17
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Este artículo se encuentra disponible
en acceso abierto bajo la licencia Creative
Commons Attribution 4.0 International License
Revista del Poder Judicial del Perú Especializada en la Protección del Ambiente
Vol. 4, n.° 5, enero-junio, 2024, 17-42
Publicación semestral. Lima, Perú
ISSN: 2810-8353 (En línea)
DOI: 10.35292/justiciaambiental.v4i5.918
Mujeres en la protección del derecho humano
al medio ambiente en el Perú
Women in the protection of the human right
to the environment in Peru
As mulheres na proteção do direito humano
ao ambiente no Peru
R E B U
Universidad Internacional Iberoamérica de México
(Campeche, México)
Contacto: roxaniar16@gmail.com
https://orcid.org/0000-0002-2792-3863
RESUMEN
El presente trabajo es una reflexión acerca de los aportes de las mujeres a la
protección del medio ambiente. Recogemos diversas contribuciones inter-
nacionales respecto a los caminos que se deben seguir en esa búsqueda de la
equidad en el trabajo de las mujeres, el enfoque de género, en medio de sus
luchas por los derechos ambientales, el ordenamiento territorial, la gestión
de la tierra y la sostenibilidad de la extracción de los recursos naturales.
Damos cuenta, asimismo, de los diversos riesgos con los que se encuentran
las trabajadoras del campo y las defensoras ambientales, especialmente en
Latinoamérica.
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
18
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Palabras clave: mujeres; derecho humano; enfoque de género; desarrollo
sostenible; recursos naturales; defensoras ambientales.
Términos de indización: mujer; derechos humanos; igualdad de género;
conservación ambiental; recursos naturales; derecho a la calidad ambiental
(Fuente: Tesauro Unesco).
ABSTRACT
This paper is a reflection on the contributions of women to the protection
of the environment. We collect various international contributions regarding
the paths to be followed in the search for equity in womens work, the gender
approach, in the midst of their struggles for environmental rights, territorial
planning, land management and the sustainability of the extraction of natural
resources. We also report on the various risks faced by women farm workers
and environmental defenders, especially in Latin America.
Key words: women; human rights; gender focus; sustainable development;
natural resources; environmental defenders.
Indexing terms: women; human rights; gender equality; environmental
conservation; natural resources; right to environmental quality (Source: Unesco
Thesaurus).
RESUMO
Este artigo é uma reflexão sobre as contribuições das mulheres para a proteção
do ambiente. Reunimos vários contributos internacionais sobre os caminhos
a seguir na procura da equidade no trabalho das mulheres, a abordagem de
género, no meio das suas lutas pelos direitos ambientais, o ordenamento
do território, a gestão da terra e a sustentabilidade da extração dos recursos
naturais. Também relatamos os diversos riscos enfrentados pelas mulheres
trabalhadoras rurais e defensoras do meio ambiente, especialmente na América
Latina.
Palavras-chave: mulheres; direitos humanos; abordagem de género;
desenvolvimento sustentável; recursos naturais; mulheres defensoras do
ambiente.
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
19
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Termos de indexação: mulheres; direitos humanos; igualdade de género;
conservação ambiental; recursos naturais; direito à qualidade ambiental (Fonte:
Unesco Thesaurus).
Recibido: 28/8/2023 Revisado: 27/5/2024
Aceptado: 13/6/2024 Publicado en línea: 30/6/2024
1. INTRODUCCIÓN
El derecho a un medio ambiente adecuado es aquel conjunto de normas
jurídicas orientadas a disfrutar directamente de los parámetros adecuados de
la biosfera y su protección, buscando que las instituciones públicas propor-
cionen instrumentos para prevenir la degradación, y proteger y restaurar el
medio ambiente cuando sea necesario (Loperena, 2001).
El reconocimiento del derecho al medio ambiente como un derecho
humano independiente representa un avance en cuanto a los requisitos de
prueba en diversos procesos legales cuando se presentan reclamaciones
ambientales. La CIDH (Comisión Interamericana de Derechos Humanos)
reconoce la relación entre el derecho al medio ambiente y los principios rec-
tores que lo fundamentan. Esta relación otorga a las normas ambientales y a
las obligaciones estatales un significado claro, en relación con la protección
preventiva y cautelar del medio ambiente (Costa y Burdiles, 2019).
El creciente deterioro del medio ambiente ha aumentado la conciencia-
ción sobre los problemas medioambientales y ha dado lugar a llamamientos
para que se reconozca jurídicamente la importancia de la conservación del
medio ambiente para el bienestar humano. Pero el enfoque antropocéntrico
de la protección del medio ambiente ha resultado insuficiente, por lo que la
nueva perspectiva biocéntrica está permitiendo que el «derecho a un medio
ambiente sano» evolucione hacia un derecho autónomo de la naturaleza
(Borrás, 2014).
El derecho ambiental rige los comportamientos humanos que tienen el
potencial de alterar significativamente las condiciones en las que existen los
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
20
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
organismos vivos, al producir efectos que alteran las interacciones entre los
sistemas de esos organismos y sus entornos. Para algunos el mejor medio de
preservar este sistema vital, formado por seres vivos, es declarar o reconocer el
derecho al medio ambiente como un derecho independiente (Brañes, citado
por Rivas et al., 2019).
El presente trabajo es una reflexión respecto al papel de las mujeres
en el desarrollo del derecho medioambiental, en el marco de los derechos
humanos. Dados los numerosos problemas medioambientales a los que nos
enfrentamos en la actualidad, la protección del medio ambiente es absoluta-
mente necesaria. Por ello, se debe asumir un compromiso firme y genuino
para proteger el medio ambiente y los recursos naturales, a través de la gestión
adecuada de las áreas productivas y las zonas naturales protegidas. Sin perder
de vista que los seres humanos viven de la recolección y el aprovechamiento
de esos recursos, actividad que se debe realizar de manera sostenible, es decir,
sin perjudicar su natural capacidad de regeneración y sustento para las gene-
raciones futuras.
Lo que pretendemos con este breve trabajo es hacer una reflexión acerca
de los diversos esfuerzos y luchas que vienen realizando las mujeres en el
trabajo de la tierra y su relación con la conservación y el cuidado de esta. Esa
interacción muchas veces ha sido minimizada y ocultada, y es desconocida
por la mayoría de la población. Situaciones que se mantienen vivas hasta la
actualidad, ya que están repletas de obstáculos y peligros, como en el caso de
las defensoras ambientales.
