- mente, se crearon los siguientes descriptores para la búsqueda bibliográfica: desarrollo de recursos naturales, sostenibilidad, medio ambiente y desarrollo a largo plazo.
Los criterios de selección se determinaron en función de la fecha de publicación, el contenido temático y la relevancia de la literatura. El plan de consulta debió publicarse no antes de 2019 y cubrirá temas como las características de los recursos naturales no renovables del Perú y la promoción de la distribución equitativa de los beneficios derivados del desarrollo de esos recursos. La participación y el acceso a la información pueden ayudar a identificar y eliminar desigualdades y a garantizar que las comunidades locales tengan igual acceso a los recursos y beneficios. La búsqueda se efectuó en cinco bases de datos electrónicas internacionales: Dialnet, SciELO, Pucesa, Redalyc y Scopus.
Se realizó una selección preliminar basada en el resumen y el título para identificar los artículos potencialmente elegibles. Una vez identificados, los artículos fueron analizados de manera holística y finalmente se seleccionaron aquellos que cumplían con los criterios previamente definidos, lo que resultó en un análisis crítico y objetivo de los artículos que respondieron a las preguntas de investigación planteadas.
A partir de la selección final de artículos, se procede a obtener todos los datos relevantes para responder a las preguntas de investigación y realizar un inventario alineado con los objetivos. Todo esto se realiza en el marco de las normas peruanas vigentes: la Constitución Política del Perú y la Ley General del Ambiente N.° 28611.
2.1. Antecedentes
La conferencia desarrollada en Estocolmo, en 1972, es el antecedente que otorga vital relevancia al medio ambiente. Este evento marcó un hito a nivel mundial para su preservación. Asimismo, cumplió un rol fundamental para el surgimiento de otras conferencias centradas en el progreso y la protección del medio ambiente. A través de los 26 principios de la conferencia de Estocolmo, las cuestiones ambientales adquirieron un carácter crucial y prioritario para las comunidades internacionales.
Posteriormente, 20 años después, en 1992, se produce el primer antecedente relacionado con el acceso a la información: la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. El principio 10 de la citada declaración se refiere a la participación ciudadana y al acceso a la información sobre el medio ambiente, al señalar que las entidades públicas deberán facilitar el acceso a la información y considerar a la comunidad en la toma de decisiones, proporcionando acceso a la información medioambiental.
Nuestro país se ha trazado una línea orientada a otorgar variados instrumentos de participación ciudadana y acceso a la información pública ambiental. En 1990, mediante el D. L. n.° 613, se promulgó el Código del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales, el mismo que indica que todo ciudadano tiene el derecho de acceder a la información ambiental y a participar de la política ambiental.
El derecho al acceso a la información también lo encontramos en la Constitución Política del Perú (artículo 2, inciso 5). En esta se señala que las comunidades andinas, las comunidades campesinas y todos los ciudadanos tenemos derecho a solicitar acceso a la información de las entidades públicas. Además, la Ley n.º 27806 (Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública), garantiza y efectiviza el acceso a la información pública consagrada en nuestra Constitución. Dicho marco jurídico nos señala taxativamente que los ciudadanos tenemos el derecho de acceder a la información pública sin alegar algún motivo para requerir información; en ese caso, mediante la Ley n.º 27806, se puede solicitar información a cualquier entidad pública, pues es un derecho constitucional.
Frente a las diversas vulneraciones de los derechos de las comunidades indígenas y a fin de evitar diversos atropellos, la Ley n.º 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocida en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ofrece protección frente a la intervención del Estado. Este debe guiar sus acciones sobre la base del respeto de las costumbres y tradiciones milenarias, pues la concepción de los recursos naturales para los miembros de estos pueblos trasciende más allá de lo material. Por ende, toda inversión, norma o ley debe direccionar su política bajo ese horizonte de respeto inalienable hacia las costumbres ancestrales de los pueblos indígenas de nuestro país. Snoeck y Ramos (2012) señalan que, en efecto, la Ley de Consulta Previa se encuentra reconocida tanto en la legislación nacional como en la extranjera, con el objetivo de salvaguardar a las comunidades de nuestro país (p. 4).
