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Ius Vocatio, 7(9), 2024, 117-142
La incautación como instrumento de búsqueda de pruebas en los delitos contra la administración pública
La investigación, por su forma de ejecución, se divide en (a) inves-
tigación de despacho; (b) investigación de campo; e, (c) investigación
mixta. La primera implica una investigación tradicional de oficina con
acopio de documentales, declaraciones y determinadas pericias, ejercida
solo por el representante del Ministerio Público, quien elabora el plan
estratégico de investigación. En la segunda, se realizan, principalmente,
labores de campo, que inician con el liderazgo de la investigación y, por
ende, la generación del plan estratégico de investigación por parte de la
Policía Nacional del Perú, que cuenta con todo el soporte logístico y
técnico para realizar los primeros actos urgentes e inaplazables de inves-
tigación en casos de homicidios, robos, usurpaciones, violaciones, etc. En
la tercera, existen cuotas de trabajo de despacho y de campo, en las que se
generan, en algunas ocasiones, conflictos entre el personal fiscal y policial
para liderar y establecer el plan estratégico de investigación. No obstante,
lo correcto es que ambas instituciones aporten conocimientos, habilida-
des y estrategias para lograr una investigación penal efectiva, definida
como «aquella investigación que produce resultados de eficiencia, de efi-
cacia y de justicia material», según el Plan Estratégico de Investigación de
El Salvador (2009, p. 27).
Para elaborar un plan estratégico de investigación, se debe evaluar
el abanico de posibilidades que otorga el Código Procesal Penal en actos
de investigación, de los cuales se escogen los más idóneos y eficaces de
acuerdo con los hechos que se investigan. Para ello, se debe conformar un
equipo de trabajo y establecer objetivos reales y una hipótesis de inves-
tigación. En los casos de delitos contra la administración pública, que
generalmente son investigaciones mixtas, con trabajo de despacho y de
campo, el Ministerio Público, para ejecutar su plan estratégico de inves-
tigación, deberá trabajar de manera conjunta con otras instituciones,
además de la Policía Nacional del Perú; por ejemplo, con la Contraloría
General de la República, la Gerencia de Peritajes del Ministerio Público
(peritos contadores, ingenieros civiles, informáticos, etc.), los órganos de
control institucional, etc.