El propósito de este trabajo es concienciar sobre la importancia del
medio ambiente y animar a todo el mundo a participar en reflexiones y
acciones para proteger su entorno, acercando un poco más la civilización a la
naturaleza, ya que implican una profunda reflexión respecto a nuestras nece-
sidades esenciales. Ello se puede lograr mediante la preservación de nuestra
biodiversidad y el sostenimiento de la vida en la tierra, cuidando de los
distintos hábitats y el patrimonio natural. El agua, el aire, las plantas, los
animales y los árboles son necesarios para la vida humana y deben protegerse,
más allá de la responsabilidad personal (Calixto, 2012).
El enfoque bajo el que se abordará el presente artículo es un recuento
descriptivo de las acciones que han venido desarrollando las mujeres en la
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
21
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
defensa del medio ambiente, especialmente a nivel andino y del Perú. Esta
temática engloba diversos aspectos de gran relevancia, como la difusión de las
luchas de los derechos medioambientales, en particular las acciones realizadas
por las mujeres, en sus roles tanto a nivel dirigencial como normativo, en el
campo y la Amazonía. Se resaltan algunas problemáticas aún no resueltas en
estos rubros, así como también se mencionan algunas posibles salidas.
2. DEFENSA MEDIOAMBIENTAL EN EL MARCO DE LOS DERECHOS
HUMANOS
Los efectos del cambio climático, la ordenación y el uso no sostenibles de los
recursos naturales, así como la contaminación del aire, las tierras y el agua,
debido a la mala gestión de las sustancias químicas y los desechos, han pro-
ducido daños ambientales con repercusiones negativas para los seres huma-
nos. Estas consecuencias se dejan sentir con más fuerza en los sectores de la
población en situaciones de vulnerabilidad, incluidos los pueblos indígenas,
los niños y las niñas, los adultos mayores y las personas con discapacidad. A
esto se suma la inequidad existente en cuanto a la igualdad de género, por ello
urge una transformación que produzca un empoderamiento de las mujeres
y las niñas en las labores que desempeñan como gestoras y defensoras de los
recursos naturales, para disfrutar plenamente de los derechos humanos.
2.1. Protección internacional del derecho medioambiental
La adopción, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, de la Reso-
lución 76/300, el 28 de julio de 2022, destaca la importancia del derecho a
un medio ambiente limpio, sano y sostenible para la realización de todos los
derechos humanos. Se insta a los Estados, las empresas, las organizaciones
internacionales y otras partes pertinentes a promulgar leyes, promover la
colaboración mundial, reforzar la creación de capacidad y seguir intercam-
biando buenas prácticas. Se reconoce que los tres pilares del desarrollo sos-
tenible —social, económico y medioambiental—, así como la preservación
del medio ambiente, especialmente de los ecosistemas, apoyan y mejoran el
bienestar y la capacidad de las generaciones actuales y futuras para disfrutar
de todos los derechos humanos.
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
22
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
La Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración y
Programa de Acción de Viena, la Declaración de Estocolmo, la Declaración
de Río y otros tratados internacionales de derechos humanos pertinentes
son los primeros pasos hacia la creación de este instrumento internacional.
Otras medidas internacionales incluyen la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible, que adoptó un amplio conjunto de objetivos y metas de desarrollo
sostenible de gran alcance, universales y transformadores (Resolución 70/1,
2015); las resoluciones 44/7, 45/17, 45/30 y 46/7 del Consejo de Derechos
Humanos, que lleva por título «El derecho humano a un medio ambiente
limpio, saludable y sostenible».
No tiene sentido crear leyes que no se cumplen, tener una excelente
documentación técnica que no es práctica, o seguir ideando políticas ineficaces
que no mejoran la calidad de vida de las personas. Las esperanzas de un cambio
están puestas en la ordenación del territorio, especialización que promueve
el desarrollo del Estado como órgano político y administrativo, así como la
distinción existente entre política de Estado y políticas públicas para poder
intervenir en su jurisdicción, regulando las competencias jurisdiccionales del
Estado y su relación con el territorio (Gudiño, 2015).
2.2. Desarrollo sostenible, Agenda 2030
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible contiene diecisiete objetivos de
desarrollo sostenible (ODS) y propone alcanzar el progreso sin dejar a nadie
atrás. Uno de los puntos que busca alcanzar es el empoderamiento de la mujer
y la igualdad de género, para ello se requiere que se garantice el respeto de los
derechos de las mujeres y las niñas, como vía para obtener justicia e inclusión;
con ello se lograría beneficiar tanto a la población como al medio ambiente
en favor de las generaciones venideras (ONU Mujeres, s. f.-a). El ODS 5:
«Igualdad de género» busca que las mujeres y las niñas en todas las regiones
del mundo tengan los mismos derechos y las mismas oportunidades que el
resto de la población, y que aspiren a una vida sin violencia y discriminación.
Este objetivo es un elemento esencial para que el resto de las dimensiones se
alcancen. Con esa finalidad es necesario modificar las leyes discriminatorias
y adoptar medidas urgentes que eliminen las causas de la discriminación que
restringen los derechos de las mujeres.
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
23
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
La población destinataria de las políticas públicas ambientales no será
el único lugar donde deba reflejarse la equidad de género. Es crucial crear y
mantener un ambiente en el que los servidores públicos de todos los géneros
valoren y alienten a los ciudadanos a tomar decisiones ambientales (Villamil,
2020). Es necesario que las políticas estén en consonancia con los com-
promisos internacionales y nacionales en materia de igualdad de género y
derechos humanos. Estas se manifiestan en políticas agrarias, por ejemplo,
que perjudican a las mujeres; otros efectos no equitativos que se deben
corregir son la reproducción de injusticias o desigualdades en la gestión de los
recursos naturales, la tenencia de la tierra, la asignación solo a los hombres de
los conocimientos y el acceso a la tecnología, la desigualdad entre hombre y
mujer (Villamil, 2020).
Otros aspectos relevantes son la lucha contra la pobreza, la injusticia,
las desigualdades sociales, así como el cambio climático. Situaciones que
producen la reacción de gobiernos y organizaciones internacionales, para lo
cual se utiliza la cooperación internacional a fin de buscar salidas y procesos
que, de alguna forma, reviertan dichas circunstancias.
2.3. Obstáculos en el rol de protección del medio ambiente
Al derecho ambiental le corresponde un papel fundamental, sus alcances se
ven debilitados respecto al tema de género, ya que la problemática afecta el
desarrollo personal y laboral de las mujeres, y puede llegar a constituirse como
una violación de derechos fundamentales; asimismo, pese a que la mujer tiene
un rol relevante en la protección ambiental, no se difunde su reconocimiento
social (Jiménez, 2012).