El Acuerdo de Escazú promueve el acceso pleno y oportuno a la información ambiental y la participación ciudadana en la toma de decisiones en temas ambientales que puedan afectar el medio ambiente. Asimismo, este acuerdo busca salvaguardar a las comunidades andinas, campesinas e indígenas, pues garantiza su derecho a la información ambiental y empodera la participación ciudadana. También, es una herramienta protectora, pues busca que las comunidades que promuevan el cuidado del medio ambiente sean reconocidas y amparadas.
Polo y Siesquen (2016) en su tesis sostienen que el derecho de acceso a la información ambiental es una herramienta fundamental para proteger el medio ambiente. De esta manera, se garantiza los derechos fundamentales consagrados en nuestra carta magna, lo que permite al ciudadano acceder a la información que considere necesaria para conocer el uso de los recursos.
Guerrero (2019) señala que el acceso a la información y la participación ciudadana son derechos reconocidos en nuestra Constitución que surgen de la necesidad de estar informados para procurar el desarrollo de la comunidad; y, de este modo, participar activamente y conocer los procesos de gestión. Nuestro país, con el fin de proteger el medio ambiente, ha implementado diversas normativas que contribuyen a la defensa contra vulneraciones, amenazas o violaciones al medio ambiente.
Por su parte, Zabarburu (2015) resalta la importancia del acceso a la información y a la participación ambiental, debido a que nos ayudan a tomar decisiones de manera informada; así como también, con la protección y prevención de daños contra el medio ambiente. En tal sentido, dicha política contempla elementos fundamentales de adaptación en las esferas estructurales de la administración con el objetivo de preservar los recursos ambientales.
Hasta la fecha, el Estado peruano no ha garantizado de manera eficaz mecanismos sobre el derecho de acceso a la información, de toma de decisiones y de acceso a la justicia ambiental. Esto se puede apreciar en las constantes convulsiones sociales que nuestro país atraviesa. El Estado peruano es represivo cuando los integrantes de las comunidades andinas, campesinas, indígenas u otro grupo desean ser parte de la toma decisiones en los proyectos que implican el aprovechamiento de sus recursos renovables y no renovables. Esto se refleja en las diversas marchas pacíficas que terminan siendo trágicas debido a las muertes de sus pobladores, lo que ocurre por el simple hecho de que hayan defendido sus derechos inherentes amparados por la Constitución, es decir, por tan solo haber pedido que cesaran los daños ambientales que afectaban a sus comunidades. Desde la perspectiva de los miembros de estas comunidades, las tierras, aguas, ríos, lagos y bosques merecen una preservación divina, pues son considerados sagrados de acuerdo con sus tradiciones ancestrales.
En definitiva, una de las características básicas del sistema de protección ambiental es el derecho de los ciudadanos a participar y a demandar que se cumplan las normas ambientales. Por otro lado, el acceso a la información es la disposición de los ciudadanos para garantizar la aplicación de las leyes ambientales frente al uso de los recursos naturales no renovables, así como ante los problemas de daño ambiental y contaminación que pueden ocurrir. Por ello, cualquier ciudadano puede dar inicio a una acción civil para proteger el ambiente en caso de una violación normativa ambiental.
3. PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La participación ciudadana es un derecho fundamental desarrollado expresa- mente en el artículo 2, inciso 17 de la Constitución Política de 1993: «Toda persona tiene derecho: A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación» (p. 2).