Son factores que influyen para que se dé esta desigualdad: (a) la dedi-
cación al trabajo reproductivo o de cuidado no remunerado en mayor pro-
porción que los hombres, situación que reduce sustancialmente sus ingresos y
el tiempo para realizar otras actividades; es necesario encontrar un equilibrio
justo en las responsabilidades; (b) la vulneración de los derechos sexuales y
reproductivos incide en la desigualdad de género, y se producen otras formas
de discriminación, por lo cual se priva a las mujeres de educación y de trabajo,
lo que implicaría modificar aspectos relativos a situaciones como relaciones
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
24
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
sexuales consensuadas, uso de anticonceptivos y servicios de salud; (c) el conse-
guir un mayor empoderamiento de las mujeres, alcanzando un equilibrio en
cuanto a equiparar los niveles de ejercicio de funciones, cargos políticos y de
dirección empresarial entre ambos sexos (ONU Mujeres, s. f.-a).
2.4. Problemática peruana medioambiental
En el 2017, según Global Witness, el Perú fue considerado el séptimo país
más peligroso para ser un defensor de la tierra y del medio ambiente, pues
ocurrieron cincuenta y un asesinatos de defensores y defensoras en esta nación.
La Defensoría del Pueblo (2022) ha informado que se conocen casos de ame-
nazas y hostigamiento contra mujeres activistas ambientales, indígenas y una
periodista desde 2020, así como el fallecimiento de una defensora de dere-
chos indígenas en la región Junín en marzo de 2021.
2.5. Participación de la mujer en la defensa del medio ambiente
La Plataforma de Acción de Pekín ha recomendado reforzar la participación
y la capacidad de liderazgo de la mujer, a fin de garantizarle oportunidades
de participación a todos los niveles en la toma de decisiones sobre el medio
ambiente; para ello se sugiere el acceso de las mujeres a la educación, a fin de
elevar su conocimiento y sus destrezas, así como introducir una perspectiva de
género en la utilización de mecanismos para alcanzar una explotación sensible
y sustentable de los recursos naturales (Informe de la Cuarta Conferencia
Mundial sobre la Mujer, 1996). Es importante el acceso equitativo a los
recursos naturales para disfrutar de sus beneficios. Para lograrlo, hombres
y mujeres deben tener las mismas oportunidades y responsabilidades en la
toma de decisiones (Instituto Nacional de las Mujeres México y Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales, 2003).
2.6. Situación de grupos vulnerables frente a la problemática
medioambiental
En el informe de Amnistía Internacional (2022), remitido al grupo de trabajo
para la evaluación 2023, donde se valora la aplicación de las recomendaciones
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
25
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
formuladas a Perú con anterioridad, en materia de derechos sexuales y
reproductivos, derechos de las personas LGBTI y defensores y defensoras de
los derechos humanos, esta organización manifiesta su preocupación por la
violencia de género, los derechos de las personas LGBTI, la violencia contra
los defensores y las defensoras de los derechos humanos, las violaciones
del derecho de reunión pacífica y los derechos de las personas migrantes y
refugiadas. Por ello recomienda la implementación del marco protector para
los defensores y las defensoras de los derechos humanos, frente a amenazas,
hostigamiento y ataques (p. 15).
Una de las situaciones que no ha ayudado a mejorar el desarrollo pleno
de los derechos de los defensores ambientales ha sido la no ratificación del
Acuerdo de Escazú (2020), que fortalecía el derecho a la información y a la
justicia ambiental.
La igualdad de género es un derecho que se presenta como una opor-
tunidad para afrontar desafíos como la crisis económica, la atención sani-
taria y el cambio climático (ONU Mujeres, s. f.-b). Las estadísticas del Perú
informan que mujeres y hombres que reportaron padecer algún problema de
salud crónico, según ámbito geográfico, presentan los siguientes resultados
porcentuales diferenciados: a nivel nacional (2020), las mujeres tienen 41.6 y
los varones presentan 33.6. El índice porcentual en el área urbana en mujeres
es de 43.8 y en varones de 35.4. En el área rural, en mujeres es de 32.8 y en
varones 27.2 (Instituto Nacional de Estadística [INEI], 2020).
2.7. Constitucionalización del derecho medioambiental
La protección ambiental se ha trasladado a las constituciones de diversos
países, es el caso del Estado ecuatoriano, que estableció la protección de la
naturaleza en su más reciente carta constitucional de 2008 al considerarla
como un medio de subsistencia humana, reconoce el derecho al medio
ambiente como un derecho fundamental y toma en cuenta su importancia
para el ejercicio pleno de los derechos del hombre (Rivas et al., 2019). De otro
lado, el Estado boliviano incorporó en su constitución de 2009 el derecho a
solicitar protección si las autoridades competentes no toman medidas infor-
males en caso de daño ambiental, y estableció que todos aquellos que realicen
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
26
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
actividades que ocasionen impacto ambiental deben reparar debidamente
las consecuencias de su actividad para no afectar la armonía ecológica del
entorno (Rivas et al., 2019).
2.8. Aplicación del derecho interamericano a la problemática
medioambiental
La Opinión Consultiva OC-23/17 de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos establece en su apartado 5 que los Estados deben regular, supervisar
y vigilar las actividades bajo su jurisdicción que puedan causar daños ambien-
tales significativos; realizar estudios de impacto ambiental cuando exista
riesgo de daños ambientales significativos; establecer un plan de contingen-
cia para disponer medidas y procedimientos de seguridad que minimicen la
posibilidad de accidentes ambientales graves; y mitigar los daños ambienta-
les importantes que puedan haberse producido para respetar y garantizar los
derechos a la vida y a la integridad de las personas bajo su jurisdicción.
Los Estados adoptan esta medida en cumplimiento del principio de
precaución con el fin de salvaguardar el derecho a la vida y la integridad de
las personas frente a posibles daños medioambientales graves o permanentes.
La presunción de que el Estado tiene un control efectivo sobre las acciones
realizadas en su territorio o bajo su jurisdicción sirve de base para la legiti-
midad de esta acción.
2.9. Situación del Acuerdo de Escazú
En materia de derechos de participación ciudadana, acceso a la justicia
ambiental y acceso a la información ambiental, el Acuerdo de Escazú es
una herramienta normativa pionera en materia ambiental porque crea meca-
nismos jurídicos para fortalecer y consolidar de manera coordinada la ins-
titucionalidad ambiental en América Latina. Además, es el primer acuerdo
internacional que obliga a los Estados a tomar las medidas necesarias para
reconocer, proteger y promover los derechos de quienes defienden los dere-
chos ambientales (Barrios, 2020). Luego de largos debates, en el Perú se deci-
dió archivar la propuesta del Ejecutivo de ratificar dicho tratado internacional
sobre derechos humanos (Gamboa, 2021).