El autor Ruiz (2018) estipula que: «La participación ciudadana es aquella manifestación de voluntad de forma activa de las personas, grupos, etc. para la toma de decisiones» (p. 7). Asimismo, el artículo III de la Ley n.º 28611, Ley General del Ambiente (2005), establece lo siguiente:
Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. Según el investigador Galsac (2021), «La intervención reside en concientizar a la localidad para preservar entre los integrantes de una localidad regularizando colectivamente con las autoridades» (p. 19).
Conforme a lo citado, es menester que la actuación de la participación ciudadana brinde diversas opciones y estrategias para incidir en el ámbito político y en situaciones relacionadas con proyectos o actividades ambientales. Asimismo, el Decreto Supremo n.º 002-2009-MINAM aprueba el reglamento sobre transparencia, acceso a la información pública ambiental, y participación y consulta ciudadana en asuntos ambientales.
Calle (2018) señala que la participación ciudadana cumple un rol vital en el proceso de toma de decisiones en todos los niveles de gobierno del Estado peruano, pues así se ejerce una ciudadanía activa. Asimismo, indica que el Decreto Supremo n.° 002-2009-MINAM regula un lineamiento capaz de poder desarrollar este proceso, lo cual permite el acceso a la información y la participación ciudadana en asuntos ambientales con total transparencia. Asimismo, Muelle (2019) establece que, en nuestro país, la participación es un componente para que la localidad pueda trasgredir en la toma de fallos públicos, lo que también se encuentra estipulado en nuestra Constitución, artículo 17 (p. 24).
Ante ello, Queirolo (2019) afirma que: para lograr este nuevo enfoque, lo que se busca es fortalecer institucionalmente al Estado, lograr administraciones públicas más transparentes y promover instrumentos necesarios para una mayor participación de la sociedad civil, más aún en el proceso de toma de decisiones, el cual muchas veces responde a un grupo minoritario. (p. 86)
La importancia de la participación ciudadana es fundamental para proteger los recursos naturales porque permite a las comunidades participar activamente en la toma de decisiones e implementar estrategias de conservación. Las siguientes son algunas de las formas en que la participación ciudadana puede apoyar. La primera es la participación en actividades como la reforestación, la limpieza de ríos y playas, y la restauración del hábitat; estas son maneras directas de ayudar a conservar la naturaleza. Los proyectos que podrían afectar al medio ambiente están sujetos a consulta pública. La participación en estas consultas permite a las personas expresar sus puntos de vista
e inquietudes y puede influir en las decisiones sobre proyectos y políticas.
Otra forma de contribuir es apoyar normas ambientales más sólidas que obliguen al Gobierno y a las empresas a adoptar prácticas sostenibles y participar en iniciativas de monitoreo ambiental, como monitorear la calidad del aire y el agua, y reportar actividades sospechosas o daños ambientales a las autoridades. Es crucial que cada uno pueda contribuir a proteger el medio ambiente a su manera. Una combinación de esfuerzos individuales y colectivos puede marcar una gran diferencia en la protección de los recursos natura- les para las generaciones futuras.
4. ACCESO A LA INFORMACIÓN
La Carta Magna del Estado de 1993 establece la regulación para un aprovechamiento más eficiente, por parte del sector económico, de los recursos naturales, tanto renovables como no renovables. De esta manera, incorpora criterios de sostenibilidad para mantener el control sobre la regeneración de los recursos. En ese sentido, se establecen los lineamientos de la política ambiental conforme a lo dispuesto en la Constitución.
Según la Ley n.º 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (publicada el 25 de junio de 1997), el concepto de aprovechamiento sostenible implica el control de los recursos naturales y tiene en cuenta los cambios que estos experimentan, incluyendo su renovación, para evitar la sobreextracción y conservarlos tanto cuantitativa como cualitativamente. Los recursos no renovables deben ser utilizados correctamente, en virtud del principio de sustitución de valores o beneficios, para mitigar el impacto negativo que generan sobre diferentes recursos del ambiente.