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
27
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
3. MUJERES Y DESARROLLO SOSTENIBLE
La idea de desarrollo sostenible ha evolucionado en las últimas décadas.
Significa gestionar los recursos naturales de forma holística aplicando políticas
eficaces que logren un equilibrio entre desarrollo y conservación teniendo
en cuenta las exigencias del presente y del futuro. El objetivo a largo plazo
del desarrollo sostenible es equilibrar la conservación de los recursos con el
crecimiento económico, considerando al mismo tiempo las exigencias del
presente y del futuro (Morales, 2002, p. 80).
3.1. Situación de pobreza frente al desarrollo sostenible
La plasmación de la igualdad de oportunidades para ambos sexos se ha tra-
tado de incluir en las políticas ambientales, económicas y de lucha contra la
pobreza, es por ello que a la fecha se han implementado diversas estrategias
que exigen cambios en las actitudes, las creencias, las prácticas y las conductas
de hombres y mujeres. Estos cambios se plantean en temas de transversalidad
de la perspectiva de género, coordinación intra e interinstitucional, corres-
ponsabilidad y participación social, y en los procesos de gestión ambiental
y desarrollo sustentable, especialmente en sectores que presentan alta vulne-
rabilidad (Instituto Nacional de las Mujeres México y Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, 2003). Entendiéndose el desarrollo sosteni-
ble como aquella política estatal que busca un crecimiento económico dentro
de los aspectos ambientales; visión antropocéntrica e individualista en pro de
un buen y equitativo futuro (Sagot, 2013).
De otro lado, el Informe Brundtland establece que «el crecimiento eco-
nómico es [un] elemento crucial del concepto sistematizado por la Comisión
Mundial sobre Medio Ambiente» (Bifani, 1999, p. 120), acción que busca
mejorar la situación económica frente a los serios riesgos de deterioro, apos-
tando por el desarrollo sostenible en los próximos años. Esto requeriría un
crecimiento económico del 3 % anual en promedio en los países en desarrollo
(Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
«Nuestro futuro común», 1987).
Mires (1990), por su parte, enfatiza que, entre crecimiento y desarrollo,
la creación de contaminantes y el aumento de las normas de tolerancia
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
28
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
medioambiental son complicaciones añadidas que dificultan a muchas
empresas la prevención de daños medioambientales (Gudynas, 2002).
3.2. Defensa de la ecología: situación del Perú
Bajo el discurso de derechos humanos la persona defensora es un héroe o una
heroína ecológica que merece protección; sin embargo, como las actividades
extractivas oficiales o informales continúan en la región, esta protección no se
materializa realmente (Merino y Quispe, 2021). Las regiones más peligrosas
para los defensores y las defensores son aquellas que han sido militarizadas
por el Estado. Madre de Dios, departamento del sureste de Perú que ocupa el
6.6 % de la superficie total del país, está a cargo de este grupo. La extracción
ilegal de oro y madera en Madre de Dios ha provocado efectos irreversibles
en el medio ambiente y la salud humana, como la deforestación, la contami-
nación por mercurio, la aparición de monocultivos y la degradación de los
bosques. Estas actividades también han alterado significativamente las opor-
tunidades de desarrollo de las comunidades locales, ya que están vinculadas a
una red de organizaciones criminales especializadas en el sicariato y el tráfico
de personas (Merino y Quispe, 2021).
4. BÚSQUEDA DE LA EQUIDAD
Frente a este panorama, se busca adoptar una perspectiva de género que
permita apreciar el desequilibrio producido en la sociedad. Al superarse la
postura que atribuía las desigualdades de los roles de género a las diferencias
biológicas, hoy la causa prevalente en el consenso internacional reside en las
profundamente arraigadas relaciones estructurales (Convenio de Estambul,
que reconoce la naturaleza estructural de la violencia contra la mujer como
violencia de género). Al perpetuar las instituciones sociales y las prácticas
culturales que sitúan a las mujeres en desventaja con respecto a los hombres,
se crea esta condición desde una edad temprana (Instituto Nacional de las
Mujeres México y Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales,
2003). Para integrar plenamente la perspectiva de género y lograr un cambio
fundamental es necesario introducir una serie de cambios sociales. Estos
cambios incluyen la actualización de leyes, normas y políticas públicas para
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
29
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
reflejar la perspectiva de género, el aumento de la participación de las mujeres
en ámbitos como la economía y la toma de decisiones políticas, el fomento de
la capacidad de autogestión de las mujeres, la eliminación de la desigualdad
de género, la incorporación de criterios de equidad en todos los ámbitos, etc.
4.1. Medidas a adoptar frente a la vulneración del medio ambiente
Es recomendable implementar cambios en los hábitos y las costumbres en la
vida diaria (Naciones Unidas, s. f.-a) y buscar una serie de acciones de ahorro.
Otros aspectos culturales que afectan e influyen en la desigualdad son la
baja asistencia escolar de las niñas, producida por situaciones de prejuicios
y hábitos culturales en el mundo rural, que incluyen situaciones como el
matrimonio y la maternidad precoz. Según el INEI (2022), se incrementó
la asistencia escolar en las adolescentes de doce a dieciséis años de edad a la
educación secundaria, al pasar de 71.4 % en el año 2013 a 73.2 % en el año
2014; las niñas de tres a cinco años de edad que residen en el área rural
pasaron de 70.3 % en el año 2013 a 75.2 % en el año 2014, lo cual representa
un aumento de 4.9 puntos porcentuales. Respecto a la comunicación digital,
el 41.6 % de las mujeres del área rural usan internet una vez al día, cifra que
representó un incremento de 22.3 puntos porcentuales respecto al año 2013
(19.3 %). Asimismo, el 34.0 % usa internet una vez a la semana, el 32.0 %
una vez al mes y el 21.7 % cada dos meses o más (INEI, 2015).
5. DEFENSA DE LOS DERECHOS AMBIENTALES POR LAS MUJERES
Los defensores del medio ambiente defienden casos contra delitos medioam-
bientales, tráfico de tierras, minería ilícita, deforestación y otras cuestiones.
También desempeñan un papel fundamental en la defensa del derecho a un
medio ambiente sano y sostenible. En el Perú, su trabajo está rodeado de
ataques, intimidación y estigmatización que interfiere en su capacidad para
disfrutar de sus derechos fundamentales (Lazo y Mamani, 2023). Es por ello
necesario el reconocimiento y la valoración de todo el trabajo que realizan las
personas defensoras medioambientales a nivel comunitario en los ámbitos
de la organización, la productividad y la reproducción (Navarro, 2019).
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
30
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Se recomienda acciones como la inclusión de los estudios de género
en el currículo educativo, dando acceso a suficientes componentes teóricos y
metodológicos que les permitan comprender y ver la realidad social desde un
ángulo diferente. Visibilizar las diversas formas de discriminación que existen
en la sociedad ayuda en el proceso de desmantelamiento de la violencia, a
través de la adquisición de valores como la equidad y el respeto (Valero-Díaz,
2018).
5.1. Rol de las defensoras del medio ambiente y grupos vulnerables
Toda persona puede ser considerada defensora de derechos humanos, sin
importar sus credenciales académicas o profesionales (abogado, periodista,
escritor o activista), ninguna de esas categorías tiene relevancia. Así se
establece en la «Declaración sobre defensores» de la Asamblea General de la
ONU, que en su artículo 1 describe al defensor o la defensora de derechos
humanos como aquella persona que «ejerce su derecho de forma individual
o colectivamente, para promover y procurar la protección y realización de los
derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e
internacional» (Naciones Unidas, s. f.-b).
En múltiples ocasiones, le corresponde a la mujer recolectar el agua para
el sustento diario, también para utilizarla en la agricultura o la ganadería,
o juntar la leña para el fuego del hogar; por este motivo tiene un contacto
directo muy sólido y cercano con la tierra y los recursos naturales (Quiñones,
2019).
5.2. Grupos vulnerables y mantenimiento de sus tierras
Uno de los grupos más vulnerables y sujetos a este tipo de abusos son los
pueblos indígenas que «han vivido de la tierra en sus propios territorios
durante generaciones sin contribuir al calentamiento global»; defensores
natos de la tierra, que luchan incansablemente por mantener sus territorios,
negándose a ser expulsados por nuevos colonos que buscan industrializar
el cultivo (Front Line Defenders, 2019, p. 8). Otro tipo de obstáculos que
enfrentan las personas defensoras es su lucha contra la minería, la tala y la
agroindustria.
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
31
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
6. ORDENAMIENTO TERRITORIAL PENDIENTE
Existe un gran retraso en cuanto a instrumentos legales para el ordenamiento
territorial. Una organización territorial que proteja el patrimonio natural y
cultural, promueva el desarrollo social, ambiental y económico, y esté com-
prometida con el logro de los objetivos de desarrollo sostenible es esencial
para mayores oportunidades y desarrollo (Barba, 2020). La planificación
territorial es una actividad mucho más ética y política que científica y técnica,
en donde el factor preponderante es la voluntad política de las autoridades,
para que se concreten la elaboración, la implementación y el monitoreo de
los instrumentos jurídicos (Rendón, 2021).
6.1. En la búsqueda de una planicación territorial
En un entorno de descentralización y desconcentración, la planificación terri-
torial se posicionó como una herramienta de articulación y coordinación
vertical y horizontal. La incorporación de la perspectiva geográfica en la pla-
nificación tenía como objetivo abordar las disparidades sistémicas, disminuir
los conflictos relacionados con el uso y la ocupación de la tierra, fomentar la
preservación del medio ambiente, dirigir el desarrollo urbano y abordar los
desequilibrios territoriales que afectan la cohesión social y la competitividad
sistémica. Desde principios de la década de 2000, ha habido un aumento
notable en el interés por la dimensión territorial del desarrollo a nivel de la
agenda nacional; también se han presentado dificultades con la sostenibi-
lidad ambiental, la competencia territorial y la desigualdad social (Carrión
et al., 2020).
6.2. Desequilibrios de género en la lucha por los recursos
medioambientales
Los indicadores nos señalan que el sector de las mujeres presenta desventajas
frente al sector de los hombres. Así, según el INEI (2022) la población de
mujeres que reside en el área rural asciende a 3 millones 460 mil habitantes,
cifra que representa el 47.8 % de la población total del lugar; en cuanto al
seguro de salud, las mujeres del área rural cuentan con el 80.5 % de este.
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
32
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
La pequeña minería emplea a una porción desproporcionadamente alta
de mujeres en América Latina. Según estimaciones no oficiales, más de un
millón de mujeres participan en este negocio ilegal, Perú, Bolivia, Brasil y
Colombia son los países con mayor concentración de mujeres dedicadas a
este tipo de trabajo en condiciones deplorables; en el Perú trabajan minerales
tradicionales como oro, estaño y plata (Alianza por la Minería Responsable,
s. f.). Este tipo de minería, que implica mucha actividad informal, opera con
frecuencia de forma ilegal, suele darse en aldeas rurales o cerca de ellas, donde
la agricultura y otras ocupaciones no llegan a satisfacer las necesidades de
sustento de las familias.
Existe una necesidad inmediata de un Plan Nacional Integral de
Desarrollo Territorial y todas las partes interesadas deben ser incluidas en su
formulación. Se deben tomar acciones para la regularización de las propieda-
des informales y su registro en la Sunarp con el fin de organizar el territorio
local y nacional, brindar capacidad crediticia y estimular la economía. Los
planes de desarrollo deben ser de mediano y corto plazo, además de largo
plazo (Baylón, 2022).
7. RIESGOS DE LAS DEFENSORAS AMBIENTALES
En los últimos años, ha habido un mayor énfasis en el papel que desem-
pan las mujeres en la defensa de áreas amenazadas por el extractivismo; se
entiende por este un patrón de desarrollo que reorganiza y ocupa la tierra en
gran medida y de manera extensiva, al tiempo que extrae grandes cantidades
de bienes primarios (petróleo, gas, minerales y monocultivos) para expor-
tarlos a mercados extranjeros sin someterlos a un extenso preprocesamiento
(Navarro, 2019).