Asimismo, debemos resaltar que esta norma requiere la atención de los diferentes sectores para elaborar inventarios de los recursos naturales, así como la recopilación de los datos necesarios por parte de las instituciones que a su vez reportan los procesos de estos inventarios. Según lo establecido por la ley, se debe elaborar la Zonificación Ecológica Económica del Perú como una herramienta de apoyo para mejorar el ordenamiento territorial, lo que ayudará a evitar conflictos como el mal uso de estos espacios.
5. RECURSOS NATURALES DE LIBRE ACCESO
Aguado (2001) define este tipo de recursos de la siguiente manera: «Son aquellos que pueden ser utilizados o consumidos por cualquier agente eco- nómico sin ningún tipo de limitaciones derivadas de la presencia de derechos de propiedad».
La Ley Orgánica n.º 26821, publicada el 25 de junio de 1997, en el capítulo III, artículo 17, expresa taxativamente que: «Los habitantes de una zona geográfica, miembros de las comunidades campesinas y nativas, pueden beneficiarse, gratuitamente y sin exclusividad, de los recursos naturales de libre acceso […]». Esto significa que, en determinado espacio geográfico donde es posible extraer un recurso natural, los habitantes o miembros de la comunidad campesina pueden beneficiarse de forma gratuita de dicho recurso, siempre y cuando las actividades que realicen no contravengan las normas sobre la protección del medio ambiente.
Respecto al aprovechamiento de los recursos naturales por parte de una actividad empresarial, la empresa privada obtiene el derecho de extraerlos previa concesión. Esta es otorgada por el Gobierno central y tiene como objetivo que la referida actividad genere beneficios económicos tanto a nivel nacional como en la comunidad campesina donde se encuentre el recurso natural. Así pues, dicha actividad debe generar progreso en el espacio geográfico donde se ubica el recurso. Es importante señalar que, aunque se genere desarrollo en la comunidad campesina, esto no será un factor excluyente que permita a la empresa contravenir las normas orientadas a la protección del recurso natural. Caso contrario, podría materializarse el cese de la actividad empresarial.
Desde la perspectiva de la propiedad, existen diferentes tipos de recursos, lo cual genera confusión. Esto es cuestionado por muchos economistas, quienes han logrado relacionar los recursos naturales de libre acceso con los de la propiedad común y señalan, ante el agotamiento de los recursos, la creciente preocupación por su desaparición.
Lo mismo ocurre con la propiedad exclusiva, que es necesaria para los no propietarios, quienes quedan excluidos del uso de los recursos. Se marca la diferencia con la propiedad común, que no se entiende como algo que pertenece a todos. Para que esta última surta efectos, es necesario un acuerdo mutuo entre los propietarios.
Existen criterios que señalan que la regularidad institucional otorga una mejora a lo relacionado con la propiedad común, ya que facilita la gestión de los recursos naturales dentro del sector económico. Además, la posibilidad de excluir a los no propietarios establece una diferencia fundamental entre los recursos de propiedad común y los de libre acceso. Por ello, los recursos de libre acceso y su afectación presentan las siguientes características:
a)
Consisten en la abundancia de la naturaleza, que satisface las necesidades
existentes.
b)
Son indicativos de no contener
utilidad y, por lo tanto, no se consideran recursos.
c) En
caso de existir un uso, esto solo generaría dificultades técnicas y económicas
que limitarían el acceso a los mismos.
En definición, los recursos de libre acceso pueden ser utilizados por cualquier institución económica sin limitación alguna que restrinja los derechos de propiedad. Esto produce una tasa más elevada de lo habitual y conduce a «la regla de ruptura», la cual se define como la falta de exclusión del recurso. Este factor opera como un estímulo para que los consumidores se comporten conforme a dicha regla.