7.1. Huellas frente a un peligro inminente
Toda esta situación de trabajo bajo condiciones de precariedad y grave riesgo
fomenta situaciones de peligro para la población, especialmente para el sector
de las mujeres campesinas. Amnistía Internacional (2022) señaló que 12 984
mujeres, predominantemente niñas y adolescentes, fueron reportadas como
desaparecidas en Perú en 2021, incremento significativo frente a las 11 828
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
33
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
reportadas en 2020. Otra cifra escalofriante se refiere a las víctimas de viola-
ción sexual, pues diecinueve niñas y adolescentes, entre ellas cuatro menores
de catorce años y siete menores de diez fueron obligadas a ser madres en
2021. En el transcurso del tiempo se han dado casos de mujeres luchadoras
que con su valor han demostrado al mundo que se puede enfrentar los
problemas ambientales y defender los derechos humanos. Un mundo en
el que los desastres provocados por el clima exacerban las desigualdades de
género, al ser las mujeres las protectoras del núcleo familiar, situación que
expone y provoca que sean estas las últimas en comer, que enfrenten mayores
riesgos de salud y seguridad, al tener bajo sus espaldas la carga de trabajo
doméstico y de cuidado de la prole (Iberdrola, 2024).
Debido en gran parte a su pertenencia histórica a estos grupos vulne-
rables, las mujeres han hecho contribuciones significativas al discurso sobre
la igualdad a través del feminismo en todas sus formas; el mayor desafío de
hoy es garantizar el derecho a la diferencia y a la igualdad para combatir los
prejuicios y la inequidad (Cappelli, 2019). La igualdad formal dio paso a la
igualdad real ante la ley, en la evolución del principio humano. Con el fin de
lograr la igualdad para los grupos históricamente desfavorecidos o vulnera-
bles, actualmente es necesaria la acción afirmativa (tanto del sector público
como del comercial). Hoy en día el mayor problema es garantizar que las
personas tengan la libertad de ser diferentes e iguales para combatir la discri-
minación y la desigualdad (Rendón, 2021).
Toda esta lucha frente a la pugna entre la defensa del medio ambiente
y la extracción de los recursos provoca situaciones de grave peligro. Las per-
sonas defensoras de los derechos humanos en América Latina se enfrentan
a poderosas fuerzas económicas, los riesgos y las amenazas que incluyen ser
perseguidas y estigmatizadas, ser reubicadas por la fuerza, perder la tierra o
el territorio, ser torturadas, desaparecer y morir, sufren amenazas específicas
de violencia contra sus cuerpos y agresiones contra sus hijos, además de las
preocupaciones ya esbozadas (Tafur, 2022). Berta Cáceres, una mujer indí-
gena lenca que se opuso a los megaproyectos en sus territorios ancestrales
en Honduras, fue asesinada en marzo de 2016; y Cristina Bautista Taquinás,
una autoridad indígena nasa, en el departamento del Cauca, Colombia, fue
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
34
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
asesinada en octubre de 2019 por defender su territorio. Estos son dos ejem-
plos contundentes de los peligros que enfrentan las personas defensoras
ambientales (Tafur, 2022).
De toda esta problemática, la pérdida de biodiversidad es un asunto
grave y persistente que tiene efectos negativos, en particular para las mujeres
y los pueblos indígenas. Con el fin de frenar la pérdida de variedad genética,
es crucial incorporar la experiencia de las mujeres indígenas (Colon-Greider,
2020). Los medios de vida, la identidad cultural y la salud y el bienestar
general de los miembros de la comunidad están en riesgo debido a este
deterioro ambiental.
7.2. Heroínas medioambientales
Mujeres luchadoras en materia de derechos ambientales tenemos muchas,
entre las que citaremos a Ursula von der Leyen, actual presidenta de la
Comisión Europea, quien fue una gran defensora de la recuperación verde;
Greta Thunberg, quien saltó a la fama como símbolo de la dedicación de los
jóvenes a la batalla contra el cambio climático; la bióloga y conservacionista
estadounidense Rachel Carson, autora de Primavera silenciosa, que concienció
sobre los problemas medioambientales, al abordar por primera vez el uso de
pesticidas en la fauna salvaje; Jane Goodall, primatóloga inglesa, pionera de
la investigación científica a través de sus observaciones del comportamiento
natural de los chimpancés; Wangari Maathai, científica keniana galardonada
con el Premio Nobel de la Paz por sus contribuciones al desarrollo sostenible,
y fundadora del Movimiento del Cinturón Verde.
En nuestro mundo andino y amazónico también se encuentra un grupo
de estas protectoras: Isabel Yalico trabajó para proteger la región (Reserva
Nacional Tambopata y Parque Nacional Bahuaja Sonene) de los depredado-
res; Liz Chicaje fue reconocida con el Premio Franco-Alemán de Derechos
Humanos y Estado de Derecho, que otorgan anualmente Francia y Alemania
en reconocimiento a su conocida defensa de los derechos de los pueblos indí-
genas y territorios ancestrales de la Amazonía; Ruth Buendía, líder asháninka
fue galardonada con el Premio Goldman (también conocido como el «Premio
Nobel Verde») en 2014 y con el Premio Bartolomé de las Casas en 2017; Ema
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
35
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Tapullima, que ganó el Premio Nacional de Ciudadanía Ambiental (2013)
en la categoría de tradiciones ambientales, por su destacada labor de con-
servación en nuestra Amazonía, también fue galardonada por su activismo
medioambiental (SPDA Actualidad Ambiental, 2021).
7.3. Comunidades defensoras
A nivel de grupos sociales, la defensa medioambiental ha tenido participa-
ciones notables, y ha logrado que las situaciones adversas a la conservación
natural y el uso sostenible no se vean gravemente afectadas. Es el caso de la
comunidad yanesha de Tsachopen, que mantiene como núcleo de la repre-
sentación social del medioambiente la identidad yanesha, que interpreta la
naturaleza que los rodea no solo como recurso, sino que considera la idea de
conservar este espacio tal y como sus ancestros les enseñaron. Ello se refleja en
la importancia que dan a los recursos naturales, tales como el agua, la tierra
y el aire, los cuales son descritos con características humanas. Mediante su
representación social del medioambiente, los pobladores yanesha forjan su
cultura y su identidad; además, dicha representación se ve enfrentada por las
problemáticas ambientales actuales de la comunidad y las soluciones que se
han ido generando (Quiroz, 2019).
8. CONCLUSIONES
8.1. El derecho a un medio ambiente adecuado merece protección y defensa
por parte de las instituciones públicas, que deben proporcionar los ins-
trumentos para prevenir la degradación, proteger y restaurar el medio
ambiente.
8.2. El derecho al medio ambiente, como un derecho humano, debe ser en
todo momento sujeto de protección preventiva y cautelar.
8.3. Es necesario y urgente el fortalecimiento de la mujer en la toma de deci-
siones. Incorporar una perspectiva de género en las políticas públicas,
para asegurar que ellas participen en los programas con equidad. Esto
incluye proyectos y programas, destinar recursos, prácticas presupues-
tarias, mecanismos de contratación y capacitación a este fin, además de
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
36
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
reforzar los derechos de acceso a la información, la participación y la
justicia en materia ambiental.
8.4. Se debe incrementar la promoción de programas de aprovechamiento
de los recursos y rehabilitación ecológica, a través de proyectos producti-
vos sustentables que den mayor participación a las mujeres. Promover
el acceso a las tecnologías digitales, especialmente para su educación,
emprendimiento, información, cuidado de su salud y facilitar los servi-
cios que necesitan para que se empoderen más en su sociedad.
8.5. Es necesario dar mayor visibilidad y reconocimiento explícito al esfuerzo
brindado por las personas defensoras medioambientales, resaltando la
importancia del trabajo que realizan, en especial las mujeres, tanto en
nuestra región como en diferentes partes del mundo.
REFERENCIAS
Alianza por la Minería Responsable (s. f.). Mujeres en la minería artesanal
y de pequeña escala. https://www.responsiblemines.org/wp-content/
uploads/2017/01/MUJERES_EN_LA_MINERIA_ARTESANAL_Y_
DE_PEQUENA_ESCALA.pdf
Amnistía Internacional (2022). Perú: retrocesos en materia de derechos humanos:
Información para el 42 Periodo de Sesiones del Grupo de Trabajo sobre el
Examen Periódico Universal, 25 de enero de 2023. https://amnistia.org.
pe/noticia/epu-2022/
Barba, A. (2020). El ordenamiento territorial y el diseño de políticas públicas en
el Distrito Metropolitano de Quito 2014-2020 [Trabajo de titulación].
Universidad de las Américas (Ecuador).
Barrios, D. (2020, enero-julio). El acuerdo de Escazú como el instrumento
normativo más importante para los defensores de derechos humanos
ambientales en el Perú y América Latina. Revista de Derecho de la
Universidad Nacional del Altiplano de Puno, 5(1), 114-128.
Baylón, E. (2022, julio-agosto). Desafíos en el ordenamiento territorial y la
importancia del planeamiento estratégico en el Perú. Ciencia Latina
Revista Multidisciplinar, 6(4), 1707.
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
37
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Bifani, P. (1984). Desarrollo y medio ambiente. Iepala.
Borrás, S. (2014). Del derecho humano a un medio ambiente sano al recono-
cimiento de los derechos de la naturaleza. Revista Vasca de Administra-
ción Pública, (99-100), 649-680.
Calixto, R. (2012). Investigación en educación ambiental. Revista Mexicana
de Investigación Educativa, 17(55), 1019-1033.
Cappelli, S. (2019, 3 de diciembre). Igualdad, mujer y ambiente: ¿una
relación posible? Jusnoticias. Noticias del Poder Judicial Chubut. https://
jusnoticias.juschubut.gov.ar/index.php/opinion/1143-igualdad-mujer-
y-ambiente-una-relacion-posible
Carrión, A., Vieyra, A., Arenas, F. y Alvarado, V. (2020). Políticas y prácticas
de ordenamiento territorial en América Latina. Revista de Geografía
Norte Grande, (77), 5-10.
Colon-Greider, I. (2020). La inclusión de la mujer indígena y el conocimiento
en la conservación biológica en el Perú. Independent Study Project (ISP)
Collection, (3333). https://digitalcollections.sit.edu/isp_collection/3333
Costa, E. y Burdiles, G. (2019). El derecho humano al medioambiente: nuevos
avances en su comprensión en América Latina y el Caribe. Anuario de
Derechos Humanos, 15(2), 189-212.
Defensoría del Pueblo (2022, 20 de noviembre). Defensoría del Pueblo solicita
al Estado fortalecer acciones para garantizar la prevención, protección y
acceso a la justicia de mujeres defensoras. https://www.defensoria.gob.
pe/defensoria-del-pueblo-solicita-al-estado-fortalecer-acciones-para-
garantizar-la-prevencion-proteccion-y-acceso-a-la-justicia-de-mujeres-
defensoras/
Front Line Defenders (2019). Análisis Global de Front Line Defenders 2018.
https://www.frontlinedefenders.org/sites/default/files/spanish_annual_
report.pdf
Gamboa, C. (2021, julio-diciembre). Origen y debate del acuerdo de Escazú
en el Perú: una mirada desde el derecho internacional ambiental. Revista
Kawsaypacha: Sociedad y Medio Ambiente, (8), 139-160.
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
38
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Gudiño, M. (2015, enero-junio). El ordenamiento territorial como política
de Estado. Perspectiva Geográfica, 20(1), 11-36.
Gudynas, E. (2002). Ecología, economía y ética del desarrollo sostenible en
América Latina. DEI; UNED; UBL.
Iberdrola (2024). Las mujeres y su lucha para proteger el medio ambiente.
https://www.iberdrola.com/compromiso-social/mujeres-defensoras-
del-medio-ambiente
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) (2015). En el Perú
alrededor de 3 millones y medio de mujeres residen en el área rural [Nota
de prensa]. https://m.inei.gob.pe/prensa/noticias/en-el-peru-alrededor-
de-3-millones-y-medio-de-mujeres-residen-en-el-area-rural-8672/
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) (2020). Morbilidad
Perú: Mujeres y hombres. https://www.inei.gob.pe/estadisticas/indice-
tematico/equidad-de-genero-en-la-salud-7917/
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) (2022). Encuesta de
satisfacción del usuario 2022. Principales resultados.
Instituto Nacional de las Mujeres México y Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (2003). Equidad de género y medio ambiente. http://
cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100505.pdf
Jiménez, N. (2012, 26 de marzo). Derecho ambiental y mujeres. AIDA.
https://aida-americas.org/es/blog/derecho-ambiental-y-mujeres
Lazo, C. A. y Mamani, M. S. (2023, enero-junio). Defensores ambientales:
análisis del Acuerdo de Escazú frente a la legislación peruana y las
implicancias de su ratificación. Justicia Ambiental. Revista Peruana
Especializada en la Protección Jurídica del Ambiente del Poder Judicial,
3(3), 51-70. https://doi.org/10.35292/justiciaambiental.v3i3.780
Loperena, D. (2001). Los derechos al medio ambiente adecuado y a su
protección. En P. Foy (ed.), Derecho y ambiente. Nuevas aproximaciones
y estimativas (pp. 103-119). Pontificia Universidad Católica del Perú,
Fondo Editorial.