6. CONDICIONES DEL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES
Los recursos naturales objetos de extracción deberán ser aprovechados de manera sostenible; es decir, de forma que se puedan mantener a lo largo del tiempo y sean duraderos. Esto implica un manejo racional y fragmentado de los recursos naturales, con el fin de evitar la sobreextracción y rápida extinción de los mismos. En caso de que se esté realizando la extracción de un recurso natural no renovable, esta debe ser eficiente y generar beneficios reales, además de evitar consecuencias perjudiciales para el espacio geográfico en cuestión, todo bajo el principio de sustentabilidad de valores.
Los recursos naturales deben ser aprovechados para los fines para los que fueron destinados; en otras palabras, no se les debería dar un uso distinto del que les fue otorgado, lo que garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en la concesión. Asimismo, según las normas establecidas, se debe cumplir con las retribuciones económicas y, como parte del compro- miso de la empresa extractora, llevar a cabo un procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
7. RELEVANCIA DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL USO DE LOS RECURSOS NATURALES
Vásquez (2017), en su artículo, contempla que existe claramente incompetencia debido a que no se coopera conjuntamente con el Estado y a que, también, la poca participación es depravada por los beneficios individuales de quienes la originan (p. 68).
La participación ciudadana es un factor clave en la extracción de recursos naturales, pero en los grandes proyectos impulsados por las actividades empresariales no tuvo efecto alguno, a pesar de que la ciudadanía mostraba interés por las consecuencias generadas por dichas actividades. Esa falta de efecto se debió a que el respaldo que ejercía el Gobierno central a favor de la empresa superaba a los actos que promovían la participación ciudadana.
El espacio geográfico donde se ubica el recurso natural, alberga una comunidad campesina que, en pleno ejercicio de su derecho, protege y vela por sus intereses y el medio ambiente. La mayoría de las veces, esta comunidad se opone a la actividad empresarial, por motivos razonables, pues existen precedentes que demuestran que, en lugar de generar desarrollo para la comunidad campesina, estas actividades ocasionan pobreza, desnutrición y muertes. Por tanto, sería relevante la participación ciudadana en el uso de los recursos naturales, siempre y cuando cuenten con un respaldo, ya que las empresas encargadas de la extracción del recurso natural han sido blindadas por el Gobierno de turno, incluso cuando contravienen las normas orientadas a la protección del medio ambiente.
A partir de todo lo señalado, se entiende que la participación ciudadana representa un hito importante para el uso de los recursos naturales (gestión ambiental). A nivel nacional, es sabido que, para lograr el desarrollo sostenible y mantenerlo en el tiempo, es importante que los pobladores de la zona donde se ubica el recurso natural se involucren en el proyecto, además de que conozcan los pro y contra de la futura extracción del recurso natural. Esto implica una actitud proactividad, inclusión, responsabilidad compartida y transparencia. La participación ciudadana es clave porque fortalece y refuerza el cumplimiento y monitoreo de los estándares de gestión ambiental. De esta manera, se disminuyen los riesgos y se construye confianza entre las partes involucradas; además, lograr el consenso entre las partes reduce la posibilidad de conflictos.
No se limita necesariamente la participación a los pobladores de la zona donde se ubica el posible recurso natural que será extraído. Se entiende que toda persona tiene el derecho a participar y manifestarse (libre expresión), lo cual implica expresar su opinión, punto de vista, recomendaciones u observaciones. ¿De qué forma se puede manifestar la participación ciudadana en el ámbito de la fiscalización del cumplimiento de la gestión ambiental? Se materializa en una denominada vigilancia ciudadana ambiental. Específica- mente, en el Perú, la gestión ambiental experimenta su mayor crecimiento en el ámbito de la administración pública, cuyo objetivo es ejercer la vigilancia ciudadana y asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental.
Gómez (2019) indica que la participación es un derecho y rol de la persona y es entendida como el nexo que existe entre el Estado y la sociedad que tienen el derecho de la toma de decisiones en temas ambientales (p. 53).