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
39
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Merino, R. y Quispe, C. (2021). ¿Héroes, víctimas o villanos? Defensores
ambientales, minería y securitización de la Amazonía peruana. Latin
American Law Review, (7), 101-121.
Mires, F. (1990). El discurso de la naturaleza. Ecología y política en América
Latina. DEI.
Morales, F. (2002). El desarrollo sostenible en el Perú y la Comisión de
Ambiente y Ecología. Revista del Instituto de Investigación de la Facultad
de Minas, Metalurgia y Ciencias Geográficas, 5(10), 80-82.
Naciones Unidas (s. f.-a). Guía de los vagos para salvar el mundo. https://www.un.
org/sustainabledevelopment/es/wp-content/uploads/sites/3/2019/04/
17-00011_LazyPersonGuide_flyer_Spanish_final.pdf
Naciones Unidas (s. f.-b). La Declaración de los defensores de los derechos
humanos. https://www.ohchr.org/es/special-procedures/sr-human-rights
-defenders/declaration-human-rights-defenders#:~:text=La%20De
claraci%C3%B3n%20estipula%20la%20necesidad,situaci%C3
%B3n%20pr%C3%A1cticas%20de%20los%20defensores
Navarro, M. (2019). Mujeres en defensa de la vida contra la violencia
extractivista en México. Política y Cultura, (51), 11-29.
ONU Mujeres (s. f.-a). ODS 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar
a todas las mujeres y las niñas. https://www.unwomen.org/es/news/in-
focus/women-and-the-sdgs/sdg-5-gender-equality
ONU Mujeres (s. f.-b). Las mujeres y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
https://www.unwomen.org/es/news/in-focus/women-and-the-sdgs
Quiñones, L. (2019, 8 de marzo). Las mujeres, la fuerza que el medio
ambiente necesita. Noticias de la ONU. Naciones Unidas. https://news.
un.org/es/story/2019/03/1452431#:~:text=Desde%20tiempos%20
ancestrales%2C%20las%20mujeres,los%20recursos%20naturales%20
del%20planeta
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
40
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Quiroz, T. (2019). Representaciones sociales del medioambiente en la comunidad
nativa Yanesha de Tsachopen en la provincia de Oxapampa, Pasco, Perú
[Tesis de licenciatura]. Pontificia Universidad Católica del Perú.
Rendón, S. (2021). La burocracia en el proceso de ordenamiento territorial
en Perú. Un freno para el desarrollo. Biblio 3W. Revista Bibliográfica de
Geografía y Ciencias Sociales, 26(1325).
Rivas, L. A., Mosquera, Y. L. y Mena, P. A. (2019). Reflexiones en torno a
la autonomía del derecho humano al medio ambiente. Revista Jurídica
Mario Alario D’Filippo, 11(21), 84-109.
Sagot, A. (2013). Desarrollo sostenible: concepto polémico que convive entre
dos paradigmas. https://maestriaderechoambientalucr.files.wordpress.
com/2013/10/el-desarrollo-sostenible-artc3adculo-2013.pdf
SPDA Actualidad Ambiental (2021, 9 de mayo). Madres y lideresas de su
comunidad: conoce a seis mujeres que protegen la Amazonía. https://www.
actualidadambiental.pe/madres-y-lideresas-de-su-comunidad-conoce-
a-seis-mujeres-que-protegen-la-amazonia/
Tafur, M. (2022). Defensoras latinoamericanas en resistencia. Crítica Urbana:
Revista de Estudios Urbanos y Territoriales, 5(23). https://criticaurbana.
com/defensoras-latinoamericanas-en-resistencia
Valero-Díaz, B. (2018). La lucha por la defensa de la naturaleza desde una
perspectiva de género. En L. Albor (ed.), Educación socioambiental.
Acción presente (pp. 307-333). Universidad Simón Bolívar.
Villamil, L. (2020). Equidad de género, medio ambiente y políticas públicas.
Ingenio y Conciencia Boletín Científico de la Escuela Superior Ciudad
Sahagún, 7(14), 65-67.
Fuentes normativas y jurisprudenciales
El derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible.
Resolución aprobada por la Asamblea General el 28 de julio de 2022,
A/RES/76/300.
Mujeres en la protección del derecho humano al medio ambiente en el Perú
41
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
«Nuestro futuro común», A/42/427 (1987).
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer. Beijing, 4 a 15 de
septiembre de 1995, A/CONF.177/20/Rev.1 (1996). https://www.un.
org/womenwatch/daw/beijing/pdf/Beijing%20full%20report%
20S.pdf
Opinión Consultiva OC-23/17 de 15 de noviembre de 2017 solicitada por la
República de Colombia. Medio ambiente y derechos humanos.
Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Resolución aprobada por la Asamblea General el 25 de septiembre de
2015, A/RES/70/1.
Financiamiento
Autofinanciado.
Conflicto de intereses
La autora declara no tener conflicto de intereses.
Contribución de autoría
Contribución de la autora en el artículo completo. Comprende: (i) recojo o adquisición,
análisis o interpretación de datos para el trabajo o la concepción o el diseño del trabajo;
(ii) redacción del trabajo o su revisión crítica al contenido intelectual importante;
(iii) aprobación final de la versión que se publicará.
Agradecimientos
La autora agradece la apertura de la revista Justicia Ambiental, promovida por el Poder
Judicial del Perú, para compartir nuestros pensamientos, ideas, proyectos y experiencias
en materia del derecho ambiental en nuestro querido país, el Perú.
Biografía de la autora
Roxana Elizabeth Becerra Urbina, abogada peruana, graduada y titulada en la Universi-
dad de San Martín de Porres. Ostenta el grado de maestra en Derecho Penal y doctora
en Derecho, en la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Graduada de la maestría en
Gestión y Auditoría Ambiental en las especialidades de Recuperación de Suelos Con-
taminados y Educación Ambiental, en la Universidad Europea del Atlántico de España
y la Universidad Internacional Iberoamericana de México. Accedió el año 2005 a la
Roxana Elizabeth Becerra Urbina
42
Justicia Ambiental, 4(5), 2024, 17-42
magistratura titular como jueza del Juzgado Mixto de Tahuamanu, con sede en el dis-
trito de Iberia, perteneciente a la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. Actual-
mente, es magistrada titular del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Canta, de
la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. Es autora de artículos y libros en materias
de derecho. Es colaboradora en diferentes revistas jurídicas de prestigio, entre las cuales
se encuentra Justicia Ambiental. Revista del Poder Judicial del Perú Especializada en
la Protección del Ambiente.
Correspondencia
rbecerrau@pj.gob.pe y roxaniar16@gmail.com