8. CONCLUSIONES
La participación ciudadana y el acceso a la información en el Perú para el uso de los recursos naturales cumplen un rol fundamental en la protección de estos recursos, ya que el aprovechamiento se realiza dentro de un contexto en el que las comunidades andinas, campesinas, indígenas, entre otras, tienen una visión protectora de los recursos debido a sus tradiciones milenarias. En tal sentido, el acceso a la participación ciudadana y a la información permite la involucración activa de las comunidades.
El Estado peruano, a través de distintos cuerpos normativos, ha otor- gado a las comunidades de nuestro país participación y acceso a la información sobre los recursos naturales de manera deficiente. Esto se refleja en las constantes convulsiones sociales respecto al aprovechamiento de los recursos naturales. Así pues, concluimos que, si bien existen normativas que permiten el acceso a la información, el ejercicio de este derecho no se lleva a cabo de manera plena y efectiva por parte de las comunidades, ya que el Estado, frente a alguna protesta, vulnera los derechos de estos grupos sociales.
Los tratados internacionales, cumplen un rol fundamental en la legislación nacional, razón por la cual consideramos que el Congreso de la República debe firmar y ratificar los convenios de Escazú y Aarhus, pues estos buscan proteger los recursos naturales a través de la participación efectiva de las comunidades. Asimismo, se proponen salvaguardar a las personas que preservan dichos recursos, como es el caso de los defensores ambientales.
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Electrónica de Medioambiente, 18(1), 63-78. https://doi.org/10.5209/MARE.56881
Fuentes normativas y jurisprudenciales
Ley n.o 26821. Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales. Diario Oficial El Peruano (25 de junio de 1997). https:// www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2017/04/Ley-N°-26821.pdf
Ley n.o 28611. Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales. Diario Oficial El Peruano (13 de octubre de 2005). https://www.minam.gob.pe/wp-content/uploads/2017/04/Ley-N%C2% B0-28611.pdf
Financiamiento
Autofinanciado.
Conflicto
de intereses
Los autores declaran
no tener conflicto de intereses.
Contribución de autoría
Conceptualización: José Ronald Vásquez Sánchez; curación de
datos: Karen Álvarez García y Guillermo Llerén Pérez; análisis formal: José
Ronald Vásquez Sánchez; investigación: Sandra Vílchez
Alvarado, Roxana Pinares
Lima, Hosni Medina Carrasco
y Karen Álvarez García; metodología: Guillermo Llerén Pérez; recursos: Roxana Pinares
Lima y Hosni Medina Carrasco;
supervisión: José Ronald Vásquez Sánchez;
validación: José Ronald Vásquez
Sánchez; visualización: Roxana Pinares Lima; redacción-borrador
original: José Ronald Vásquez Sánchez; redacción-revisión: José Ronald Vásquez Sánchez; y edición: José
Ronald Vásquez Sánchez.
Agradecimientos
Los autores desean expresar su sincero agradecimiento a la
Escuela Profesional de Derecho, sede Ate Vitarte, por su valiosa
contribución a nuestra
formación académica a través
de la apertura del curso de Derecho Ambiental y Minero. Este trabajo es el
resultado del esfuerzo y la perseverancia de cada uno de los autores, quienes
se han beneficiado enormemente de esta oportunidad educativa.
Biografía de los autores
José Ronald Vásquez Sánchez es doctor en Ciencias Ambientales
por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos,
docente ordinario e investigador, y miembro asociado y parte del Consejo Directivo del
Fondo Socioambiental del Perú.
Karen Álvarez García es abogada por la Universidad
César Vallejo. Guillermo Llerén Pérez es abogado
por la Universidad César Vallejo. Hosni Medina Carrasco es abogado por la Universidad César Vallejo. Roxana
Pinares Lima es abogada por la Universidad César Vallejo.
Sandra Vílchez Alvarado
es abogada por la Universidad César Vallejo.
Recibido: 9/5/2024
Revisado: 29/10/2024
Aceptado: 18/11/2024
Publicado en línea: 30/12/2024
Correspondencia